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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (10/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 94

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Jueves 10 de febrero de 2022 El Peruano / Nº 016-2012-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 31 de diciembre del 2012, publicada el 18 de enero del 2013 en el Diario O fi cial “El Peruano”, con el texto siguiente: “APROBAR la Zoni fi cación Ecológica y Económica (ZEE) de la Región Tacna a nivel de Mesozoni fi cación, a escala de 1:50,000 (…)”. Que, por Ordenanza Regional N° 012-2021-CR/ GOB.REG.TACNA, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 09 de setiembre de 2021, se dispuso: “ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR el artículo cuarto de la Ordenanza Regional Nº 016-2006-CR/GOB.REG. TACNA, con el siguiente texto: “Artículo Cuarto: La Comisión Técnica Regional tendrá las siguientes funciones: - Proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del proceso de la Zoni fi cación Ecológica y Económica – ZEE y Ordenamiento Territorial – OT a nivel regional y local; así como los aspectos relacionados a la macrozoni fi cación nacional; y, - Proponer los mecanismos de consulta y participación ciudadana y procesos de difusión y capacitación. (…)-”. Que, con O fi cio N° 740-2021-ORAJ-GGR-GR/GOB. REG.TACNA, de fecha 02 de agosto de 2021 emitido por Gobernación Regional de Tacna se remite al Consejo Regional de Tacna la Opinión Legal N° 1268-2021-ORAJ/GOB.REG.TACNA, respecto a la aprobación del Reglamento de Aplicación de la Zoni fi cación Ecológica y Económica del departamento de Tacna, para conocimiento y fi nes correspondientes. Que, con el Acta de Reunión de la Comisión Técnica Regional, de fecha 10 de febrero de 2012; el Acta de la Validación del Reglamento de Aplicación de la Zoni fi cación Ecológica y Económica del Departamento de Tacna, de fecha 04 de febrero de 2021; con el Informe N° 081-2021-GRRNYGMA/GOB.REG.TACNA de fecha 06 de julio de 2021 emitido por el Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente que remite el Informe N° 162-2021-JLVR-PMSGT-GRRNyGMA/GOB.REG.TACNA, de fecha 05 de julio de 2021 emitido por el Jefe (e) de proyecto “Mejoramiento de los Servicios de Gestión Territorial del Departamento de Tacna” que anexa el Informe N° 005-2021-LBTS-PMSGT/GRRNYGM/GOB.REG.TACNA, de fecha 01 de julio de 2021 emitido por la especialista en Normas Institucionales y Gestión Pública de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente; el O fi cio N° 00161-2021-MINAM/ VMDERN/DGOTA, de fecha 23 de junio de 2021 emitido por la Dirección General de Ordenamiento Territorial del MINAM, el cual anexa el Informe N° 00110-2021-MINAM/VMDERN/DGOTA, de fecha 18 de junio de 2021 elaborado por la Dirección de Metodologías para el Ordenamiento Territorial Ambiental; la Opinión Legal N° 1268-2021-ORAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 23 de julio de 2021 emitido por el Director Regional de Asesoría Jurídica; el O fi cio N° 668-2021-GRRYGMA/ GOB.REG.TACNA, de fecha 08 de setiembre de 2021 emitido por el Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente que remite el Informe N° 311-2021-OFG-PMSGT-GRRNyGMA/GOB.REG.TACNA, de fecha 07 de septiembre de 2021 emitido por el Jefe (e) de Proyecto “Mejoramiento de los Servicios de Gestión Territorial del Departamento de Tacna”; el Informe N° 00003-2021-MINAM/VMDERN/DGOTGIRN/DIOTGIRN, de fecha 27 de agosto de 2021 emitido por la Dirección de Instrumentos para el Ordenamiento Territorial y la Gestión Integrada de los Recursos Naturales del MINAM; el O fi cio N° 981-2021-GRRNyGA/GOB.REG.TACNA, de fecha 10 de diciembre de 2021 emitido por el Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, que remite el Informe N° 385-2021-OFG-PMSGT-GRRNyGA/GOB.REG.TACNA. de fecha 03 de diciembre de 2021 emitido por el Jefe de Proyecto “Mejoramiento de los Servicios de Gestión Territorial del Departamento de Tacna”; el informe del Asesor de Comisión Nº 009-RINH-2021-CORNyGMA-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 09 diciembre de 2021; y, demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, el Reglamento de Aplicación de la Zoni fi cación Ecológica y Económica - ZEE del Departamento de Tacna que se adjunta al antes referido O fi cio N° 668-2021-GRRNyGA/GOB.REG.TACNA, de fecha 08 de setiembre de 2021, se puede apreciar que consta de cinco (05) Títulos, treinta y cuatro (34) artículos y cinco (05) Disposiciones Complementarias Finales. Que, la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el DICTAMEN Nº 008-2021-CORNyGA-CR, DE FECHA 09 DE DICIEMBRE DE 2021, SOBRE APROBAR EL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LA ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA - ZEE DEL DEPARTAMENTO DE TACNA”, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria, de fecha 15 de diciembre de 2021, realizada en forma presencial, conforme obra en el respectivo registro audiovisual, se procedió a su aprobación. Que, de la revisión de los dispositivos antes indicados y los informes técnicos y legal favorables emitidos por los distintos órganos competentes del Gobierno Regional de Tacna y por el Ministerio del Ambiente, resulta procedente aprobar el REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LA ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA - ZEE DEL DEPARTAMENTO DE TACNA, a fi n de dar inicio a su implementación. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria (realizada en forma presencial) de la fecha, ha aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero: APROBAR EL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LA ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA - ZEE DEL DEPARTAMENTO DE TACNA, el cual consta de cinco (05) Títulos, treinta y cuatro (34) Artículos y cinco (05) Disposiciones Complementarias Finales, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión Ambiental las acciones necesarias para la aplicación del Reglamento de la Zoni fi cación Ecológica y Económica del departamento de Tacna, en un nivel de Mesozoni fi cación a escala de 1:50,000. Artículo Tercero: ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental y, a la Comisión Técnica Regional de Zoni fi cación Ecológica y Económica y Ordenamiento Territorial del departamento de Tacna, la implementación del Reglamento de Aplicación de la Zoni fi cación Ecológica y Económica del departamento de Tacna. Artículo Cuarto: NOTIFICAR la presente Ordenanza Regional a las gerencias y direcciones regionales del Gobierno Regional de Tacna y, a las entidades públicas, privadas y sociedad civil organizada inmersas e interesadas en la aplicación de la Zoni fi cación Ecológica y Económica, para su conocimiento y estricto cumplimiento en el marco de sus competencias. Articulo Quinto: ENCARGAR a la O fi cina de Imagen Institucional del Gobierno Regional de Tacna, efectúe la difusión masiva del anexo de la presente Ordenanza, a fi n de que se dé pleno cumplimiento a la misma. Artículo Sexto: DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Séptimo: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Octavo: PUBLICAR y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo, el anexo se publicará en el portal electrónico de la institución al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, disponiéndose que dicha publicación sea efectuada por Gobernación Regional.