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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (10/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 94

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Jueves 10 de febrero de 2022 El Peruano / opinión del Instituto Nacional de Cultura. Cabe precisar, que a fi n de garantizar lo señalado cada solicitud que se presente deberá ser derivada a la O fi cina de Gestión de Riesgo de Desastres y Defensa Civil para su informe correspondiente. Que, mediante Acuerdo de Consejo N°040-2011- MDP/C que, en su Artículo Tercero: “DECLARA la intangibilidad de los terrenos ubicados en las faldas o laderas de cerros, que en el plano de zoni fi cación correspondiente a este Distrito se encuentran zoni fi cados como PTP zona de protección y tratamiento paisajista zonifi cación que tiene por objeto proteger dichas áreas y a la población de los efectos contaminantes en el suelo, subsuelo, aire o agua y del riesgo físico por lo que sólo se podrían destinar a arborización, paisajismo, turismo y obras de defensa con fi nes de protección física y control de eventos de geodinámica externa”. Por consiguiente, de la quinta disposición complementaria y fi nal de la ordenanza 257-2020-MDP/C se deje sin efecto la suspensión del acuerdo de Consejo N°040-2011-MDP/C. Que, mediante el Informe Nº 30-2022-MDP/GDU- SGPUC, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, señala que siendo un requisito primordial la visación de planos, para la obtención de los servicios básicos, es necesario contar con un instrumento legal que faculte a esta entidad poder otorgar dichos Planos Visados, a aquellas poblaciones que se encuentren aptas para recibir la dotación de los servicios básicos, mediante el cual los bene fi ciarios podrán mejorar su calidad de vida; el instrumento legal tendrá una vigencia de 180 días calendario desde su publicación, asimismo se efectuara la evaluación técnica de acuerdo al plano de zoni fi cación en vigencia. La O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, con Informe Nº 15-2022-MDP/GM/OPP, señala que el proyecto de ordenanza contribuye con los objetivos estratégicos OEI.04 “Promover el desarrollo urbano, rural y transitabilidad ordenado, participativo y sostenible en el Distrito” previstos en el Plan Estratégico Institucional PEI-2019-2024 ampliado, y recomienda continuar con su trámite correspondiente. Que, con Informe N° 68-2022-MDP/OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica, señala que resulta procedente aprobar el proyecto de Ordenanza que establece el Procedimiento de Visación de Planos con fi nes de vivienda para acceder a proyectos de Servicios Básicos en el Distrito de Pachacámac. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8 del artículo 9 y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la dispensa del trámite de aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE VISACIÓN DE PLANOS CON FINES DE VIVIENDA PARA ACCEDER A PROYECTOS DE SERVICIOS BÁSICOS TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I OBJETIVOS, BASE LEGAL Y ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1º.- La presente Ordenanza tiene por objeto establecer el Procedimiento de otorgamiento de VISACION DE PLANOS CON FINES DE VIVIENDA PARA ACCEDER A PROYECTOS DE SERVICIOS BÁSICOS, cuyo objeto es facilitar el acceso a los pobladores y familias de baja calidad de vida, que forman parte de la jurisdicción del distrito de Pachacamac a los servicios básicos de energía eléctrica, agua y desagüe; garantizando la protección y el mejoramiento de vida del ser humano, para su desarrollo y el progreso de las poblaciones asentadas ubicadas en posesiones informales. Artículo 2º.- La presente Ordenanza se sustenta en la siguiente base legal:a. La Constitución Política del Perú, artículos 7º-A, 194º y 195º. b. Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidadesc. Ley N° 29869 - Ley de Reasentamiento Poblacionald. Ley N° 30645.- Ley que modi fi ca la Ley 29869, Ley de Reasentamiento Poblacional para zonas de muy alto riesgo no mitigable e. Ley Nº 28687 - Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal f. Decreto Supremo Nº 006-2006-VIVIENDA - Reglamento de la Ley Nº 28687. g. Decreto Supremo Nº 017-2006-VIVIENDA. - Aprueban Reglamento de los Títulos II y III de la Ley Nº 28687. h. Reglamento de la Ley Nº 31056, Ley que amplía los plazos de la titulación de terrenos ocupados por posesiones informales y dicta medidas para la formalización i. Resolución de Consejo Directivo Nº 100-2008-SUNASS-CD j. Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos de Desastre (SINAGERD) k. Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS – Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. l. Acuerdo de Concejo N°040 –2011-MDP/C de la Municipalidad de Pachacámac. m. Ordenanza 2236-MML, que aprueba el reajuste integral de zoni fi cación del sector Manchay del Distrito de Pachacámac y parte de la cuenca baja del rio Lurín. n. Ordenanza Municipal N°259 –2020-MDP/C Artículo 3º.- Son sujetos de la presente Ordenanza, las organizaciones vecinales con fi nes de vivienda reconocidas por la municipalidad, tales como: Asentamientos Humanos, Organizaciones Sociales, Pueblos Jóvenes, Asociaciones y Cooperativas de Vivienda, etc, que ejerza la posesión fehaciente; que se ubican dentro de las zonas aptas y de uso residencial; no se encuentren en zonas de Protección y Tratamiento Paisajista; y no se encuentren inmersos en las restricciones que se menciona en la Subgerencia de Planeamiento urbano y Catastro y que a la fecha por la imposibilidad de acceso a la formalización, no cuentan con dotación de Servicios Básicos. Artículo 4º.- Para la presente Ordenanza se aplicarán las siguientes de fi niciones: 1. Posesionario. - Es la Persona Natural, Persona Jurídica, que ocupa un predio o lote de terreno de forma pública y pací fi ca, siendo que tal predio o lote no cuenta con los servicios básicos de luz, agua y desagüe. 2. Constancia . - Constancia de Posesión Exclusiva para Servicios Básicos, otorgada por la Municipalidad Distrital de Pachacamac, conforme a lo establecido en la presente Ordenanza. 3. Municipalidad . - La Municipalidad Distrital de Pachacámac. 4. Administrado . - Toda persona natural, persona jurídica, sociedad conyugal de derecho o hecho que formula solicitud de Constancia de Posesión. 5. Plano de Ubicación.- Representación grá fi ca en papel, a escala adecuada que muestra el entorno de una determinada zona. 6. Plano Perimétrico.- Representación grá fi ca en papel, a escala adecuada que muestra los linderos, ángulos, medidas y coordenadas de una determinada asociación. 7. Plano de trazado y lotización. - Representación gráfi ca en papel, a escala adecuada que muestra los lotes, manzanas y sección de vía de una determinada asociación. 8. Memoria descriptiva. - documento técnico en la que se describe la información de ubicación, perímetro, lotización y vías de una determinada asociación. 9. Visación de Planos. - Validación de Planos referenciales de Vías y Trazado, exclusiva para Servicios Básicos, otorgada por la Municipalidad Distrital de Pachacámac, conforme a lo establecido en la presente Ordenanza. 10. Organización Vecinal . - Es el órgano que asume la representación de un número indeterminado de