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50 NORMAS LEGALES Viernes 18 de febrero de 2022 El Peruano / ORGANISMOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban expedición de duplicado de diploma de grado académico de bachiller en ciencias con mención en Ingeniería de Sistemas a egresado de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL N° 0142 Lima, 27 de enero de 2022Visto el Expediente STDUNI N° 111455-2021 presentado por el señor INFANTE CUIBIN JAVIER FERNANDO quien solicita duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería de Sistemas; CONSIDERANDO: Que, el señor INFANTE CUIBIN JAVIER FERNANDO identi fi cado con DNI Nº 09966527 egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado, de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería de Sistemas; por pérdida, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, modi fi cado por Resolución Rectoral N° 1685 del 08 de noviembre de 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe N° 281-2021-UNI/SG/UGyT de fecha 23 de diciembre de 2021, precisa que el diploma del señor INFANTE CUIBIN JAVIER FERNANDO se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 08, página 232, con el número de registro 24275-B; Que, la Comisión Académica del Consejo Universitario, en su Sesión Virtual Nº 01 realizada el 10 de enero del 2022, previa revisión y veri fi cación del expediente, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería de Sistemas al señor INFANTE CUIBIN JAVIER FERNANDO; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su sesión ordinaria virtual Nº 01 de fecha 19 de enero de 2022, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el art. 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería de Sistemas al siguiente egresado de la Universidad, anulándose el diploma otorgado anteriormente: N° Apellidos y Nombres Con mención enFecha de Otorgamiento del Diploma 1INFANTE CUIBIN Javier FernandoIngeniería de Sistemas03.03.2004 Regístrese, comuníquese y archívese. PABLO ALFONSO LÓPEZ CHAU NAVA Rector 2036489-1JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Confirman Resolución N° 0068-2022-DNROP/ JNE, que dispuso devolver el padrón complementario de afiliados presentado por la organización política Partido Democrático Somos Perú ante la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas RESOLUCIÓN N° 0075-2022-JNE Expediente N° JNE.2022000269 LIMA DNROPAPELACIÓN Lima, seis de febrero de dos mil veintidós.VISTO: en audiencia pública virtual del 4 de febrero de 2022, debatido y votado en la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don David Rolando Quispe Martínez, personero legal titular de la organización política Partido Democrático Somos Perú (en adelante, señor personero) en contra de la Resolución N° 0068-2022-DNROP/JNE, del 14 de enero de 2022, que dispuso devolver el padrón complementario de a fi liados presentado por dicha organización política el 5 de enero de 2022 ante la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (DNROP). Oído: el informe oral. PRIMERO. ANTECEDENTES 1.1. Con el escrito presentado el 4 de enero de 2022 (Expediente N° ADX-2022-0642), el señor personero solicitó ante la DNROP la inscripción del padrón de afi liados complementario de la organización política Partido Democrático Somos Perú, el cual contiene 11637 fi chas de a fi liados numeradas del 101511 al 113147, en mérito al artículo 108 del Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas, aprobado a través de la Resolución N° 0325-2019-JNE (en adelante, Reglamento del ROP). 1.2. Posteriormente, el 5 de enero de 2022 (Expediente N° ADX-2022-001243), el señor personero requirió ante la DNROP la inscripción del padrón de a fi liados complementario de la referida organización política, el cual contiene 2535 fi chas numeradas desde el 113148 al 115682. 1.3. A través de la Resolución N° 0068-2022-DNROP/ JNE, del 14 de enero de 2022, la DNROP dispuso devolver el padrón complementario de a fi liados presentado el 5 de enero del mismo año, en aplicación del numeral 4 de la parte resolutiva de la Resolución N° 0907-2021-JNE, del 15 de noviembre de 2021, en el cual se establece que las organizaciones políticas solo pueden presentar un padrón de afi liados adicional a los que hasta ese entonces hubieran presentado. Es decir, en el caso concreto, luego de la entrada en vigencia de esta resolución, el único padrón que pudo remitir la mencionada organización política es del 4 de enero de 2022 (Expediente N° ADX-2022-0642). SEGUNDO. SÍNTESIS DE AGRAVIOS El 24 de enero de 2022, el señor personero interpuso recurso de apelación en contra de la Resolución N° 0068-2022-DNROP/JNE, a fi n de que sea revocada, esencialmente, sobre la base de los siguientes argumentos: 2.1. Se ha inaplicado el numeral 4 de la Novena Disposición Transitoria de la Ley N° 28094 incorporada por la Ley N° 31357, donde se establece que las presentaciones de las a fi liaciones ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) podrán efectuarse hasta el 5 de enero de 2022. 2.2. La regla establecida en el numeral 4 de la Resolución N° 0907-2021-JNE no fue incorporada en el hito del cronograma electoral, referida a la fecha límite para la presentación de a fi liaciones.