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21 NORMAS LEGALES Lunes 30 de mayo de 2022 El Peruano / Novecientos Tres y 19/100 Soles), adjuntando la relación de las entidades bene fi ciarias con sus respectivos montos, conforme a la normativa vigente; Que, en atención a las consideraciones precedentes y a lo dispuesto en el artículo 92 del Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, procede autorizar la distribución de los montos que por Derecho de Vigencia y Penalidad correspondan al mes de abril de 2022 a las Municipalidades Distritales, los Gobiernos Regionales, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET y el Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, y a las funciones y responsabilidades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, y; Con los visados de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Dirección de Derecho de Vigencia; SE RESUELVE: Artículo 1.- Asignar los montos que por Derecho de Vigencia y Penalidad correspondan al mes de abril de 2022, de conformidad a los Anexos Nº 1 y Nº 2, que forman parte integrante de la presente resolución, según el siguiente detalle: ENTIDADESMONTO A DISTRIBUIR US$ S/ MUNICIPALIDADES DISTRITALES 1,157,507.81 666,677.39 INGEMMET 261,266.59 169,803.54 MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS 65,316.64 42,450.89 GOBIERNOS REGIONALES 16,655.31 9,971.37 TOTAL 1,500,746.35 888,903.19 (*) Ver Anexos Nº 1 y Nº 2 Artículo 2.- Precisar que los pagos por Derecho de Vigencia y Penalidad materia de la presente distribución tienen una fi nalidad pública y la condición de bienes de Dominio Público no sujetos a embargo o ejecución coactiva, conforme a Ley. Artículo 3.- Disponer que la O fi cina de Administración del INGEMMET ejecute las acciones pertinentes a fi n de proceder con las transferencias dispuestas conforme al artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 4.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” así como en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET (www.ingemmet.gob.pe). Regístrese y publíquese.LUIS FELIX MERCADO PÉREZ Presidente Ejecutivo ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD De conformidad con el artículo 92 del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM y el inciso a) del artículo 57 del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, modi fi cado por Ley Nº 29169, la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de abril de 2022 a las Municipalidades Distritales es el siguiente: DPTO. / PROV. / DISTRITO S/ U.S. $ AMAZONAS/BONGARA CHURUJA 0.00 562.50VALERA 0.00 562.50DPTO. / PROV. / DISTRITO S/ U.S. $ AMAZONAS/CHACHAPOYAS BALSAS 0.00 75.00CHACHAPOYAS 0.00 112.50SONCHE 0.00 112.50 AMAZONAS/LUYA SAN CRISTOBAL 0.00 562.50SAN JERONIMO 0.00 562.50 AMAZONAS/RODRIGUEZ DE MENDOZA OMIA 0.00 225.00 AMAZONAS/UTCUBAMBA BAGUA GRANDE 0.00 450.00 ANCASH/AIJA LA MERCED 0.00 225.00 ANCASH/ANTONIO RAYMONDI MIRGAS 0.00 600.00 ANCASH/BOLOGNESI ANTONIO RAYMONDI 0.00 225.00 COLQUIOC 0.00 3,487.50 ANCASH/CARHUAZ ANTA 0.00 37.50 ANCASH/CARLOS FERMIN FITZCARRALD SAN NICOLAS 0.00 600.00 ANCASH/CASMA BUENA VISTA ALTA 2,649.28 818.30CASMA 0.00 1,912.50COMANDANTE NOEL 0.00 2,925.00YAUTAN 2,784.80 2,057.72 ANCASH/CORONGO CUSCA 0.00 150.00 ANCASH/HUARAZ HUARAZ 0.00 225.00 ANCASH/HUARI CAJAY 0.00 600.00 HUACACHI 0.00 225.00 ANCASH/HUARMEY CULEBRAS 645.00 1,125.00HUARMEY 0.00 5,497.34HUAYAN 0.00 112.50MALVAS 0.00 1,237.50 ANCASH/HUAYLAS PUEBLO LIBRE 0.00 337.50 ANCASH/OCROS ACAS 645.00 75.00