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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2022 (28/07/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 91

91 NORMAS LEGALES Jueves 28 de julio de 2022 El Peruano / Que, mediante O fi cio N° D000681-2021-MML- GDU-SPHU de fecha 07 de diciembre de 2021, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, solicitó a la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aplique la consulta vecinal y emita la opinión técnica correspondiente, dentro del plazo de treinta (30) días, considerándose que, vencido dicho plazo y sin haber obtenido respuesta, la opinión se tendrá como favorable. Finalmente, no se obtuvo la respuesta requerida por parte de la municipalidad distrital; Que, mediante O fi cio N° D000680-2021-MML-GDU- SPHU, de fecha 07 de diciembre de 2021, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, solicitó al Director Ejecutivo del Instituto Metropolitano de Plani fi cación - IMP, emitir opinión técnica correspondiente. En ese sentido, mediante O fi cio N° 0284-22-MML-IMP-DE, de fecha 09 de marzo de 2022, el Director Ejecutivo del Instituto Metropolitano de Plani fi cación - IMP, remite el Informe CEZ N° 0020-2022-MML-IMP-DE/DGPT, mediante el cual emite opinión favorable al Cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad Media (RDM), Comercio Vecinal (CV) a Comercio Zonal (CZ), el cual, señala lo siguiente: i) El área del predio en evaluación tiene un área mayor a media hectárea; por tanto, se considera un factor relevante para poder desarrollar un buen proyecto comercial u otras actividades compatibles, que con su funcionamiento no ocasionen impactos negativos sobre las zonas residenciales del entorno inmediato. ii) El predio en evaluación posee cuatro frentes, el frente principal se encuentra en la Av. Las Lomas, cuya clasi fi cación es de vía local preferencial, con una sección de 26 ml. La paralela a esta vía hacia el frente posterior es una vía local de aproximadamente 12 m, hacia el frente derecho e izquierdo colinda con vías peatonales de aproximadamente 8 m de sección vial, una de estas vías separan a un área de estacionamiento público y otra vía, separan a un parque (ZRP). iii) Además, en el área en evaluación viene funcionando un mercado minorista en zoni fi caciones de CV y RDM. Con el Cambio de Zoni fi cación de toda esta área a CZ, se podrá desarrollar un mercado o centro comercial de mayor envergadura, en el cual se debe exigir el estacionamiento correspondiente. iv) En el PDLC2017-2021VES, se precisa que uno de los objetivos estratégicos es fortalecer el desarrollo económico mediante la acción estratégica de actualizar la zoni fi cación de acuerdo a la dinámica actual. Por lo tanto el Cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad Media (RDM) y Comercio Vecinal (CV) a Comercio Zonal (CZ), coincide con la visión y objetivos de desarrollo del distrito; Que, de acuerdo con lo expresado, se emite opinión favorable al pedido de Cambio de Zoni fi cación solicitado de Residencial de Densidad Media (RDM), Comercio Vecinal (CV) a Comercio Zonal (CZ); Que, a través del Informe Nº D000209-2022-MML- GDU-SPHU-DP, de fecha 20 de abril de 2022, de la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, concluye que el Cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad Media (RDM), Comercio Vecinal (CV) a Comercio Zonal (CZ) para el predio de 5,031.00 m2, ubicado en el Agrupamiento Pachacamac Lote 1 Sector Segundo, Parcela Sub- Parcela E, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, solicitado por la Asociación de Comerciantes Las Lomas de Pachacamac, debidamente representada por su Presidente, Selvina Araujo Albarado, identi fi cada con DNI N° 06551223, tiene opinión técnica favorable; toda vez que la propuesta es consecuente con la visión de desarrollo del distrito, el cual considera como objetivo estratégico: “Fortalecer el desarrollo económico que se ajusta a las necesidades del sector y a la vocación comercial existente de los predios ubicados sobre el eje de la Av. Las Lomas. Asimismo, posee una ubicación estratégica al situarse frente a la Av. Las Lomas, que se conecta con la Av. Revolución y Av. Pastor Sevilla, de carácter metropolitano de conectividad y de soporte para el desarrollo y funcionamiento urbano de las diversas actividades económicas existentes y futuras, teniendo asegurada la integración del sector a nivel distrital; Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los Artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, mediante su Dictamen N° 032-2022-MML-CMDUVN, de fecha 25 de mayo de 2022; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR APROBADO POR ORDENANZA N° 933 Artículo 1. Aprobar la modi fi cación del Plano de Zoni fi cación del distrito de Villa El Salvador, aprobado mediante Ordenanza N° 933, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 05 de mayo de 2006, de Residencial de Densidad Media (RDM), Comercio Vecinal (CV) a Comercio Zonal (CZ), para el predio de 5,031.00 m2, ubicado en el Agrupamiento Pachacámac Lote 1 Sector Segundo, Parcela Sub- Parcela E, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, solicitado por la Asociación de Comerciantes Las Lomas de Pachacámac, representada por Selbina Araujo Albarado, mediante Expediente N° 2021-00154246; conforme al Anexo N° 1, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2. Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zoni fi cación de Villa El Salvador, la modi fi cación aprobada en el Artículo 1 de la presente Ordenanza. Artículo 3. Noti fi car la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, a fi n de que se encargue de la respectiva noti fi cación a la administrada. Artículo 4. Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación, su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación en el referido Diario O fi cial. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO Alcalde 2090331-1 Ordenanza que modifica el Plano de Zonificación del distrito de San Juan de Lurigancho aprobado por Ordenanza N° 1081 ORDENANZA N° 2487 -2022 Lima, 20 de julio de 2022EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las