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42 NORMAS LEGALES Jueves 10 de febrero de 2022 El Peruano / Artículo Tercero: DISPONER la publicación de la presente Resolución y sus anexos en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Universidad Nacional Autónoma de Chota (www.unach.edu.pe.). Artículo Cuarto: DEJAR SIN EFECTO todo acto administrativo que se oponga a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.SEBASTIAN BUSTAMANTE EDQUÉN Presidente ARNULFO BUSTAMANTE MEJÍA Secretario General * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2037450-1 Aprueban expedición de duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Arquitectura de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1484 Lima, 1 de diciembre de 2021Visto el Expediente STDUNI N° 88131-2021 presentado por el señor ADRIAN CHUQUIPIONDO CELESTINO, quien solicita duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Arquitectura; CONSIDERANDO:Que, el señor ADRIAN CHUQUIPIONDO CELESTINO, identi fi cado con DNI N° 44087123 egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Arquitectura por pérdida, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral N° 0122, del 18 de enero del 2008, modi fi cado por Resolución Rectoral N° 1685 del 08 de noviembre de 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe N° 220-2021-UNI/SG/UGyT de fecha 22 de octubre del 2021, precisa que el diploma del señor ADRIAN CHUQUIPIONDO CELESTINO, se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres N° 14, página 230, con el número de registro 39392-B; Que, la Comisión Académica del Consejo Universitario, en su Sesión Virtual N° 19-2021, realizada el 08.11.2021, previa revisión y veri fi cación del expediente, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Arquitectura al señor ADRIAN CHUQUIPIONDO CELESTINO; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria N° 14 (Virtual) de fecha 25 de noviembre de 2021, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el art. 25° del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Arquitectura al siguiente egresado de la Universidad Nacional de Ingeniería, anulándose el diploma otorgado anteriormente:N° Apellidos y Nombres Con mención enFecha de Otorgamiento del Diploma 1CHUQUIPIONDO CELESTINO, AdrianArquitectura 02.06.2016 Regístrese, comuníquese y archívese. PABLO ALFONSO LÓPEZ CHAU NAVA Rector 2035185-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Confirman Resolución N° 63-2022-DNROP/ JNE, que dispuso devolver el padrón complementario de afiliados presentado por la organización política Alianza para el Progreso ante la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas RESOLUCIÓN N° 0058-2022-JNE Expediente N° JNE.2022000145 LIMA DNROPAPELACIÓN Lima, veintiocho de enero de dos mil veintidós.VISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Juan Carlos Gonzales Hidalgo, personero legal titular de la organización política Alianza para el Progreso (en adelante, señor personero), en contra de la Resolución N° 63-2022-DNROP/JNE, del 14 de enero de 2022, que dispuso devolver los padrones de a fi liados complementarios presentados por dicha organización política el 5 de enero de 2022 ante la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (DNROP). Oído: el informe oral. PRIMERO. ANTECEDENTES 1.1. Mediante el escrito presentado el 17 de diciembre de 2021 (Expediente N° ADX-2021-209099), el señor personero solicitó ante la DNROP la inscripción del padrón de a fi liados complementario de la organización política Alianza para el Progreso. 1.2. Posteriormente, el 5 de enero de 2022 (ADX- 2022-001196 y ADX-2022-001264), el señor personero requirió ante la DNROP la inscripción de dos padrones de a fi liados complementarios de la referida organización política, los cuales contienen en 3300 y 6000 fi chas de afi liados, numeradas desde el 309 901 al 313 200 y del 313 201 al 319 200, respectivamente. 1.3. A través de la Resolución N° 63-2022-DNROP/ JNE, del 14 de enero de 2022, la DNROP dispuso devolver estos últimos padrones de a fi liados complementarios, bajo el argumento de que, en aplicación del numeral 4 de la parte resolutiva de la Resolución N° 0907-2021-JNE, del 15 de noviembre de 2021, las organizaciones políticas solo pueden presentar un padrón de a fi liados adicional a los que hasta ese entonces hubieran presentado. Es decir, en el caso concreto, luego de la entrada en vigencia de esta resolución, el único padrón que pudo remitir la mencionada organización política es del 17 de diciembre de 2021 (Expediente N° ADX-2021-209099).