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157 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de marzo de 2022 El Peruano / Nº Actividades Fechas 7Publicación de la Lista de Agentes Participantes Acreditados20 de marzo de 2020 8Capacitación de los Agentes Participantes Acreditados23 de marzo de 2020 9Presentación de Proyectos de Inversión por parte del Equipo Técnico Regional a los Agentes Participantes Acreditados23 de marzo de 2020 10 Evaluación Técnica de ProyectosDel 18 de febrero al 20 de marzo de 2020 11Taller Regional: Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados, Año Fiscal 2021. Priorización de Proyectos, Acuerdos y Compromisos 27 de marzo de 2020 12Resultados del Proceso del Presupuesto Participativo (sesión CCR)Abril 2020 13Aprobación propuesta Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), Año Fiscal 2021, que incluye a los proyectos priorizadosMayo 2020 14Consolidación y Remisión del Documento del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados, Año Fiscal 2021Junio 2020 Artículo 21º.- Convocatoria Una vez aprobada la Ordenanza Regional que reglamenta el proceso del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados, Año Fiscal 2021, el gobernador regional de Loreto, conjuntamente con los miembros del Consejo de Coordinación Regional, convocan públicamente al proceso del Presupuesto Participativo Regional, a través de los medios de comunicación de alcance regional mediante anuncios en los diarios y avisos radiales y televisados, dando a conocer el cronograma del proceso. El Gobierno Regional de Loreto tendrá en cuenta los siguientes criterios que aseguren la participación más amplia de ciudadanos y ciudadanas: • La O fi cina Regional de Imagen Institucional, desarrollará la difusión del proceso, teniendo en cuenta la estrategia de evaluación y comunicación en todos los niveles. • La publicidad y difusión se realizarán a través de los diferentes medios de comunicación (escrita, radial, televisiva) y con la ayuda de material informativo (trípticos, afi ches, volantes). • La difusión será de alcance regional, en especial en centros poblados y comunidades más alejados, con el fi n de evitar que las distancias geográ fi cas sean causantes de la poca participación de las poblaciones que habitan en estas zonas. • Participación sensible al género y con igualdad de oportunidades. Se promoverá, en especial, la participación de mujeres, jóvenes, personas con discapacidad, personas adultas mayores, comunidades campesinas y nativas, para alcanzar una mayor representatividad de los grupos en situación de vulnerabilidad. CAPÍTULO SEGUNDO INICIO Y CONDUCCIÓN DEL PROCESO Artículo 22º.- Inicio del Proceso El proceso del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados, Año Fiscal 2021, se inicia con la publicación de la Ordenanza Regional que reglamenta este proceso y con la Convocatoria a la que se re fi ere el artículo 21º. Artículo 23º.- Conducción del Proceso El Gobernador Regional de Loreto, en su condición de presidente del Consejo de Coordinación Regional de Loreto y Titular del Pliego, es el responsable de conducir el proceso regional, conforme a los mecanismos que se establecen en la Ley y en el presente Reglamento. CAPÍTULO TERCERO TALLER REGIONAL Artículo 24º.- Taller Regional El Taller Regional del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados, Año Fiscal 2021, se desarrollará en un solo día, donde se informará sobre los avances en la ejecución de los Acuerdos y Compromisos asumidos en el Presupuesto Participativo Regional del año anterior. Asimismo, se procederá a elegir a los miembros del Comité de Vigilancia y Control Regional del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados, Año Fiscal 2021, así como a 3 (tres) representantes de la sociedad civil que se incorporarán al Equipo Técnico Regional para la etapa de priorización de proyectos, en cuya fase se utilizarán los criterios establecidos en la Matriz de Priorización aprobados por la asamblea. Artículo 25º.- Priorización de Proyectos El Equipo Técnico Regional presentará a los Agentes Participantes la Cartera de Proyectos, proveniente del Banco de Inversiones, para su evaluación y consenso, en base a una Matriz de Priorización que será sustentado previamente para su aprobación por el pleno. La Matriz contiene puntuación diferencial según criterios sociales, económicos, niveles de pobreza y extrema pobreza, ámbito geográ fi co, población nativa, entre otros, en el marco de los resultados esperados respecto a metas y reducción de brechas de cada uno de los Objetivos Estratégico del Plan de Desarrollo Regional Concertado: “Loreto al 2021”. El orden de prelación de los proyectos priorizados será según el puntaje que hayan alcanzado en el taller regional, de mayor a menor. Al fi nalizar el evento, se suscribirá un Acta de Acuerdos y Compromisos asumidos en el proceso del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados, Año Fiscal 2021. CAPÍTULO CUARTO COORDINACIÓN ENTRE NIVELES DE GOBIERNO Artículo 26º.- Consejo de Coordinación Regional El Consejo de Coordinación Regional de Loreto constituye la instancia del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados, Año Fiscal 2021, en el cual se establecerá la coordinación entre el Gobierno Regional de Loreto, los Gobiernos Locales y la sociedad civil organizada, con la fi nalidad de coordinar el impacto regional y la articulación de los proyectos de inversión resultantes de los procesos participativos locales. Artículo 27º.- Acuerdos y Compromisos En base a los consensos y/o acuerdos que se lleguen en el Taller Regional al que hace referencia el artículo 25º del presente Reglamento, el Equipo Técnico Regional procederá a elaborar el informe fi nal del Proceso del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados, Año Fiscal 2021, que será presentado a la Gobernación Regional y al Consejo Regional de Loreto para su conocimiento y fi nes pertinentes. El mismo informe será expuesto en sesión ordinaria del Consejo de Coordinación Regional. El documento del proceso del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados, Año Fiscal 2021, y el Acta de Acuerdos y Compromisos del proceso, serán remitidos a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. CAPÍTULO QUINTO MATRIZ DE PRIORIZACIÓN DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA DE IMPACTO REGIONAL Artículo 28º.- Matriz de Priorización El Equipo Técnico Regional, a través de la O fi cina Regional de Programación Multianual de Inversiones