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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (09/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de febrero de 2022 El Peruano / Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por don Aurelio Rodorico Rimarachin Carranza, y CONFIRMAR el Acuerdo de Sesión Extraordinaria N° 001-2021-MDT-CM, que desaprobó su solicitud de vacancia en contra de don Pedro Antonio Velarde Amancay, alcalde de la Municipalidad Distrital de Tahuania, provincia de Atalaya, departamento de Ucayali, por la causa de infracción a las restricciones de contratación prevista en el numeral 9 del artículo 22, concordante con el artículo 63, de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. REMITIR copia de los actuados a la Contraloría General de la República para su conocimiento, evaluación y fi nes pertinentes, con relación a lo señalado en el considerando 2.20. de la presente resolución. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución N° 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINASANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVA Sánchez Corrales Secretario General (e) 1 Aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS. 2 Aprobado por la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano. 2037483-1 Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Macate, provincia de Santa, departamento de Áncash RESOLUCIÓN N° 0044-2022-JNE Expediente N° JNE.2022000026 MACATE - SANTA - ÁNCASHVACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATONO PROCLAMADO Lima, veinticinco de enero de dos mil veintidós.VISTO: el O fi cio Nº 01-2022-SG-MDM recibido el 10 de enero de 2022, presentado por doña Mónica Rosario Villanueva Salinas, jefa (e) de la o fi cina de Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Macate, provincia de Santa, departamento de Áncash (en adelante, señora secretaria general), mediante el cual solicita la convocatoria de candidato no proclamado, debido a que se declaró fundada la solicitud de vacancia presentada en contra del regidor don Ronal Grimaldo Mejía Alba (en adelante, señor regidor), por la causa de inconcurrencia injusti fi cada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, contemplada en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).PRIMERO. ANTECEDENTES 1.1. A través del o fi cio del visto, la señora secretaria general remitió al Jurado Nacional de Elecciones, entre otros, los siguientes documentos: a. Acta de Sesión Ordinaria Nº 017-2021-MDM, del 10 de setiembre de 2021, con la cual se dejó constancia de que el concejo municipal debatió y acordó iniciar el procedimiento de vacancia en contra del señor regidor. b. Acta de Sesión Ordinaria Nº 016-2021-MDM, del 24 de agosto de 2021. c. Acta de Sesión Ordinaria Nº 015-2021-MDM, del 10 de agosto de 2021. d. Acuerdo de Concejo Nº 015-2021-CM/MDM, del 10 de agosto de 2021, que acordó aprobar el pedido del regidor don Eliseo Marciano Pinedo Marchena, sobre el inicio de la vacancia de la autoridad cuestionada. e. Informe Nº 24-2021-SG-MDM, del 21 de setiembre de 2021, respecto al récord de asistencia del señor regidor a las sesiones de concejo municipal, desde el mes de abril hasta setiembre de dicho año. f. Informe Legal Nº 038-2021-MDM-OAL-MRVS, del 23 de setiembre de 2021, que recomendó tramitar el procedimiento de vacancia en cuanto al fondo del asunto. g. Constancia, del 22 de noviembre de 2021, mediante la cual la señora secretaria general manifestó que, hasta esa fecha, el señor regidor no presentó ningún recurso o escrito de contradicción respecto a su vacancia. h. Carta Nº 08-2021-SG-MDM, del 23 de noviembre de 2021, con la cual se citó al señor regidor a la sesión extraordinaria, del 30 del mismo mes y año, a fi n de debatir la solicitud de vacancia en su contra. i. Acta de Sesión Extraordinaria Nº 002-2021, del 30 de noviembre de 2021, en la que se dejó constancia de que se debatió y acordó aprobar, por unanimidad, la vacancia en mención. j. Acuerdo de Concejo Nº 036-2021-CM/MDM, de la misma fecha, que declaró fundada la vacancia. k. Carta Nº 50-2021-SG-MDM, del 1 de diciembre de 2021, que noti fi có al señor regidor el precitado acuerdo de concejo. l. Constancia, del 29 de diciembre de 2021, mediante la cual la señora secretaria general declaró que, a dicha fecha, el señor regidor no presentó ningún recurso impugnatorio ni documento de oposición respecto a su vacancia. 1.2. Con el O fi cio Nº 00287-2022-SG/JNE, del 11 de enero de 2022, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones, requirió al alcalde de la Municipalidad Distrital de Macate, que en el plazo de tres (3) días hábiles, luego de noti fi cado con dicho o fi cio, cumpla con remitir el comprobante de pago correspondiente a la tasa por convocatoria de candidato no proclamado. Dicho pedido fue atendido con el O fi cio Nº 02-2022-SG-MDM, recibido el 24 del mismo mes y año. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones 1.1. Los literales j y u del artículo 5 establecen como funciones de este organismo electoral: j. Expedir las credenciales a los candidatos elegidos en los respectivos procesos electorales, del referéndum u otras consultas populares. […]u. Declarar la vacancia de los cargos y proclamar a los candidatos que por ley deben asumirlos. En la LOM1.2. El tercer y cuarto párrafo del artículo 13 señalan lo siguiente: