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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (01/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 192

TEXTO PAGINA: 94

94 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de junio de 2022 El Peruano / 000074-2022-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad. CONSIDERANDO:Primero. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho solicita la conversión del 3° y 5° Juzgados de Investigación Preparatoria del distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga; y el 1° Juzgado Penal Unipersonal del distrito de Kimbiri, provincia de La Convención, en el 2° Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del distrito de Ayacucho, con sede en la provincia de Huamanga y competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Ayacucho, excepto las provincias de Huamanga, Huanta y Churcampa, para delitos comunes, entre otras conclusiones; renombrar al Juzgado Penal Colegiado Permanente como 1° Juzgado Penal Colegiado Permanente, y diversas medidas administrativas que coadyuvarán en la implementación del Código Procesal Penal. Segundo. Que, al respecto, la Secretaría Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal eleva a este Órgano de Gobierno el Informe N° 000074-2022-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad, en el cual se analizó la propuesta de la Corte Superior de Justicia del Ayacucho. Al respecto, se concluyó en otorgar viabilidad a la conversión del 3° y 5° Juzgados de Investigación Preparatoria del distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga; y el 1° Juzgado Penal Unipersonal del distrito de Kimbiri, provincia de La Convención, en el 2° Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, con la competencia funcional para el conocimiento de toda la especialidad penal, con excepción de los procesos por delitos de corrupción de funcionarios; asimismo, con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Ayacucho, excepto las provincias de Huamanga, Huanta y Churcampa; debido a que, resultaría pertinente mantener la competencia territorial que a la fecha se encuentra de fi nida y establecida en los diferentes actos administrativos (Juzgados Penales Colegiados Conformados), más aún porque ampliar la competencia territorial implicaría efectuar redistribución de carga procesal (traslado de expedientes), conllevando a una inversión de recursos, siendo que los Juzgados Penales Colegiados Conformados se encuentran en diversos distritos y provincias. Por lo tanto, resultaría factible dividir la competencia funcional por un tema de estrategia dentro de la administración de justicia en la provincia de Huamanga; aunado a ello, para concretizar la celeridad procesal en este nuevo órgano jurisdiccional exclusivo en la función, se deberá considerar que iniciaría a efectuar funciones con carga cero; asimismo, respecto a las demás medidas administrativas a adoptarse, están coadyuvarán a una adecuada implementación del nuevo órgano jurisdiccional. Tercero. Que, por lo expuesto en el referido informe y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Cuarto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 526- 2022 de la décima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 11 de mayo de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear, en vía de regularización, los siguientes Juzgados Penales Colegiados Conformados de los Grupos 1, 2, 3, 4 y 5 del Distrito Judicial de Ayacucho, que se encuentran en funciones desde el 29 de febrero de 2016, conforme a las Resoluciones Administrativas Nros. 01029, 213 y 200-2019-P-CSJAY/PJ, 013-2018-P-CSJAY/PJ, 618 y 357-2017-P-CSJAY/PJ, y 196-2016-P-CSJAY/PJ: GrupoResolución AdministrativaÓrgano JurisdiccionalSede Competencia 1R.A. Nº 196-2016-P-CSJAY/PJR.A. Nº 013-2018-P-CSJAY/PJR.A. Nº 1029-2019-P-CSJAY/PJJuzgado Penal Unipersonal de HuantaJuzgado Mixto de ChurcampaJuzgado Transitorio Especializado en Extinción de DominioHuantaProvincias de Huanta (Ayacucho) y Churcampa (Huancavelica) 2R.A. Nº 196-2016-P-CSJAY/PJR.A. Nº 213-2019-P-CSJAY/PJ1° Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Kimbiri (VRAEM)2° Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Kimbiri (VRAEM)Juzgado Mixto, en adición a sus funciones Juzgado Penal Unipersonal del distrito de Ayna-San Francisco, provincia La MarKimbiriDistritos de Kimbiri (La Convención– Cusco), San Francisco (La Mar), Pichari (La Convención) y Sivia (Huanta) 3R.A. Nº 196-2016-P-CSJAY/PJR.A. Nº 357-2017-P-CSJAY/PJJuzgado Mixto de FajardoJuzgado Mixto de SucreJuzgado Mixto de HuancasancosVíctor FajardoProvincias de Víctor Fajardo, Huancasancos y Sucre 4R.A. Nº 196-2016-P-CSJAY/PJR.A. Nº 357-2017-P-CSJAY/PJR.A. Nº 200-2019-P-CSJAY/PJJuzgado Penal Unipersonal de PuquioJuzgado Penal Unipersonal de ParinacochasJuzgado Mixto, Liquidador y Penal Unipersonal de Paucar del Sara SaraLucanasProvincias de Lucanas, Parinacochas y Paucar del Sara Sara 5R.A. Nº 196-2016-P-CSJAY/PJR.A. Nº 618-2017-P-CSJAY/PJJuzgado Penal Unipersonal de San MiguelJuzgado Mixto de ChunguiJuzgado Mixto de VilcashuamanHuamangaProvincias de La Mar y Vilcashuaman Artículo Segundo.- Disponer, a partir del 1 de junio de 2022, las siguientes medidas administrativas en el Distrito Judicial de Ayacucho: 2.1. Crear el 2° Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente del distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, Corte Superior de Justicia de Ayacucho, que estará integrado por el 3° y 5° Juzgados de Investigación Preparatoria del distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga; y el 1° Juzgado Penal Unipersonal del distrito de Kimbiri, provincia de La Convención, con la competencia funcional para el conocimiento de toda la especialidad penal, con excepción de los procesos por delitos de corrupción de funcionarios; asimismo, con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Ayacucho, excepto las provincias de Huamanga, Huanta y Churcampa. 2.2. Renombrar el 2° Juzgado Penal Unipersonal del distrito de Kimbiri, provincia de La Convención, en Juzgado Penal Unipersonal del distrito de Kimbiri, provincia de La Convención, manteniendo su competencia material y territorial.