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71 NORMAS LEGALES Jueves 10 de febrero de 2022 El Peruano / Artículo 13º.- Quedan expresamente excluidos de los alcances y bene fi cios de la presente Ordenanza las empresas, consorcios inmobiliarias y similares destinadas a la comercialización de lotes. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Establézcase el plazo de 180 días calendario, desde que entre en vigencia la presente Ordenanza (publicación en el diario O fi cial el Peruano) para que las Organizaciones Vecinales o la población presenten las solicitudes respectivas ante la Municipalidad, pudiendo ser prorrogable, facultándose al despacho de alcaldía para que mediante Decreto de Alcaldía emita los dispositivos necesarios para su mejor aplicación y de ser el caso ampliar la vigencia de la misma. Segunda.- Los planos visados consignarán expresamente en su texto, que las mismas sólo son válidas para la tramitación de servicios básicos de luz, agua y desagüe, teniendo en cuenta que ello no constituye reconocimiento alguno que afecte el derecho de propiedad de su titular. Tercera.- Disponer que la O fi cina de Administración y Finanzas y la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto brinden las facilidades del caso para la asignación de recursos logísticos y humanos a las unidades orgánicas encargadas del cumplimiento de la presente Ordenanza.Cuarta .- Se deje sin efecto la suspensión del acuerdo de Concejo N° 040-2011-MDP/C u otros documentos que se contrapongan. Quinta.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, Gerencia de Desarrollo Humano, Subgerencia de Programas Sociales, Subgerencia de Participación Vecinal, O fi cina de Gestión de Riesgo de Desastres y Defensa Civil, O fi cina de Administración y Finanzas, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y Gerencia de Administración Tributaria; el desarrollo e implementación de las acciones correspondientes para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Sexta .- Disponer que el presente acto administrativo (Visación de Planos para Servicios Básicos) no acredita derecho de propiedad y/o posesión, los planos visados que cumplan con su fi nalidad en lo posterior quedaran sin efecto. Séptima.- Establecer el reconocimiento a las organizaciones vecinales que se encuentren ubicadas en zonas señaladas en la presente ordenanza, siempre y cuando acrediten de forma fehaciente una posesión hasta diciembre del 2015. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO Alcalde 2037317-1