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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (10/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 94

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Jueves 10 de febrero de 2022 El Peruano / ORGANISMOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Universidad Nacional Autónoma de Chota UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE CHOTA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA N° 441-2021-UNACH 22 de diciembre de 2021VISTO: Carta N° 045-2021-OBRABASE/GG, de fecha 06 de diciembre de 2021; Informe Legal N° 209-2021-UNACH/OAJ-LRP, de fecha 13 de diciembre de 2021; Informe N° 0632-2021-UNACH/OPP, de fecha 14 de diciembre de 2021; Acuerdo de Sesión Extraordinaria Virtual de Comisión Organizadora Número Treinta (30), de fecha 22 de diciembre de 2021; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 18° de la Constitución Política del Perú, La universidad es la comunidad de profesores, alumnos y graduados. (…). Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes. Que, la Ley Universitaria, Ley N° 30220, en su artículo 8° establece que, el Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente ley y demás normas aplicables. Esta autonomía se mani fi esta en los siguientes regímenes 8.4) administrativo, implica la potestad autodeterminativa para establecer los principios, técnicas y prácticas de sistemas de gestión, tendientes a facilitar la consecución de los fi nes de la institución Universitaria, incluyendo las de organización y administración del escalafón de su personal docente y administración. Que, el artículo 29° de la Ley Universitaria, referido a la Comisión Organizadora establece que, La Comisión tiene a su cargo la aprobación del Estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como en su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente ley, le corresponden. Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, en el artículo IV del Título Preliminar establece que son principios del procedimiento administrativo, Principio de legalidad.- Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que les estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los cuales les fueron conferidas. Lo que signi fi ca que la actuación de las autoridades de las entidades de la administración pública, como la Universidad Nacional Autónoma de Chota, deben enmarcar su accionar en lo estipulado en las facultades y funciones conferidas en la Constitución, la ley y las normas administrativas. Que, en el artículo 43° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que Todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos … (…). Así mismo, en el artículo 44° inciso 3) del mismo cuerpo normativo establece que: El TUPA y la disposición legal de aprobación o modi fi cación se publica obligatoriamente en el portal del diario o fi cial El Peruano. Adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional de la entidad. La publicación en los medios previstos en el presente numeral se realiza de forma gratuita. Que, mediante Decreto Supremo N° 064-2010-PCM, se aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad para las entidades públicas, contenidos en los TUPA de las entidades públicas, cuya utilización es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades públicas comprendidas dentro de los alcances del artículo I del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2018-PCMSGP, se aprueban los lineamientos y formatos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos; cuyo objeto es establecer los criterios técnicos-legales que deben seguir las entidades de la administración pública para la elaboración, aprobación y publicación de los TUPA que compendian los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad. Que, mediante Resolución N° 016-2018-C.O./UNACH, de fecha 12 de enero de 2018, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Universidad Nacional Autónoma de Chota. Que, mediante Carta N° 045-2021-OBRABASE/ GG, de fecha 06 de diciembre de 2021, presentan a la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Universidad Nacional Autónoma de Chota, el cual ha sido elaborado teniendo en cuenta la metodología actual, siendo registrado y procesado en el Sistema Único de Trámites (SUT), y también los cuerpos normativos actuales y vigentes. Que, mediante Informe Legal N° 209-2021-UNACH/ OAJ-LRP, de fecha 13 de diciembre de 2021, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica, opina que es procedente la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Universidad Nacional Autónoma de Chota. Que, mediante Informe N° 0632-2021-UNACH/ OPP, de fecha 14 de diciembre de 2021, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, solicita la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Universidad Nacional Autónoma de Chota, viene acompañado de los siguientes documentos: Tablas ASME, Expediente STL, Resumen y Anexos. Que, en Sesión Extraordinaria Virtual de Comisión Organizadora Número Treinta (30), de fecha 22 de diciembre de 2021, aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Universidad Nacional Autónoma de Chota y deroga la Resolución N° 016-2018-C.O./UNACH, de fecha 12 de enero de 2018, a partir de la entrada en vigencia del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Universidad Nacional Autónoma de Chota. Que, de conformidad con el Artículo 59° de la Ley Universitaria N° 30220 y el Artículo 21° del Estatuto de la Universidad Nacional Autónoma de Chota. SE RESUELVE: Artículo Primero: APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Universidad Nacional Autónoma de Chota, el mismo que se adjunta y forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo: DEROGAR la Resolución N° 016-2018-C.O./UNACH, de fecha 12 de enero de 2018, a partir de la entrada en vigencia del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Universidad Nacional Autónoma de Chota.