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30 NORMAS LEGALES Domingo 10 de julio de 2022 El Peruano / INTERIOR Autorizan viaje de Suboficial Brigadier de la PNP a EE.UU., por tratamiento médico altamente especializado RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0853-2022-IN Lima, 8 de julio de 2022VISTOS, el O fi cio N° 593-2022-CGPNP/SECEJE/ UTD-OR de la Unidad de Trámite Documentario de la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 001100- 2022/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Gerencia General N° 105-2022-IN-SALUDPOL-GG de fecha 3 de mayo de 2022, la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú–SALUDPOL, autorizó el fi nanciamiento del tratamiento médico altamente especializado del paciente Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú (r) Ángel David Rojas Flores, a realizarse en el UC San Diego Health, ubicado en la ciudad de San Diego del Estado de California de los Estados Unidos de América, por el monto de S/ 1 722 410,58 (Un millón setecientos veintidós mil cuatrocientos diez con 58/100 soles); Que, de acuerdo a lo informado por el Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú–SALUDPOL mediante Informe Técnico N° 005-2022-SALUDPOL-GG-DFPS- UGFCPS-JSHC, se concluye que “En cumplimiento de la Directiva N° 07-2018-SALUDPOL/GG, corresponde a la Dirección de Recursos Humanos de la PNP (DIRREHUM-PNP), la cobertura, viáticos y la emisión de la Resolución Ministerial de autorización de salida al extranjero del bene fi ciario SB PNP (r) Rojas Flores, Ángel David y su acompañante Betti Marleni Vidal Ames (esposa). Salida: 11 DE JULIO 2022–Retorno: 13 DE SETIEMBRE 2022”; Que, mediante O fi cio N° 0380-2022-SALUDPOL- GG, la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú–SALUDPOL, traslada a la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, el expediente administrativo del Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú en situación de retiro Ángel David Rojas Flores, para la continuidad de los trámites para la autorización de viaje relacionada con el desarrollo del tratamiento médico altamente especializado del referido personal policial; Que, conforme se desprende de los documentos sustentatorios adjuntos a la solicitud de autorización de viaje al exterior, el tratamiento médico altamente especializado que se debe brindar al Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú en situación de retiro Ángel David Rojas Flores, se orienta esencialmente a la recuperación de su salud, lo cual redunda en el bienestar del personal y en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicho viaje por concepto de compensación extraordinaria, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo precisa el O fi cio N° 2560-2022-SECEJE-DIRADM- DIVECO-PNP/DEP.PRE, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, a través del cual se adjunta la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000001267; Que, de acuerdo al Informe N° 117-2022-SECEJE- DIRADM-DIVECO-PNP-DRyV, de la Jefatura del Departamento de Resoluciones y Viáticos de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú, al Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú en situación de retiro Ángel David Rojas Flores, se le aplica la compensación extraordinaria por tratamiento médico en el extranjero, calculando la misma por un período de 65 días, que asciende a US$ 11 030,50, en el marco de las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: (...) Tratamiento Médico Altamente Especializado”; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002- 2004-DE/SG (…)”; Que, la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, en su artículo 11 establece que “11.1. Durante el Año Fiscal 2022, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…). La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias (…)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”; Que, mediante Decreto Supremo N° 262-2014- EF, se establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del sector Defensa e Interior; Que, a través del Informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera viable tramitar el proyecto de resolución ministerial que autoriza el viaje al exterior, por tratamiento médico altamente especializado, del Subo fi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú en situación de retiro Ángel David Rojas Flores, del 11 de julio al 13 de setiembre de 2022, a la ciudad de San Diego del Estado de California de los Estados Unidos de América; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado