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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2022 (27/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Domingo 27 de marzo de 2022 El Peruano / DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Las disposiciones contenidas en el “Plan Estratégico de Compras del Sector Defensa, para el periodo 2022-2024”, deberán ser aplicadas en concordancia con la normativa que regula la materia, así como las disposiciones que emita la Dirección General de Abastecimiento, en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de Abastecimiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE Ministro de Defensa 2052257-2 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor de diversos Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO Nº 049-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 34.2 del artículo 34 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se autoriza al Ministerio de Salud, durante el Año Fiscal 2022, para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 60 785 355,00 (SESENTA MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a favor de los Gobiernos Regionales, para fi nanciar los productos que correspondan en el marco del Programa Presupuestal 0131: Control y Prevención en Salud Mental, atendidos a través de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS), Centros de Salud Mental Comunitarios, Unidades de Hospitalización en Salud Mental y Adicciones y Hogares Protegidos, así como para implementar la Historia Clínica Electrónica de Salud Mental; estableciéndose, asimismo, que para la aprobación de las citadas modi fi caciones presupuestarias, los Gobiernos Regionales deben publicar previamente en su sede digital la relación de nuevos Centros de Salud Mental Comunitarios y las Unidades de Hospitalización en Salud Mental y Adicciones y Hogares Protegidos que serán implementadas durante el año 2022, con cargo a los recursos que les sean transferidos. Dichas modi fi caciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud, a propuesta de este último, el que se publica a más tardar el 27 de marzo de 2022; Que, asimismo, mediante el numeral 34.3 del artículo 34 de la precitada Ley, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, durante el Año Fiscal 2022, para realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos a los que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, a favor de los Gobiernos Regionales, para fi nanciar la ejecución de acciones en el marco del Programa Presupuestal 0131: Control y Prevención en Salud Mental, las que incluyen solo aquellas acciones relacionadas al tratamiento de problemas de salud mental y/o bienestar emocional destinados preferentemente a personas que se hayan visto afectadas directa o indirectamente por la COVID-19, pudiendo desarrollarse incluso a través de medios virtuales o telemáticos en los Gobiernos Regionales de todo el Perú; estableciéndose que para la aprobación de las citadas modi fi caciones presupuestarias, el Ministerio de Salud considera, entre otros, los criterios de densidad poblacional. Dichas modi fi caciones presupuestarias se aprueban utilizando sólo el mecanismo establecido el artículo 54 del Decreto Legislativo N° 1440, debiendo contar además con el refrendo del Ministro de Salud, a solicitud de este último, y el decreto supremo se publica hasta el 28 de marzo de 2022; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante el O fi cio N° 1348-2022-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de los Gobiernos Regionales, para fi nanciar productos en el marco del Programa Presupuestal 0131: Control y Prevención en Salud Mental, atendidos a través de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS), Centros de Salud Mental Comunitarios, Unidades de Hospitalización en Salud Mental y Adicciones y Hogares Protegidos, conforme a lo dispuesto por el numeral 34.2 del artículo 34 de la Ley N° 31365; y, una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a los recursos a los que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, a favor de los Gobiernos Regionales, para fi nanciar la ejecución de acciones en el marco del Programa Presupuestal 0131: Control y Prevención en Salud Mental, relacionados al tratamiento de problemas de salud mental y/o bienestar emocional destinados preferentemente a personas que se hayan visto afectadas directa o indirectamente por la COVID-19, de acuerdo a lo establecido por el numeral 34.3 del artículo 34 de la Ley N° 31365; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 182-2022-OP-OGPPM/MINSA, de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del referido Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, mediante Memorando N° 0723-2022-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos informa el costo estimado para fi nanciar la contratación de 2740 servidores bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, solicitados por el periodo de 09 meses, a favor de diversos Gobiernos Regionales, para la ejecución de acciones en el marco del Programa Presupuestal 0131: Control y Prevención en Salud Mental, al amparo de lo establecido en los numerales 34.2 y 34.3 del artículo 34 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, en tal sentido, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 45 371 367,00 (CUARENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud; y, hasta por la suma de S/ 83 100 474,00 (OCHENTA Y TRES MILLONES CIEN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos de la Reserva