TEXTO PAGINA: 51
51 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de junio de 2022 El Peruano / Disponen la aplicación a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, de la organización, funciones y estructura del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Res.Adm. N° 090-2018-CE-PJ, a excepción de los juzgados de paz letrados y juzgados de paz; y dictan otras disposiciones Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000253-2022-CE-PJ Lima, 27 de junio del 2022VISTOS:El O fi cio Nº 000413-2022-GG-PJ, cursado por la Gerencia General del Poder Judicial; y el O fi cio Nº 000916-2022-P-CSNJPE-PJ, del Presidente de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declaró al Estado peruano en proceso de modernización, en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Segundo. Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece los sistemas administrativos con la fi nalidad de regular la utilización de los recursos en las entidades de la administración pública, promoviendo la efi cacia y e fi ciencia en su uso. Se crea el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública como el conjunto de principios, normas y procedimientos que se aplican al proceso de modernización de la gestión pública, y se precisa que el Poder Ejecutivo tiene la rectoría, siendo responsable de reglamentarlo y operarlo. Tercero. Que, por Decreto Supremo Nº 123-2018- PCM, se aprobó el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, el cual establece que dicho sistema, bajo la rectoría de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, tiene bajo su ámbito la estructura, organización y funcionamiento del Estado. Cuarto. Que, mediante el Decreto Supremo Nº 054- 2018-PCM se aprobó los “Lineamientos de Organización del Estado”, norma que busca que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera, a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía, estableciendo principios, criterios y reglas para la organización del Estado, las cuales son exigibles a toda entidad pública. Quinto. Que, los Lineamientos de Organización del Estado establecen que el Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, la cual corresponde al conjunto de unidades de organización que la integran, agrupadas según sus funciones y competencias, líneas de autoridad y mecanismos de coordinación; en ese sentido, no crea ni hace referencia a cargos, ni a niveles o rangos de quienes encabezan las distintas unidades de organización. Sexto. Que, por Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM/SGP, se aprobaron los Lineamientos Nº 02-2020-SGP sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones - MOP, con el objetivo de orientar a las entidades públicas en su diseño organizacional y los diversos aspectos relacionados a dichos documentos técnicos normativos de gestión organizacional. Precisando que, corresponde a las entidades públicas tener un único Reglamento de Organización y Funciones como pliego presupuestal, disposición cuyo alcance comprende al Poder Judicial, para lo cual mediante Resolución Administrativa Nº 362-2021-P-PJ, se conformó una Comisión de Trabajo. Sétimo. Que, por Resolución Administrativa Nº 318-2018-CE-PJ, se constituyó la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, actualmente denominada Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada; aprobando su Estatuto, el cual contempla como apoyo al Órgano de Administración y la Secretaría General. Octavo. Que, corresponde tener en cuenta que en la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada se resuelven con fl ictos penales referidos a los delitos complejos de crimen organizado de trascendencia nacional e internacional, que demandan contar con una organización que les brinde un adecuado soporte administrativo, en busca de brindar un servicio e fi ciente y efi caz a la ciudadanía; aunado a ello, el tiempo transcurrido desde la constitución de la referida Corte Superior, hace imperiosa la necesidad que se le dote de una estructura organizacional que permita asignar funciones y de fi nir las responsabilidades a su interior. Noveno. Que, el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este poder del Estado, funcionen con celeridad y efi ciencia, teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía; por lo que, teniendo en cuenta que no es posible aprobar un nuevo Reglamento de Organización y Funciones con alcance diferente a la totalidad del pliego presupuestal, conforme a las normas del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, deviene en pertinente disponer la aplicación a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, de la organización, funciones y estructura del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras, aprobado por Resolución Administrativa Nº 090-2018-CE-PJ, a excepción de los juzgados de paz letrados y juzgados de paz. Propuesta que cuenta con los vistos de la Subgerencia de Racionalización, Gerencia de Plani fi cación, Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, y la O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General. Décimo. Que, la aplicación del Reglamento de Organización y Funciones determina la organización, funciones y atribuciones de las unidades de organización (órganos y unidades orgánicas) que conforman la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, sin que ello implique su constitución como unidad ejecutora, pues dicha constitución se encuentra en trámite ante el Ministerio de Economía y Finanzas. Por consiguiente, de forma transitoria, en tanto no se constituya como una unidad ejecutora, se le inaplican los artículos 26º y del 29º al 46º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Administrativa Nº 090-2018-CE-PJ; debiendo en su lugar, la Gerencia de Administración Distrital con el apoyo de las unidades que la conforman, desarrollar las funciones establecidas en el artículo 23º del acápite “Cortes Superiores de Justicia que cuentan con menos de seis Salas Superiores”, del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Administrativa Nº 321-2021-CE-PJ. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 791- 2022 de la vigésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 21 de junio de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la aplicación a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, de la organización, funciones y estructura del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Administrativa Nº 090-2018-CE-PJ, a excepción de los juzgados de paz letrados y juzgados de paz.