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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (01/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 192

TEXTO PAGINA: 86

86 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de junio de 2022 El Peruano / de la referida subespecialidad; de otro lado, de la data estadística o fi cial al mes de marzo de 2022, con fecha de corte al 18 de abril de 2022, se observa que el Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Chota resolvió 239 expedientes de una carga procesal de 779, obteniendo un avance de meta del 40%, quedándole todavía una elevada carga pendiente de 538 expedientes; mientras que el Juzgado Civil Permanente de la misma provincia, que tramita expedientes de la subespecialidad de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, resolvió durante el mismo período 163 expedientes de una carga procesal de 1,015, obteniendo un bajo avance de meta del 15%, menor al avance ideal del 23% que debió registrar al mes de marzo del presente año, quedándole una elevada carga pendiente de 849 expedientes. En relación al Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Hualgayoc, que dentro de su competencia funcional tramita procesos de familia de la subespecialidad de Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, al mes de diciembre del año 2021 registró una carga procesal de 2,708 expedientes, cifra que al superar la carga procesal máxima de 1,870 que corresponde a un juzgado civil que tramita expedientes de violencia familiar, evidencia una situación de sobrecarga procesal; de la cual, 1,076 expedientes correspondieron a procesos de la subespecialidad de Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, cifra que al ser menor a la mitad de la carga procesal mínima de 2,200 expedientes que corresponde a dicha subespecialidad, evidencia que por el momento no se requiere de un juzgado de familia para que atienda exclusivamente los procesos de la referida subespecialidad; de otro lado, de la data estadística o fi cial al mes de marzo de 2022, con fecha de corte al 18 de abril de 2022, se observa que el Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Hualgayoc resolvió 123 expedientes de una carga procesal de 408, obteniendo un avance de meta del 25%, quedándole una regular carga pendiente de 275 expedientes; mientras que el Juzgado Civil Permanente de la misma provincia, que tramita expedientes de la subespecialidad de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, resolvió 232 expedientes de una carga procesal de 1,399, obteniendo un avance de meta del 21%, por lo que no alcanzó el avance ideal del 23% que debe registrarse a marzo del presente año, quedándole una elevada carga pendiente de 763 expedientes. c) Mediante O fi cio N° 195-2022-RT-PPRFAMILIA- PJ, el responsable técnico del Programa Presupuestal “Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia” PpR0067 derivó a esta o fi cina el O fi cio N° 174-2022-P-CSJHN-PJ, correspondiente a la solicitud del presidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco para que se asigne un Juzgado de Familia de Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar en la Provincia de Huánuco, adicional al 3° Juzgado de Familia Permanente de la referida subespecialidad, y además se asignen cuatro plazas al referido juzgado permanente; asimismo, mediante O fi cio N° 086-2022-P-CJG-PJ, la presidenta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial recomendó que se atienda la solicitud de asignación de un juzgado de familia en la subespecialidad de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar en la Provincia de Huánuco, debido a la sobrecarga que presenta el 3° Juzgado de Familia Permanente que atiende los procesos de dicha subespecialidad en la referida provincia; y que el Programa Presupuestal “Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia” PpR0067 gestione la asignación de las cuatro plazas requeridas para el referido juzgado permanente. Al respecto, al mes de marzo de 2022 el 3° Juzgado de Familia Permanente subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la Provincia de Huánuco resolvió 914 expedientes de una carga procesal de 929, obteniendo un avance de meta del 46%, quedándole una mínima carga pendiente de 15 expedientes; sin embargo, pese a su buen nivel resolutivo se encontraría en situación de sobrecarga procesal al estimar para el presente año un elevado ingreso proyectado de 3,672 expedientes, que supera la carga máxima de 2,800 expedientes que corresponde a un juzgado de familia de la referida subespecialidad; sin embargo, no se cuenta con disponibilidad de reubicar órganos jurisdiccionales de descarga de otras Cortes Superiores de Justicia para cubrir el presente requerimiento. Asimismo, la Provincia de Huánuco cuenta con dos juzgados de trabajo para la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), observándose que el 2° Juzgado de Trabajo Permanente de la referida provincia tiene estimado para el presente año una carga procesal proyectada de 1,245 expedientes, cifra que al ser menor a la carga mínima de 1,300 expedientes, correspondiente a un juzgado de trabajo de la referida subespecialidad, evidencia una situación de subcarga procesal y que solo se requiere de un juzgado para esta subespecialidad; sin embargo, el Juzgado de Trabajo Transitorio de Huánuco, que apoya con turno cerrado al referido juzgado permanente, al mes de marzo de 2022 todavía registra una regular carga pendiente de 552 expedientes, por lo que una vez que este juzgado transitorio liquide dicha carga pendiente, podría convertirse en juzgado de familia transitorio para atender la subespecialidad de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. d) Mediante O fi cio N° 000221-2022-P-CSJIC-PJ, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica ha solicitado se autorice la redistribución de 400 expedientes del Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Chincha hacia el Juzgado Civil Transitorio de la misma provincia, a fi n que apoye en la descarga procesal del referido juzgado permanente. Al respecto, el Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Chincha, al mes de marzo de 2022 resolvió 105 expedientes de una carga procesal de 1,001, por lo que su avance de meta fue del 18%, menor al avance ideal del 23% que debió registrar a marzo de 2022, lo cual evidencia un bajo nivel resolutivo durante el primer trimestre del presente año; al respecto, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante el inciso b) del artículo sétimo de la resolución administrativa correspondiente al Acuerdo N° 466-2022 de fecha 4 de mayo de 2022, ha dispuesto que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica, a través de sus áreas técnicas, realice un adecuado monitoreo de la producción y desempeño del Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Chincha, a efectos que, una vez que este juzgado permanente mejore su desempeño y eleve su producción, y además que el Juzgado Civil Transitorio de la misma provincia haya disminuido considerablemente la carga pendiente de familia distinta a violencia familiar, pueda evaluarse la posibilidad que se redistribuya a este juzgado transitorio parte de la carga pendiente del referido juzgado permanente, de ser el caso. Respecto al 1° y 2° Juzgados de Familia Permanentes de Chincha, que atienden procesos de familia, con excepción de la subespecialidad de Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, al mes de marzo de 2022 han presentado cargas pendientes de 465 y 524 expedientes, respectivamente; las cuales en perjuicio de los justiciables vienen siendo arrastradas desde años anteriores; razón por la cual resulta necesario que ambos juzgados permanentes redistribuyan parte de su carga pendiente, correspondiente a la vía procedimental del proceso sumarísimo, al Juzgado Civil Transitorio de la Provincia de Chincha, a efecto que cumpla con su función de descarga procesal, en concordancia con lo dispuesto en el artículo segundo de la Resolución Administrativa N° 447-2021-CE-PJ; así como que se renombre a este juzgado transitorio como juzgado transitorio de familia con competencia funcional en la especialidad de familia, con excepción de los expedientes de la subespecialidad de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, el cual continuará con la liquidación de su carga pendiente de expedientes laborales con la Ley N° 26636. e) El 1° y 4° Juzgados de Trabajo Permanentes de la Corte Superior de Justicia de Junín, al mes de marzo 2022, registraron unas cargas pendientes de 166 y 946 expedientes principales en etapa de trámite, por lo que sería conveniente que el 4° Juzgado de Trabajo Permanente, por excepción, redistribuya 400 expedientes hacia el 1º Juzgado de Trabajo Permanente, a fi n de