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66 NORMAS LEGALES Viernes 18 de febrero de 2022 El Peruano / Que, mediante el Artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo aprobado por Decreto Supremo N°004-2019-JUS, respecto de la Legalidad del Procedimiento 40.5 Las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simpli fi cación de los mismos, pueden aprobarse por decreto regional respectivamente; Que, según O fi cio N° 009-2020-GRLL-GR/GGR, de SISGEDO N° 5599405, el Gerente General Regional, ha comunicado al Secretario Técnico de la Comisión Regional de INDECOPI, el acogimiento de la entidad al “Principio de Acción Preventiva” según Artículos 4° y 47° del Decreto Legislativo N° 1256 y dispone al Gerente Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial realizar las acciones administrativas inmediatas que permitan emitir el Decreto Regional para la eliminación voluntaria de barreras burocráticas del TUPA de GORE La Libertad; Que, mediante Informe Técnico N°003-2020-GRPAT- SGDMI/JDS, y lo dispuesto en los proveídos del O fi cio N°364-2020-GRLL-GGR/GRAJ, habiéndose consultado con el Secretario Técnico de INDECOPI, evaluamos y se reformuló el Anexo N°01, quedando más explicativo y se recomienda Eliminar Trescientos Trece (313) Barreras Burocráticas identi fi cadas en los procedimientos administrativos y servicios del TUPA del Gobierno Regional de La Libertad, según el siguiente detalle del Anexo N°1: - En la Gerencia Reg. Administración - O fi cina de Ejecución Coactiva; se debe eliminar dos (2) barreras burocráticas. - En la Gerencia Regional de Cooperación Técnica y PIP; se debe eliminar cuatro (4) barreras burocráticas. - En la Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo; se deben eliminar treinta y siete (37) barreras burocráticas. - En la Gerencia Regional de la Producción; se deben eliminar sesenta (60) barreras burocráticas. - En la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones; se deben eliminar cincuenta y cuatro (54) barreras burocráticas. - En la Gerencia Regional de Salud; se deben eliminar cien (100) barreras burocráticas. - En la Gerencia Regional de Agricultura; se deben eliminar cincuenta y seis (56) barreras burocráticas. Que, mediante Informe Legal de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica N° 47-2020-GRLL-GRAJ-VLAS de fecha 05 de Febrero de 2020, suscrita por la Dra. Vanessa Lisset Alvarez Solar declarando viable al proyecto de Decreto Regional por encontrarse arreglada a Ley; Estando a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modi fi catorias, Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N°004-2019-JUS, Decreto Legislativo N°1256; y con los vistos de la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia General Regional en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27786, Ley de Bases de la Descentralización y la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR, la eliminación de Trescientos Trece (313) Barreras Burocráticas identi fi cadas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de La Libertad, según el detalle del Anexo N°1 y el Anexo N°2 columna (DICE EN EL TUPA), que son parte integrante del presente Decreto Regional. Artículo Segundo.- APROBAR, e INCLUIR los Requisitos del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de La Libertad, según lo detallado en el Anexo N° 2 de la columna (DEBE DECIR). Artículo Tercero.- NOTIFICAR a la Comisión Regional de INDECOPI La Libertad, a La Secretaría de Gestión Pública de la PCM, y a las unidades orgánicas que son parte integrante del Gobierno Regional de La Libertad, para conocimiento y gestión. Artículo Cuarto.- PUBLIQUESE el presente Decreto Regional en el diario o fi cial el peruano y los Anexos N°1 y N°2 en el portal de transparencia y servicios al Ciudadano del GORE La Libertad, página Web: www.regionlalibertad.gob.pe Dado en Trujillo, en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil veinte. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL FELIPE LLEMPÉN CORONEL Gobernador Regional ANEXO N° 1 CUADRO RESUMEN PARA ELIMINAR BARRERAS BUROCRÁTICAS IDENTIFICADAS EN EL TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, POR GERENCIAS REGIONALES GERENCIAS REGIONALES QUE PRESENTARON SUS PROPUESTAS PARA ELIMINAR BARRERAS BUROCRÁTICAS Procedimientos y Servicios Identi fi cados BARRERAS BUROCRÁTICAS IDENTIFICADAS N° DE REQUISITOS IDENTIFICADOS EN EL TUPA VIGENTE BARRERAS BUROCRÁTICAS A ELIMINAR 1. Gerencia Reg. de Administración – O. Ejecución Coactiva22 2 2.- Gerencia Regional de Cooperación Técnica y PIP.24 4 3.- Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo26 37 37 4.- Gerencia Regional de La Producción50 60 60 5.- Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones41 54 54 6.- Gerencia Regional de Salud62 100 100 7.- Gerencia Regional de Agricultura38 56 56 TOTAL GENERAL 221 313 313 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2039601-1 Declaran de interés regional la creación del centro de escucha para prevención del suicidio y apoyo de duelo por pérdida de familiares, apoyo emocional para familiares cuidadores de enfermos crónicos o de enfermos terminales en la Región La Libertad ORDENANZA REGIONAL N° 000016-2021-GRLL-CR Trujillo, 22 de diciembre de 2021 DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL LA CREACIÓN DEL CENTRO DE ESCUCHA PARA PREVENCIÓN DEL SUICIDIO Y APOYO DE DUELO POR PÉRDIDA DE FAMILIARES, APOYO EMOCIONAL PARA FAMILIARES CUIDADORES DE ENFERMOS CRÓNICOS O DE ENFERMOS TERMINALES EN LA REGIÓN LA LIBERTAD EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD