TEXTO PAGINA: 147
147 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de marzo de 2022 El Peruano / GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Aprueban Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados y Perspectiva Multianual del Gobierno Regional de Ayacucho para el periodo 2023 - 2025 ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2022-GRA/CR Ayacucho, 22 de marzo de 2022EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO. POR CUANTO:El Consejo Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 10 de marzo de 2022, trató el tema relacionado al Dictamen Favorable de aprobar el proyecto de Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados y Perspectiva Multianual del Gobierno Regional de Ayacucho para el periodo 2023 - 2025, mediante Ordenanza Regional, y; CONSIDERANDO: Que, los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones; y promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, el artículo 17º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que los gobiernos regionales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y sus presupuestos, y en la gestión pública, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece que el proceso del presupuesto participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, e fi ciente, e fi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil; y para ello, los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos; Que, el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 142- 2009-EF, Reglamento de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece que los objetivos del Presupuesto Participativo, son: a) Mejorar la e fi ciencia en la asignación y ejecución de los recursos públicos, de acuerdo a las prioridades consideradas en los Objetivos de los Planes de Desarrollo Concertado y en los Programas Estratégicos del Presupuesto por Resultados; b) Reforzar la relación entre el Estado y la Sociedad Civil, introduciendo formalmente, en el ámbito de la gestión pública, mecanismos que permiten mejorar la focalización de la inversión pública hacia aquellos grupos de la población con mayores carencias en servicios básicos; c) Comprometer a la Sociedad Civil en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado, creando conciencia respecto de los derechos y obligaciones que los ciudadanos tienen como contribuyentes y como actores en la implementación de las acciones del Estado y la sociedad en su conjunto; y d) Reforzar el seguimiento, control, vigilancia y rendición de cuentas de la ejecución del presupuesto, orientada a mejorar la efectividad de la acción del Estado hacia el logro de resultados;Que, por Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 132-2010-EF, establece los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución que permitan delimitar los proyectos de inversión pública de impacto regional, provincial y distrital, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en sus respectivos presupuestos participativos; Que, por Resolución Directoral Nº 007-2010- EF/76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 - Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, estableciendo que el Presupuesto Participativo Basado en Resultados se enmarca dentro del nuevo enfoque de la Gestión Pública, en el cual los recursos públicos se asignan, ejecutan y evalúan en función a cambios especí fi cos que se deben alcanzar para mejorar el bienestar de la población; y lograr estos cambios supone producir resultados que mejoren notoriamente las condiciones de vida de las personas. Por otro lado, señala que en Presupuesto Participativo, constituye el espacio en que se puede facilitar decisiones de inversiones que doten a las entidades del estado los bienes de capital necesarios para cubrir las brechas existentes y que limitan el desarrollo de los productos. Igualmente, precisa que el Proceso del Presupuesto Participativo se realiza tomando en cuenta la realidad territorial y organizativa de cada Gobierno Regional o Gobierno Local, respetando el procedimiento básico para el desarrollo del proceso que debe ser adaptado por cada Gobierno Regional o Gobierno Local, en función a sus particularidades y experiencias previas en la implementación de los presupuestos participativos; Que, por Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01, se aprueba la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, el mismo que establece las disposiciones que regulan el funcionamiento del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y los procesos y procedimientos para la aplicación de las fases del Ciclo de Inversión; Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 339-2021- GRA/GR de fecha 21 de junio de 2021, se aprueba la Directiva para la Programación Multianual, Elaboración, Seguimiento y Evaluación del Plan Operativo Institucional 2021 - 2023 del Gobierno Regional de Ayacucho, con el objeto de establecer los procedimientos técnico-administrativos para el proceso de la programación multianual, elaboracion, seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional para el periodo 2021 - 2023, acorde a los Objetivos y Acciones Estratégicas Institucionales establecidas en el PEI (Plan Estratégico Institucional) 2020 - 2024 del Gobierno Regional de Ayacucho y a las políticas nacionales y regionales; Que, por O fi cio Nº 63-2022-GRA/GR-GG de fecha 21 de enero de 2022, el Gerente General del Gobierno Regional de Ayacucho, en atención del 049-2022-GRA/GR-GG-GRPPAT de fecha 18 de enero de 2022, proveniente de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite a la Presidencia del Consejo Regional de Ayacucho, el proyecto de Reglamento de Presupuesto Participativo Basado en Resultados y Perspectiva Multianual del Gobierno Regional de Ayacucho para el periodo 2023 - 2025, con la respectiva documentación sustentatoria y opinión legal para su respectiva aprobación; Que, por Informe Nº 001-2022-GRA/GG-GRPPAT- SGP de fecha 05 de enero de 2022, la Sub Gerencia de Planeamiento de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ayacucho, señala que los procesos de Presupuesto Participativo se vienen realizando en los Gobiernos Regionales y Locales cada año desde el 2003, en cumplimiento de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y su modi fi catoria Ley Nº 29298, que modi fi ca los artículos 4º, 5º, 6º y 7º. Igualmente, señala que los procedimientos generales están establecidos en el Instructivo correspondiente; siendo que en el proyecto de Reglamento del Presupuesto Participativo, se establece los procedimientos especí fi cos que se adecúan a las particularidades de la Región Ayacucho; y entre los cambios más resaltantes es su alcance multianual, con la fi nalidad de adecuarse a la normatividad en materia