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46 NORMAS LEGALES Domingo 30 de enero de 2022 El Peruano / N.° ADMINISTRADON.° DE RESOLUCIÓN JEFATURAL FECHA DE EMISIÓN RESOLUCIÓN JEFATURAL DECISIÓNCUANTÍA DE LA SANCIÓN 51JOSE ENRIQUE CARHUACHIN VICENTE 1207-2021-JN 22/10/2021 SANCIÓN 10 UIT 52WALTER ROSENTHAL GUILLEN1210-2021-JN 22/10/2021 SANCIÓN 10 UIT 53MARCIAL CUZCANO OLIVEROS 1214-2021-JN 23/10/2021CADUCI- DAD 54ARTURO PAUL DUEÑAS SEGURA 1216-2021-JN 23/10/2021CADUCI- DAD 55JUAN CARLOS LEYVA ALFARO 1222-2021-JN 26/10/2021 SANCIÓN 10 UIT 56CARLOS ENRIQUE CHAPILLIQUEN ÁNGELES 1223-2021-JN 26/10/2021 ARCHIVO 57VÍCTOR LUIS FLORES SILVA 1224-2021-JN 26/10/2021 ARCHIVO 58ANTHONY MICHELL MUJICA LUNA 1228-2021-JN 27/10/2021 ARCHIVO 59CLAUDIO RODRÍGUEZ MANSILLA 1231-2021-JN 27/10/2021 SANCIÓN 10 UIT 60 OTTO VASQUEZ DIAZ 1235-2021-JN 27/10/2021 SANCIÓN 10 UIT 61WALTER PEDRO PARIONA CHÁVEZ 1236-2021-JN 27/10/2021 SANCIÓN 10 UIT 62ANDERSON GARCÍA CHÁVEZ 1237-2021-JN 27/10/2021 NULIDAD 63CARLOS ALBERTO FLORES SEABRA 1239-2021-JN 27/10/2021 SANCIÓN 10 UIT 64GELACIO MIGUEL HUAMANÍ SOTO 1242-2021-JN 27/10/2021 SANCIÓN 7.5 UIT 65PABLO YSAUL RIVERA CHÁVEZ 1244-2021-JN 27/10/2021 SANCIÓN 10 UIT 66JAIME CÉSAR MATIENZO PRIETO 1245-2021-JN 27/10/2021 NULIDAD 67JUAN JOSÉ GONZALES SALDAÑA 1246-2021-JN 27/10/2021 SANCIÓN 7.5 UIT 68JUAN ISAÍAS TORRES POLO 1248-2021-JN 27/10/2021 SANCIÓN 10 UIT 69ÓSCAR PÉREZ ALCÁNTARA 1260-2021-JN 28/10/2021 SANCIÓN 10 UIT 70PEDRO RODOLFO DONAYRE ASCENCIO 1263-2021-JN 28/10/2021 SANCIÓN 10 UIT 71ELEAZAR RAMIREZ RAMÍREZ 1267-2021-JN 28/10/2021 SANCIÓN 3.75 UIT 72WASHINGTON ARMANDO IPENZA PACHECO 1269-2021-JN 28/10/2021 SANCIÓN 7.5 UIT 73GUMERCINDO HERMILIO GALARZA MARTÍNEZ 1287-2021-JN 29/10/2021 ARCHIVO 74TORIVIA CARLOS ÑAUPAS 1289-2021-JN 29/10/2021 ARCHIVO 75VÍCTOR LUCIO ORELLANA ESPINO 1293-2021-JN 29/10/2021 ARCHIVO 76MAGDA ANGELICA CORTEZ MEDINA 1294-2021-JN 29/10/2021 SANCIÓN 10 UIT 77ROBERTO CARLOS FOLCH MONTOYA 1295-2021-JN 29/10/2021 SANCIÓN 10 UIT 78ENRIQUE JORDAN PAZ 1299-2021-JN 29/10/2021 SANCIÓN 10 UIT 79CÉSAR AUGUSTO INFANZON QUISPE 1300-2021-JN 29/10/2021 SANCIÓN 10 UIT 80WILLIAM PETER MONCADA JACOME 1303-2021-JN 29/10/2021 SANCIÓN 10 UIT 81CARLOS FRANCISCO HINOSTROZA RODRIGUEZ 1325-2021-JN 2/11/2021 ARCHIVO 82ROJAS AMBROCIO DE LA CRUZ TOLENTINO1327-2021-JN 2/11/2021 SANCIÓN 10 UIT 83ISMAEL ARMANDO RODRÍGUEZ ARROYO 1330-2021-JN 2/11/2021 SANCIÓN 7.5 UIT 84SILVIO ROY ASTOR CUBA 1339-2021-JN 3/11/2021 ARCHIVO Artículo Segundo.- PRECISAR que las resoluciones a las que se han hecho mención en el artículo precedente, se encuentran disponibles en el portal institucional www.onpe.gob.pe . Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano; en el portal institucional (www.onpe.gob.pe) y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro de los tres (3) días posteriores a su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELAR JUAN BOLAÑOS LLANOS Secretario General 2034807-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Autorizan transferencia financiera en favor de la Contraloría General de la República CONSEJO REGIONAL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 007-2022-CR/GOB.REG.TACNA Tacna, veintiuno de enero de dos mil veintidósPOR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley Nº 27783, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno de Consejo, y demás normas complementarias y; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191, modi fi cada por Ley de reforma Constitucional del Capítulo XIV sobre Descentralización – Ley Nº 27860, establece que los Gobierno Regionales tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en el artículo 192º en su numeral 1) establece que los Gobierno son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; (...) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fi scalizador, el Gobernador Regional, como órgano ejecutivo, y el Consejo de Coordinación Regional (...), como órgano consultivo y de coordinación con las municipalidades (…)”. Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (…)”. Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: “(...) Las demás que les corresponda de acuerdo a Ley”; asimismo, el artículo 39 prescribe: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (…).” Que, el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en su artículo 76 sobre Transferencias Financieras, establece que: “76.1 Son transferencias fi nancieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a