TEXTO PAGINA: 31
31 NORMAS LEGALES Viernes 1 de julio de 2022 El Peruano / acuerdos referidos a los asuntos del Senace que se sometan a su consideración, conforme lo dispone el literal d) del artículo 5 de la Ley N° 29968, modi fi cada por el Decreto Legislativo N° 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 29968, modi fi cada por el Decreto Legislativo N° 1394, establece que la designación del/de la Presidente/a Ejecutivo/a del Senace está sujeta a mecanismos objetivos de evaluación y selección, que aseguren la idoneidad profesional y moral, la especialidad requerida para el ejercicio del cargo, y la inexistencia de incompatibilidades o con fl ictos de interés, siendo que los mecanismos de evaluación objetiva, el proceso de selección y la convocatoria serán aprobados por el Consejo Directivo; Que, asimismo, el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley N° 29968, establece que el cargo de Presidente/a Ejecutivo/a del Senace se ejerce por el plazo de tres (3) años, renovables por una sola vez de manera continua, sujeta a la aprobación del Consejo Directivo, y el artículo 8 de la referida norma prescribe que el Consejo Directivo establece los requisitos para acceder a dicho cargo; Que, en Sesión Extraordinaria No Presencial N° 035/2022 del Consejo Directivo del Senace, de fecha 16 de junio de 2022, el Consejo Directivo del Senace, acuerda por mayoría conformar el Comité Especial que estará a cargo de la conducción del proceso de selección meritocrático para la elección del/de la Presidente/a Ejecutivo/a del Senace, asimismo, acordó por unanimidad encargar a dicho Comité elaborar y presentar una propuesta de bases para el proceso de selección meritocrático, con acompañamiento de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - Servir, debiendo ser remitida dicha propuesta formalmente al Concejo Directivo, en el plazo de quince (15) días calendarios contados a partir de la publicación de la resolución de Consejo Directivo de conformación del mencionado Comité Especial; Con el visado de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la Presidencia Ejecutiva del Senace, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, modi fi cada por el Decreto Legislativo N° 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental; el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2017-MINAM; y, el Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del Senace, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 0007-2018-SENACE/CD; SE RESUELVE:Artículo 1.- Conformar el Comité Especial que estará a cargo de la conducción del proceso de selección meritocrático del/de la Presidente/a Ejecutivo/a del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, el cual estará integrado, de acuerdo al siguiente detalle: - La Directora de la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio del Ambiente, en representación del Minam, quien lo presidirá. - La Secretaria General del Ministerio de Energía y Minas, en representación del Minem. - El Director General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, en representación del MEF; y - El Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles, en representación del Senace, quien desarrollará la labor de Secretaría Técnica. Artículo 2.- Encargar al Comité Especial conformado en el artículo 1 de la presente Resolución del Consejo Directivo, la elaboración de una propuesta de bases para el proceso de selección meritocrático, con el acompañamiento de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - Servir, para la elección del/de la Presidente/a Ejecutivo/a del Senace, la cual deberá ser remitida formalmente al Consejo Directivo del Senace en el plazo de quince (15) días calendario, contados desde la publicación de la presente resolución. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución del Consejo Directivo, al Director de la O fi cina de Recursos Humanos del Ministerio del Ambiente, a la Secretaria General del Ministerio de Energía y Minas, al Director General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas y al Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles, para su conocimiento. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución del Consejo Directivo en el Diario O fi cial El Peruano, y, en el mismo día, en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace (www. gob.pe/senace). Regístrese, comuníquese y publíquese.JOANNA FISCHER BATTISTINI Presidenta del Consejo Directivo del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – Senace 2081920-1 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SMV Nº 011-2022-SMV/01 Mediante O fi cio Nº 3447-2022-SMV/14, la Superintendencia del Mercado de Valores solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución SMV Nº 011-2022-SMV/01, publicada en la edición del día 30 de junio de 2022. En el Artículo 2º;DICE: Disponer que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores (...) DEBE DECIR : Disponer que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Portal del Mercado de Valores (...) 2082116-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SMV Nº 012-2022-SMV/01 Mediante O fi cio Nº 3448-2022-SMV/14, la Superintendencia del Mercado de Valores solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución SMV Nº 012-2022-SMV/01, publicada en la edición del día 30 de junio de 2022. En el Artículo 2º;DICE: Disponer que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores (…) DEBE DECIR: Disponer que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Portal del Mercado de Valores (…) 2082117-1