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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (10/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Viernes 10 de junio de 2022 El Peruano / SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Aprueban las modificaciones de licencia institucional solicitadas por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C. RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 057-2022-SUNEDU/CD Lima, 8 de junio de 2022VISTOS:Las Solicitudes de Modi fi cación de Licencia Institucional (en adelante, SMLI) con Registro de Trámite Documentario (en adelante, RTD) N° 057183-2021-SUNEDU-TD del 19 de octubre de 2021 y RTD N° 058445-2021-SUNEDU-TD del 22 de octubre de 2021, presentadas por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C. (en adelante, Universidad); y, los Informes Técnicos de Modi fi cación de Licencia N° 020-2022-SUNEDU-02-12 y N° 021-2022-SUNEDU-02-12 del 31 de mayo de 2022 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic). CONSIDERANDO:1. Antecedentes De acuerdo con el artículo 13 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria), la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu) es responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, entendiéndose el licenciamiento como el procedimiento administrativo que tiene como objetivo veri fi car el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento. El numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Universitaria, establece que la Sunedu es la autoridad competente para aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades, fi liales, facultades, escuelas y programas de estudio conducentes a grado académico. El Capítulo IV del “Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional”, aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD 1 (en adelante, Reglamento de Licenciamiento), regula el procedimiento de modi fi cación de la licencia institucional que permite a la Sunedu veri fi car y garantizar que la modi fi cación solicitada no incida negativamente en las CBC que la Universidad acreditó a nivel institucional. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 037-2017-SUNEDU/CD del 4 de octubre de 2017, publicada el 6 de octubre de 2017 en el diario o fi cial “El Peruano” 2 , se otorgó la licencia institucional a la Universidad por un periodo de seis (6) años. De acuerdo a la licencia otorgada, así como los procedimientos de modi fi cación de licencia institucional, la Universidad puede ofrecer el servicio educativo superior universitario en ocho (8) locales de su sede (SL01, SL02, SL04, SL05, SL06, SL07, SL09 y SL10) 3, todos ubicados en la provincia y departamento de Lima; reconociéndose que su oferta educativa está compuesta por ciento sesenta y tres (163) programas de estudio. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD del 22 de julio de 2019, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 23 de julio de 2019, entre otros, modi fi ca los artículos 15, 26, 27 y 28 e incorpora los artículos 29, 30 y 31 del Reglamento de Licenciamiento. Asimismo, estableció los escenarios para la modi fi cación de licencia institucional 4, consignando los requisitos aplicables para cada uno de ellos, así como los principios de razonabilidad, sostenibilidad y mejora, y riesgo de incumplimiento, para la evaluación de los indicadores de las CBC aplicables. Al respecto, el numeral 28.1 del artículo 28 del Reglamento de Licenciamiento señala que el procedimiento de modi fi cación de licencia institucional se rige por las reglas del procedimiento de licenciamiento institucional, a excepción de lo previsto en los artículos 6, 7, 8, 11, 12, 14, 15, 17, 18 y 21. Asimismo, los numerales 5 y 8 del Texto Único del Procedimiento Administrativo de la Sunedu 5 y los literales c) y f) del numeral 31.16 del artículo 31 del referido Reglamento, establece como escenario de modi fi cación de licencia institucional, la creación de programa de estudio 7 y el cambio de locación8. El 19 de octubre de 2021, mediante Documento SG- 176-219, la Universidad presentó la SMLI, por medio digital, ante la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario (en adelante, UACTD), referida a la creación de ciento treinta y cuatro (134) programas conducentes a grados y títulos y cambio de locación de veintiún (21) programas de estudio (ampliación de oferta académica a otros locales), de conformidad con los literales (c) y (f) del numeral 31.1 y los numerales 31.5, 31.6 y 31.7 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento. El 2 de diciembre de 2021, se noti fi có a la Universidad el Ofi cio N° 0978-2021-SUNEDU-02-12 mediante el cual la Dilic remite la Resolución de Trámite N° 2 del 1 de diciembre de 2021, mediante la cual se resolvió continuar con la evaluación de la SMLI presentada por la Universidad. El 8 de febrero de 2022, mediante O fi cio N° 0075-2022-SUNEDU-02-12, la Dilic noti fi có a la Universidad el Informe de observaciones N° 006-2022-SUNEDU-DILIC-EV del 7 de febrero de 2022, el mismo que detalla las observaciones y precisiones a la SMLI presentada. A tal efecto se le otorgó el plazo de diez (10) días hábiles para que presente la información requerida. Adicionalmente, con el citado o fi cio se noti fi có la Resolución de Trámite N° 3 que decide separar la pretensión referida al escenario de cambio de locación de veintiún (21) programas de estudios, respecto de la pretensión relacionada a la creación de ciento treinta y cuatro (134) programas de estudio, constituyéndose en expedientes independientes. Asimismo, el 23 de febrero de 2022 mediante Documento SG-25-22 10, la Universidad solicitó ampliación de plazo por diez (10) días hábiles para subsanar las observaciones a su SMLI, la cual fue atendida mediante O fi cio N° 0123-2022-SUNEDU-02-12, notifi cado el 24 de febrero de 2022. En ese sentido, la pretensión del expediente N° 057183-2021-SUNEDU-TD referida al escenario de cambio de locación de veintiún (21) programas de estudio (ampliación de oferta académica a otros locales) en las modalidades presencial y semipresencial, presenta el siguiente detalle: TABLA N° 1. CAMBIO DE LOCACIÓN DE VEINTIÚN (21) PROGRAMAS CONDUCENTES A GRADOS N° CódigoDenominación de programaModalidad de EstudiosDenominación del grado académicoLocal(es) donde se brinda actualmente los programasLocal(es) adicionales solicitados como Cambio de Locación 1 P070Maestría en Administración de Empresas EjecutivoPresencialMaestro en Administración de EmpresasSL01, SL05 SL07 2 P071Maestría en Administración de EmpresasSemipresencialMaestro en Administración de EmpresasSL05 SL01, SL07, SL10