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81 NORMAS LEGALES Sábado 9 de julio de 2022 El Peruano / Que, el 28 de julio de 2021 se conmemora los 200º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú y siendo el deber del Gobierno Local destacar los acontecimientos cívicos de la patria, incentivando la participación de los vecinos, así como a fi rmando el respeto a los valores nacionales y símbolos patrios; Que, esta Gestión Municipal, cumpliendo con el deber de incentivar la participación cívica de los vecinos, ha adoptado como política del Gobierno Local, promover en la comunidad de Cieneguilla los valores cívicos patrióticos, generando conciencia cívica y resaltando el respeto a los símbolos patrios; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral (6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- DISPONER con carácter obligatorio el embanderamiento general de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito de Cieneguilla del 10 al 30 de Julio de 2022, con motivo de la celebración del Ducentésimo Primero Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- DISPONER la limpieza, resane y pintado de las fachadas de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito de Cieneguilla, que lo requieran para su mejor presentación y ornato, previo a la colocación de la Bandera Nacional conforme a lo dispuesto en los artículos precedentes. Artículo Tercero.- ENCARGAR el presente Decreto de Alcaldía a la Sub Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, Gerencia de Desarrollo Social y a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto; a la Secretaría General su publicación en el Diario O fi cial el Peruano y Portal Web Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.EDWIN SUBILETI ARECHE Alcalde 2084655-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Establecen conformación de la Comisión Técnica Mixta de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 026-2022-A-MDMM Magdalena del Mar, 30 de junio de 2022EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR VISTOS: El Documento Simple Nº 4500-2022 presentado por la Federación de Transportistas en Vehículos Menores de Magdalena del Mar – FEDETRAVEN, el Informe N° 095-2022-CEP-SGOPT-GDUO/MDMM e Informe N° 373-2022-SGOPT-GDUO/MDMM de la Subgerencia de Obras Públicas y Transporte, el Memorando N° 542-2022-GDUO-MDMM de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, Informe N° 355-2022-MDMM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 141-2022-CEP-SGOPT-GDUO/MDMM e Informe N° 479-2022-SGOPT-GDUO/MDMM de la Subgerencia de Obras Públicas y Transporte, el Informe N° 078-2022-GDUO-MDMM de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, Memorando N° 1190-2022-GM-MDMM de la Gerencia Municipal, y;CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, señala que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el cual indica que la autonomía que la Constitución Política establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 81° numeral 3.2 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades establece que son funciones especí fi cas compartidas de las municipalidades distritales, entre otras, otorgar licencias para la circulación de vehículos menores y demás, de acuerdo con lo establecido en la regulación provincial; Que, el artículo 18° numeral 18.1 literal a de la Ley N° 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre establece que las municipalidades distritales ejercen las competencias en materia de transporte que los reglamentos nacionales y las normas emitidas por la Municipalidad Provincial respectiva les señalen y, en particular, la regulación del transporte menor (mototaxis y similares); Que, la Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 055-2010-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o No Motorizados, señala que cada municipio distrital cuenta con una Comisión Técnica Mixta, la cual es autónoma y está integrada por los regidores de la Comisión de Transporte o por la Comisión que haga sus funciones, por representantes acreditados de la Policía Nacional del Perú y de las Organizaciones de Transportadores del Servicio Especial; Que, la Ordenanza N° 026-2017-MDMM de fecha 25 de junio del 2017; en el Título I, Capítulo II de las Abreviaturas y De fi niciones indica lo siguiente: Artículo 5°, Inciso 4.- COMISIÓN TECNICA MIXTA. - Es autónoma, está integrada por los regidores de la comisión de transporte o la que haga sus funciones, por representantes de la PNP de la jurisdicción y por Representantes acreditados de las Organizaciones de Transportadores; Que, en la Cuarta Disposición Final y Transitoria de la ordenanza citada en el párrafo precedente, establece que se facultad del alcalde a dictar normas complementarias a la referida ordenanza; Que, con Documento Simple Nº 4500-2022, el Sr. Mario Raúl Martínez Pérez, en su calidad de presidente de la FEDETRAVEN hace de conocimiento de las dos (02) personas titulares y un (01) suplente, designadas para conformar la Comisión Técnica Mixta; Que en mérito al Memorando N° 329-2022-SG- MDMM, la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar nos indica que la Comisión de Regidores de Desarrollo Urbano, Obras y Tránsito está integrada por tres (03) regidores; Que, en mérito al Informe N° 355-2022-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica nos indica que se debe conformar la Comisión Técnica Mixta, con el amparo legal conferido por la Ordenanza Nº 026-2017-MDMM; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con el numeral 6 del Artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- ESTABLECER la conformación de la COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHÍCULOS MENORES de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, la misma que quedará integrada de la siguiente manera: NOMBRE CARGO Yliana Horna Santillán Presidenta de la Comisión de Desarrollo UrbanoPresidente Gabriela Chupis Santos Miembro de la Comisión de Desarrollo UrbanoMiembro Juan Jacobo Castro Rubio Miembro de la Comisión de Desarrollo UrbanoMiembro