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66 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de junio de 2022 El Peruano / por Resolución Nº R-1152-2017-UNSAAC, de fecha 19 de setiembre de 2017; Que, la administrada mediante expediente del Visto, solicita emisión de duplicado de Diploma de Título Profesional de Economista, por la causal perdida del original, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos exigidos en la Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Grados y títulos Profesionales emitidos por la UNSAAC; Que, mediante Informe Nº 024-2022-GT-UNSAAC, el Equipo de Grados y Títulos de Secretaría General, en atención al o fi cio Nº 042-2022-FACACET-UNSAAC cursado por el Decano de la Facultad de Ciencias Administrativas, Contables, Económicas y Turismo, hace de conocimiento que, en la Escuela Profesional de Economía, obra la Resolución Nº D-480-2013-FE-UNSAAC de fecha 03 de setiembre del 2013 mediante el cual Doña Yeny Garcia Zanabria Optó el Título Profesional de Economista; Que, asimismo señala, de acuerdo a la Base de Datos y el Libro de Registros del Equipo de Grados y Títulos, la administrada ha optado el Título Profesional de Economista, según consta en la Resolución Nº CU-086-2014-GT-UNSAAC de fecha 08 de enero de 2014, inscrito en el Libro 13, Folio 1591, Diploma 086, de la O fi cina de Secretaria General. Asimismo, se veri fi có que el diploma se encuentra inscrito en el Registro de Grados y Títulos de la SUNEDU; Que, la petición formulada por la administrada ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en Sesión Ordinaria Virtual efectuada el día miércoles 08 de junio de 2022, siendo aprobada por unanimidad; Estando a lo referido, al acuerdo adoptado por el Consejo Universitario y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario; RESUELVE:Primero.- AUTORIZAR a la Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA de Título Profesional de Economista, a favor de Doña YENY GARCIA ZANABRIA, egresado de la Escuela Profesional de Economía de la Facultad de Ciencias Administrativas, Contables, Económicas y Turismo, por motivo de perdida y por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución, anulándose el diploma otorgado anteriormente. Segundo.- DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU. Tercero.- DISPONER que la O fi cina de Trámite Documentario y Comunicaciones de la UNSAAC, noti fi que bajo cargo la presente Resolución al interesado. Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, bajo responsabilidad. La Secretaría General y la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.ELEAZAR CRUCINTA UGARTE Rector MYLUSKA VILLAGARCIA ZERECEDA Secretaria General (e) 2081681-1 Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 134-2022-UNTELS Villa El Salvador, 3 de junio de 2022VISTO: El acuerdo de la Comisión Organizadora de fecha 03 de junio de 2022, mediante el cual se dispone: APROBAR el MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, concordante con los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, en su cuarto párrafo establece: Cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por la Ley Universitaria Nº 30220 y sus propios estatutos en el marco de la constitución y de las leyes; Que, el artículo 29 de la Ley Universitaria Nº 30220 señala que “Aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU), constituye una Comisión Organizadora, tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan”; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 025-2020-MINEDU, de fecha 24 de enero de 2020, se resuelve: RECONFORMAR la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, integrada por: Dr. Fortunato Alva Dávila, en el cargo de Presidente; Dr. Wilson José Silva Vásquez, en el cargo de Vicepresidente Académico; y Dra. Elena Elizabeth Lon Kan Prado, en el cargo de Vicepresidenta de Investigación; Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 184-2021-UNTELS, de fecha 09 de diciembre de 2021, se dispone: ENCARGAR la Presidencia al Dr. Wilson José Silva Vásquez, a partir del 14 de diciembre de 2021, hasta que el Ministerio de Educación designe al reemplazante del Dr. Fortunato Alva Dávila, en razón a su renuncia voluntaria e irrevocable por motivos de salud, ante el MINEDU; Que, mediante O fi cio N.º 00463-2022-MINEDU/ VMGP -DIGESU, de fecha 26 de abril del 2022, el Director General de la Dirección General de Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación señala que la encargatura de la Presidencia al Vicepresidente Académico se encuentra contemplada en el marco de lo dispuesto en la Resolución Viceministerial N.º 244-2021-MINEDU, por lo que no requiere de la emisión de una resolución Viceministerial que rati fi que o con fi rme dicha encargatura, pues la misma se encuentra prevista como parte de sus funciones ante los casos de licencia, ausencia, vacancia o impedimento y tal como re fi ere el referido Documento Normativo, el Vicepresidente Académico es quien asume temporalmente las funciones del Presidente de la Comisión Organizadora; asumiendo, en consecuencia y de manera temporal, la representación legal de la universidad y de la comisión organizadora, ello en tanto se designe al titular del referido cargo; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, se aprueba la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”; Que, mediante O fi cio Nº 0250-2022-UNTELS-CO-P- DGA-URH, de fecha 18 de mayo de 202, la Jefa de la Unidad de Recursos Humanos remite al Director General de Administración el Informe Nº 004-2021-UNTELS-CO-P-DGA-URH-JCPH, que concluye que el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la UNTELS cumple con los lineamientos contenidos en la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, debiéndose proceder con su traslado a la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto para la evaluación técnica correspondiente y posterior aprobación mediante acto resolutivo;