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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (03/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Jueves 3 de noviembre de 2022 El Peruano / DÍA ÍNDICE DÍA ÍNDICE 10 10,76647 25 10,78517 11 10,76771 26 10,78641 12 10,76896 27 10,78766 13 10,77020 28 10,78891 14 10,77145 29 10,79016 15 10,77270 30 10,79141 El índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el artículo 1235º del Código Civil. Se destaca que el índice en mención no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al día del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolución judicial (artículo 1236º del Código Civil, en su texto actual consagrado por la Ley Nº 26598). EDUARDO TORRES LLOSA VILLACORTA Gerente General 2120968-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Organigrama de la Universidad Nacional de Cañete RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 183-2022-CO/UNDC San Vicente de Cañete, 12 de octubre de 2022 LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE VISTOS: El Acuerdo de Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora de fecha 12 de octubre de 2022; PROVEÍDO Nº 220602-2022 de fecha 11 de octubre de 2022 emitido por la Presidencia de la Comisión Organizadora; INFORME LEGAL Nº 299-2022-UNDC/ OAJ-ERS de fecha 10 de octubre de 2022 emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; PROVEÍDO Nº 220147- 2022 de fecha 10 de octubre de 2022 emitido por la Presidencia de la Comisión Organizadora; OFICIO Nº 1260-2022-MINEDU/VMGP-DIGESU de fecha 30 de septiembre de 2022 presentado por la Dirección General de Educación Superior Universitaria; OFICIO Nº 520-2022-UNDC/CO/AOM/P de fecha 14 de septiembre de 2022 emitido por la Presidencia de la Comisión Organizadora; INFORME Nº 372-2022-UNDC/OPP/P de fecha 13 de septiembre de 2022 emitido por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y demás documentos que escoltan el expediente administrativo; CONSIDERANDO:Que, el Estado reconoce la autonomía universitaria, la misma que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú, en la Ley Universitaria Nº 30220 y en la demás normativa vigente; Que, de conformidad con la Ley N° 29488 de fecha 22/12/2009, se creó la Universidad Nacional de Cañete, la misma que fue modi fi cado por la Ley Nº 30515, cuyo artículo 1º dispone: “créase la Universidad Nacional de Cañete con domicilio en la provincia de Cañete, Departamento de Lima”. Asimismo, a través de la Resolución del Consejo Directivo N° 116-2018-SUNEDU/CD, el Concejo Directivo de la SUNEDU, le otorgó la Licencia Institucional a la Universidad Nacional de Cañete; La Universidad Nacional de Cañete, es una institución que brinda educación superior integral de calidad mediante una gestión académica y administrativa, centrada en los derechos humanos, con pertinencia social de las escuelas profesionales y posgrado, investigación cientí fi ca y el ejercicio responsable del liderazgo universitario, vinculado al desarrollo de la región, el país y el mundo; Que, el artículo 29° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria establece que, aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU), constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector (…). Esta Comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan”; Que, según el artículo 8º de la misma Ley Universitaria, concordante con el artículo 11º, literales a) y b) del Estatuto Universitario, referente a la autonomía universitaria, establece que dicha autonomía se mani fi esta entre otros: “8.1 Normativo , que implica la potestad autodeterminativa para la creación de normas internas, estatuto y reglamentos destinados a regular la institución universitaria”; y 8.2 De Gobierno , que implica la potestad autodeterminativa para estructurar, organizar y conducir la institución universitaria con atención a su naturaleza, característica y necesidades. Es formalmente dependiente del régimen normativo (…)”; Que, con Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, se aprobaron los Lineamientos de Organización del Estado, con la fi nalidad que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía; el cual fue modi fi cado mediante Decreto Supremo Nº 131-2018- PCM, incorporándose, entre otras la Décimo Tercera Disposición Complementaria Final, disponiéndose que: “El Ministerio de Educación, como rector nacional en la materia, elabora los Lineamientos para la formulación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las Universidades Públicas, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Universitaria y los presentes Lineamientos. Se aprueban mediante Resolución Ministerial, previa opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública. Los Lineamientos para la formulación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las universidades públicas, a los que se re fi ere el párrafo anterior, incluyen la veri fi cación posterior aleatoria de su cumplimiento”; Que, con fecha 04/12/2019, se publicó la Resolución Ministerial Nº 588-2019- MINEDU, donde aprobó los “Lineamientos para la Formulación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las universidades públicas”. En ese sentido la Comisión Organizadora de la UNDC con fecha 30/10/2020, emitió la Resolución de Comisión Organizadora Nº 124-2020-UNDC, donde aprobó la Adecuación del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Cañete, de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Resolución Viceministerial Nº 588-2019-MINEDU; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 00010-2021-PCM/SGP, se aprobó la Directiva Nº 002-2021-SGP “Regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado”, que tiene como fi nalidad generar la predictibilidad en el sustento y evaluación de los proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado, a fi n que estos respondan a un determinado problema o necesidad pública y se enmarquen en los principios y disposiciones que regulan la materia”; Que, en virtud a lo expuesto con Informe Nº 372-2022- UNDC/OPP/P de fecha 13/09/2022, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, solicita a la Presidencia de la Comisión Organizadora la aprobación del proyecto del nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional de Cañete, precisando que de conformidad con lo establecido en la Décimo Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto