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42 NORMAS LEGALES Domingo 10 de julio de 2022 El Peruano / Que, el numeral 44.2 del artículo 44 y el artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, dispone que los ingresos propios provenientes del desarrollo de las actividades que realiza el ITP, así como de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica (CITE), constituyen tasas o tarifas, según correspondan, las cuales serán determinadas en cada caso, en el marco de la legislación vigente; Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N.º 004-2019- JUS, dispone que, para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular, establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, señala en su artículo 2, que el Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago; Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 45.3 del artículo 45 del Decreto de Urgencia Nº 013-2020, Decreto de Urgencia que Promueve el Financiamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups, el fi nanciamiento de los servicios que brinda el ITP, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1228 y sus normas reglamentarias y complementarias, se realiza a través de recursos ordinarios y tarifas; estas últimas son fi jadas de acuerdo con la metodología que apruebe el ITP, la cual podrá establecer esquemas promocionales, según criterios objetivos, a fi n de aumentar su acceso, cobertura y efectividad; teniendo en cuenta además, que las tarifas y su metodología son concordantes con el rol subsidiario del Estado y se aprueban por Resolución del Director Ejecutivo del ITP; Que, con Resolución Ejecutiva N.º 42- 2021-ITP/DE del 02 de junio de 2021, se aprobó el “Marco conceptual para la programación, ejecución y control de servicios que brinda el ITP” y la Directiva Nº 01-2021-ITP/DE denominada “Metodología para la determinación de tarifas basada en costos del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP”; Que, en el numeral 8.1 de la Directiva denominada “Metodología para la determinación de tarifas basada en costos del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP”, se establece las disposiciones especí fi cas para la elaboración y actualización del Catálogo de Servicios Tecnológicos; Que, por Resolución Ministerial N.º 057-2016-PRODUCE, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 10 de febrero de 2016, se crea el “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Huallaga – CITEagroindustrial Huallaga”; Que, con Resolución Ejecutiva N.° 213-2016-ITP/ DE, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 09 de noviembre de 2016, se aprobó el Tarifario de Servicios Tecnológicos del CITEagroindustrial Huallaga, el cual estuvo conformado por ocho (08) servicios tecnológicos; Que, mediante Resolución Ejecutiva N.° 0140-2020- ITP/DE, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 04 de diciembre de 2020, se modi fi có el Tarifario aprobado mediante Resolución Ejecutiva n.° 213-2016-ITP/DE a fi n de incluir quince (15) servicios tecnológicos y excluir ocho (8) servicios tecnológicos; Que, mediante Informe Técnico N° 0018-2022-ITP/ CITEagroindustrial Huallaga de fecha 2 de junio de 2022, el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Huallaga – CITEagroindustrial Huallaga sustentó su propuesta de Tarifario de Servicios Tecnológicos con diez (10) servicios tecnológicos, motivo por el cual solicitó la derogación del tarifario aprobado mediante Resolución Ejecutiva N.° 0213-2016-ITP/DE y modi fi catoria; Que, el CITE mediante el referido informe señaló que se ha considerado derogar el tarifario vigente, debido a la actualización de los costos de servicios tecnológicos, de acuerdo a la metodología para la determinación de tarifas; asimismo, es necesario ampliar la demanda de servicios tecnológicos a fi n de contribuir con el incremento de la competitividad, productividad y calidad de las empresas y el sector productivo; Que, mediante Memorando N° 000148-2022-ITP/ DEDFO, sustentado en el Informe N.° 0025-2022-ITP/MCC-DEDFO, ambos de fecha 14 de junio de 2022, la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE, emitió opinión favorable respecto a la viabilidad técnica de los servicios integrantes del Catálogo de Servicios del CITEagroindustrial Huallaga, en el marco de lo dispuesto en la Directiva Nº 01-2021-ITP/DE; Que, con Memorando N.° 2891-2022-ITP/OA de fecha 17 de junio de 2022, sustentado en el Informe n.° 0337-2022-ITP/OA-CONT, la O fi cina de Administración señaló que se encuentra conforme con el cálculo del costo de depreciación de la propuesta del tarifario del CITEagroindustrial Huallaga; Que, con Memorando N.° 2946-2022-ITP/OA de fecha 21 de junio de 2022, sustentado en el Informe N.° 1270-2022-ITP-OA-ABAST, la O fi cina de Administración señaló que se han validado los costos de materiales fungibles y no fungibles de la propuesta de Tarifario del CITEagroindustrial Huallaga, además estos corresponden a compras realizadas por el ITP; Que, mediante Memorando N.° 0985-2022-ITP/ OGRRHH de fecha 22 de junio de 2022, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos remitió la validación del costo de mano de obra por minuto de la propuesta de Tarifario del CITEagroindustrial Huallaga, señalando que se encuentra conforme; Que, con Memorando N.° 3075-2022-ITP/OPPM de fecha 23 de junio de 2022, sustentado en el Informe Técnico N.° 0056-2022-ITP/MODERNIZACION, la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emitió opinión favorable a la propuesta de Tarifario del CITEagroindustrial Huallaga y recomendó derogar el tarifario aprobado mediante Resolución Ejecutiva N.° 0213-2016-ITP/DE y modi fi catoria; Que, asimismo, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización señala que los diez (10) servicios tecnológicos, propuestos por el CITEagroindustrial Huallaga serán brindados con el fi n de contribuir al incremento de la competitividad, productividad y calidad de las empresas y el sector productivo; Que, mediante Informe Nº 0261-2022-ITP/OAJ del 05 de julio de 2022, la O fi cina de Asesoría Jurídica opinó que corresponde aprobar el tarifario de servicios tecnológicos del CITEagroindustrial Huallaga, conformado por diez (10) servicios tecnológicos y derogar el tarifario aprobado mediante Resolución Ejecutiva N° 0213-2016-ITP/DE y su modi fi catoria efectuada por Resolución Ejecutiva n.° 140- 2020-ITP/DE; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, en lo que corresponde a sus competencias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Decreto de Urgencia Nº 013-2020, que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; el Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Decreto Supremo N.º 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP);