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64 NORMAS LEGALES Viernes 18 de febrero de 2022 El Peruano / Comisión Ordinaria de Derechos Humanos y Participación Ciudadana del Consejo Regional en cumplimiento de sus atribuciones aprueban por UNANIMIDAD el Proyecto de Ordenanza Regional denominado “Creación del Consejo Regional para las Personas Adultas Mayores del Ámbito del Gobierno Regional de Ancash”. Que, el Literal o) del Artículo 21 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional, en ese marco se debe cumplir con lo previsto en la “Guía”, es decir con cada una de las actividades y disposiciones indicadas y desarrolladas en la misma, para la Creación del Consejo Regional para las Personas Adultas Mayores - COREPAM del Gobierno Regional Ancash; Que, el Artículo 38º de la Ley N°27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, de las Ordenanzas Regionales prescribe: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidas a la Presidencia Regional para su promulgación en un plazo de 10 días naturales”, concordante con lo dispuesto en los Artículos 120° y 121° del Reglamento Interno de Consejo Regional. Que, en Sesión Ordinaria Virtual del Consejo Regional realizada Vía Plataforma Zoom, el día Jueves 04 de Noviembre del año en curso, en la Estación ORDEN DEL DIA, la Consejera Delegada da cuenta el Dictamen N° 002-2021-GRA-CR/CO-DHyPC, de fecha 27 de Octubre de 2021, disponiendo su lectura y posterior sustentación por parte del Presidente de la Comisión Ordinaria de Derechos Humanos y Participación Ciudadana del Consejo Regional. Culminada ésta, la Consejera Delegada somete a votación las recomendaciones señaladas en el Dictamen N° 002-2021-GRA-CR/CO-DHyPC, siendo APROBADA por MAYORÍA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; Que, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria Virtual del Consejo Regional de Ancash y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modi fi cada por la Ley N° 27680, Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, el Pleno del Consejo Regional de Ancash, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: “CREACIÓN DEL CONSEJO REGIONAL PARA LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES DEL ÁMBITO DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH” Artículo Primero.- APROBAR, la “CREACIÓN DEL CONSEJO REGIONAL PARA LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES DEL ÁMBITO DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH” en adelante COREPAM - REGION ANCASH, como un espacio de coordinación, concertación, articulación, dialogo y toma de decisiones con las Personas Adultas Mayores de la Región Ancash, donde interactúen las organizaciones involucradas, las personas adultas mayores, el sector privado, la sociedad civil y las instituciones del Estado, a fi n de proponer políticas y acciones en materia de Personas Adultas Mayores ante los Órganos de Gobierno de todos los niveles, con la fi nalidad de mejorar su calidad de vida y promover el ejercicio de sus derechos fundamentales. Artículo Segundo.- DECLARAR, de Interés Regional el tema de las Personas Adultas Mayores, a fi n de institucionalizar la participación e involucramiento de este sector social altamente vulnerable, a través de las mesas de trabajo, reuniones, encuentros y otras actividades que permitan una comunicación fl uida entre el COREPAM - REGIÓN ANCASH y el GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH, con la fi nalidad de de fi nir propuestas, promover el desarrollo humano para una vida digna para todas las Personas Adultas Mayores. Artículo Tercero.- El COREPAM – REGIÓN ANCASH tendrá las siguientes ATRIBUCIONES: 1) Promover la participación responsable y solidaria de las personas adultas mayores.2) Elaborar y proponer al Consejo Regional, ordenanzas regionales, acuerdos regionales, iniciativas legislativas y en general, la aprobación de diversas acciones a favor de las personas adultas mayores. 3) Proponer que los instrumentos de gestión se incluyan metas, indicadores y acciones especí fi cas que respondan a la problemática de las personas adultas mayores 4) Promover e impulsar las actividades de la Mesas de Trabajo Locales para prevenir, disminuir o neutralizar la discriminación estructural contra las personas adultas mayores 5) Promover la capacitación de la comunidad o ciudadanía sobre los derechos de las personas adultas mayores y la importancia de su respeto. 6) Coordinar con los gobiernos locales que conforman el departamento la creación e implementación de Centros Integrales de Atención a la Persona Adulta Mayor, así como la asignación del presupuesto respectivo. 7) Promover iniciativas privadas que permitan contar con aliados estratégicos para ampliar la promoción de los derechos de las personas adultas mayores. 8) Informar a la sociedad sobre los resultados de las políticas, planes u otras acciones aprobadas e implementadas en materia de personas adultas mayores 9) Otros que indiquen su reglamento interno. Artículo Cuarto.- EL COREPAM - REGIÓN ANCASH estará conformado de la siguiente manera: 1. Gobernador Regional de Ancash (quien la Presidirá ) 2. Gerencia Regional de Desarrollo Social, quien estará encargado de la Secretaria Técnica . 3. Dirección Regional de Educación4. Dirección Regional de Salud5. Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo6. Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento 7. Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones8. Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo 9. Dirección Regional de Agricultura10. Dirección Regional de Producción11. Región Policial de Áncash12. Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash 13. Presidenta de la Junta de fi scales superiores del Distrito Fiscal del Santa . 14. Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash 15. Presidente de la Corte Superior de Justicia del Santa 16. Un representante de la Asociación de Alcaldes Provinciales del ámbito de la Región 17. Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 18. Mesa de Concertación Para la Lucha Contra la Pobreza – Ancash 19. Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Ancash20. Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – Ancash 21. Director de la Red Asistencial Huaraz – ESSALUD 22. Presidente de las Bene fi cencias Públicas del ámbito regional 23. Presidente del Instituto Peruano del Deporte – Ancash 24. Dos representantes de Organizaciones de Personas Adultas Mayores registradas debidamente acreditada 25. Un representante de las Organizaciones No Gubernamentales - ONG Artículo Quinto.- APROBAR, la estructura del Comité Ejecutivo del Consejo Regional del Adulto Mayor, siendo como sigue: 1. Pleno del COREPAM 2. Presidente 3. Secretaría Técnica 4. Grupo técnico de trabajo Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la implementación y monitoreo, a fi n de dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional.