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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2022 (09/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Sábado 9 de julio de 2022 El Peruano / estandarizados del sector Educación, Decreto Supremo Nº 021-2021 PCM, aprueba Procedimientos Administrativos Estandarizados del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, Decreto Supremo Nº 047-2021-PCM, del Sector Transportes y Comunicaciones que aprueba procedimientos administrativos estandarizados; Que, mediante Informe Nº 029-2022-GRP/GRPPAT/ SMDI, la Administradora del Sistema Único de Tramites - SUT de la Sub Gerencia de Modernización y Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional Puno, realiza un amplio detalle técnico sobre la incorporación de procedimientos estandarizados de la Sede del Gobierno Regional, Direcciones Regionales de Producción, Educación, Trabajo y Promoción del Empleo, Transportes y Comunicaciones en el Expediente Regular del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Gobierno Regional de Puno, ello en cumplimiento de los Decretos Supremos referidos en el párrafo precedente; Asimismo, precisa que el 31 de diciembre del 2021 se ha terminado el Expediente Regular 02.31.0168-002-2021, del Gobierno Regional Puno que contiene los procedimientos estandarizados de la Sede del Gobierno Regional con un (01), Direcciones Regionales de: Educación con cinco (05), Trabajo y Promoción del Empleo con nueve (9), Transportes y Comunicaciones con veinticinco (25) procedimientos y (02) servicios en exclusividad, Producción con treinta y uno (31); Que, el Expediente Regular, cuenta con la conformidad del Gerente General Regional, en su calidad de funcionario que supervisa el proceso de implementación del S.U.T. y la elaboración o modi fi cación del TUPA; Que, con Informe Legal Nº 080-2022-.GR PUNO/ ORAJ, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, tomando como antecedente la propuesta de incorporación de Procedimientos estandarizados de la sede del Gobierno Regional, Direcciones Regionales de: Producción, Educación, Trabajo y Promoción del Empleo, Transportes y Comunicaciones en el Expediente Regular del TUPA del Gobierno Regional Puno, elaborado por la Administradora SUT de la Subgerencia de Modernización y Desarrollo Institucional, concluye que esta propuesta de incorporación de procedimientos estandarizados, así como la propuesta de Ordenanza Regional, cumple con los lineamientos de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, por consiguiente fue elaborado bajo los criterios técnicos normativos contenidos Decreto Legislativo Nº 1223, que crea el Sistema Único de Tramites (SUT) y su reglamento Decreto Supremo Nº 031-2018-PCM- PCM-SGP Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, situación que ha sido evaluada por la Comisión Ordinaria de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; Que, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional, conforme a la agenda programada y conforme al pedido realizado, se agendó en la estación Orden del Día el Dictamen Nº 002-2022 CRI/CPP y AT, el cual es presentado por los miembros de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el mismo que es objeto de sustento por parte del presidente de la comisión, quien indica que conforme al estudio y a los informes correspondientes, solicita la aprobación de las conclusiones y sugerencias contenidas en la que viabiliza la aprobación de la presente Ordenanza Regional; Que, el Consejo Regional en Pleno, conforme al sustento del presidente de la comisión ordinaria, proceden a someter a votación entre sus miembros y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias Ley Nº 29053, Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926 y la Ley 28961. El Pleno del Consejo Regional, por mayoría legal; ORDENA:Artículo Primero.- APROBAR la incorporación de los Procedimientos Administrativos Estandarizados y Servicios Exclusivos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA correspondiente a: Sede del Gobierno Regional con (01). Direcciones Regionales de: Educación con cinco (05), Trabajo y Promoción del Empleo con nueve (9). Transportes y Comunicaciones con veinticinco (25) procedimientos estandarizados y (02) servicios en exclusividad, Producción con treinta y uno (31), los mismos que se detallan en Anexo Nº 1 que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- PUBLICACIÓN, encargar a la Ofi cina Regional de Administración la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 42º de la Ley Nº 27867 - Ley orgánica de Gobiernos Regionales, en el Portal Institucional Electrónico del Gobierno Regional Puno y en los medios necesarios para el cumplimiento y ejecución de la presente, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- VIGENCIA La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. POR TANTO:Comuníquese al señor Gobernador Regional de Puno para su promulgación. En Puno, a los 17 días del mes de junio del año dos mil veintidós. FREDDY EFRAIN RIVERA CUTIPA Presidente del Consejo Regional Mando se publique, registre, cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Puno, a los 28 días del mes de junio del año 2022 GERMÁN ALEJO APAZA Gobernador Regional * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2084367-1 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Eligen al Consejero Delegado del Consejo Regional de Ucayali - Periodo 2022 ACUERDO REGIONAL Nº 001-2022-GRU-CR Pucallpa, cuatro de enero del dos mil veinte y dos.POR CUANTO: Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, modi fi cada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Que, de conformidad con el Artículo 13º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece