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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (06/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 113

113 NORMAS LEGALES Domingo 6 de noviembre de 2022 El Peruano / Artículo 10º.- REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN PARA REALIZAR LOS ESPECTÁCULOS PÚBLICOS NO DEPORTIVOS, ACTIVIDADES CULTURALES, RECREATIVAS, SOCIALES Y/O POLÍTICAS EN SUS DISTINTAS MODALIDADES, SEA EN FORMA PERMANENTE, EVENTUAL O POR TEMPORADA EN RECINTOS AL AIRE LIBRE, EN LOCALES CERRADOS O EN INSTALACIONES DESMONTABLES U OTROS DE SIMILARES DE CARÁCTER PÚBLICO CONSIDERADOS MENORES (Hasta cincuenta (50) espectadores) Para el otorgamiento de la autorización del espectáculo público no deportivo, actividades culturales, recreativas, sociales y/o políticas en sus distintas modalidades, sea en forma permanente, eventual o por temporada en recintos al aire libre, en locales cerrados o en instalaciones desmontables u otros de similares de carácter público considerados menores, que no impliquen la participación de artistas y otros similares, se requiere: - Solicitud simple dirigida al alcalde, con carácter de Declaración Jurada, que incluya: a) Tratándose de personas jurídicas: Consulta RUC, Copia del DNI y/o Carnet de Extranjería de su presentante legal. Declaración jurada del representante legal o apoderado señalando que su poder se encuentra vigente, consignando el número de Partida Electrónica y asiento de inscripción en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP). b) Tratándose de personas naturales: Consulta RUC, Copia del DNI y/o Carnet de Extranjería del solicitante. Tratándose de representación de personas naturales, adjuntar carta poder simple fi rmada por el poderdante indicando de manera obligatoria sus datos personales, número de documento nacional de identidad (DNI), las acciones a realizar con el poder otorgado, salvo que se trate de apoderados con poder inscrito en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), en cuyo caso basta una declaración jurada en los mismos términos establecidos para personas jurídicas. c) Indicar el número telefónico, celular y dirección del solicitante. d) Indicar la naturaleza, lugar, fecha de la realización del evento. e) Indicar si acondicionarán o instalarán estructuras temporales, de corresponder. f) Croquis de ubicación y localización del lugar o recinto donde se tiene previsto realizar el espectáculo público no deportivo, actividades culturales, recreativas, sociales y/o políticas en sus distintas modalidades, sea en forma permanente, eventual o por temporada en recintos al aire libre, en locales cerrados o en instalaciones desmontables u otros de similares de carácter público, consignándole la zona, sector, grupo, avenida principal, edifi cación o establecimiento conocido que oriente la ubicación si fuese necesario. g) Copia de la Resolución de la Evaluación de las Condiciones de Seguridad en los Espectáculos Públicos Deportivos y No Deportivos (ECSE) o pronunciamiento de la Sub Gerencia de Defensa Civil o de quien haga sus veces, según corresponda. h) Copia fedateada o legalizada de contrato de arrendamiento suscrito por el propietario del local y/o solicitante, organizador o promotor responsable del espectáculo, indicando la solidaridad en el pago de la multa administrativa y el Impuesto de Espectáculos Públicos no Deportivos, de corresponder. i) Declaración Jurada de Cumplimiento de Compromisos que correspondan (Ver Anexos). j) Adjuntar una (1) tarjeta original del evento. k) Comprobante de pago por derecho de trámite de autorización. Artículo 11º.- DEL HORARIO Establézcase como límite máximo permitido para la realización de las actividades reguladas en el presente reglamento los siguientes horarios:DÍA HORARIO Domingo a JuevesHasta las 02:00 a.m. Horas del día siguiente Viernes y sábado, vísperas de feriado y feriado Asimismo, se le otorgará una (1) hora adicional para el retiro de los asistentes al espectáculo y/o evento, siendo hasta las 03:00 a.m. horas el cierre de fi nitivo del local, la hora adicional será sin artistas en escena y/o acompañamiento musical (grupo musical o equipo de sonido). En caso de espectáculos públicos no deportivos, actividades culturales, recreativas, sociales y/o políticas en sus distintas modalidades, sea en forma permanente, eventual o por temporada en recintos al aire libre, en locales cerrados o en instalaciones desmontables u otros de similares de carácter público que se realicen dentro del área que comprende el casco urbano de la provincia de Cañete, comprendido entre las calles, jirones y avenidas como son: Carretera Panamericana Sur, Jirón José Gálvez, Avenida Santa Rosalía, Avenida Mariscal Benavides, Calle Garros y Avenida Los Libertadores. El evento tendrá como duración máxima hasta las 00:00 horas. Artículo 12º.- AUTORIZACIÓN PARA ACTIVIDADES OFICIALES Y PROTOCOLARES EN LA PLAZA MAYOR DE LA PROVINCIA DE CAÑETE De manera excepcional, la celebración de actos en la plaza mayor únicamente se desarrollará cuando se trate de actividades o fi ciales y protocolares debidamente autorizadas en: a) Día de la Bandera. b) Día del Campesino.c) Día del Afro Peruano.d) Fiestas Patrias.e) Des fi le Cívico – Militar. f) Semana de Cañete.g) Navidad. También autorizar de manera excepcional la realización de la retreta popular los fi nes de semana y días que correspondan a las efemérides, en el horario hasta las 22:00 horas. Artículo 13º.- ACTIVIDADES DENTRO DEL CASCO URBANO Se autorizará de manera excepcional los espectáculos en espacios públicos abiertos y/o cerrados dentro del Casco urbano de la provincia de cañete como: a) Presentaciones culturales, teatrales, shows artísticos que apoyen y refuercen la cultura y turismo de la ciudad. b) Las exposiciones informativas, educativas y otras similares que apoyen y refuercen la función educacional, cultural, turística y cívica de la ciudad. Los requisitos son los mismos que están consignados en los artículos 9º y 10º del presente reglamento, adjuntando además una Declaración Jurada de Aceptación del espectáculo y/o evento fi rmado por 20 vecinos (un vecino por domicilio) del lugar donde se va a realizar dicho espectáculo y/o evento. La Declaración Jurada antes descrita deberá contener lo siguiente: a) apellidos y nombres del vecino, b) número de DNI, c) domicilio, d) fi rma, e) huella dactilar del índice derecho. CAPÍTULO III DEL PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LA AUTORIZACIÓN DEL ESPECTÁCULO PÚBLICO NO DEPORTIVO Artículo 14º.- DE LOS PLAZOS La presentación de la solicitud de autorización deberá ser presentada con una anticipación no menor de quince (15) días hábiles previos a la fecha de desarrollo del espectáculo y/o evento. El plazo para el otorgamiento de la autorización del espectáculo público no deportivo, actividades culturales,