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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (06/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 101

101 NORMAS LEGALES Domingo 6 de noviembre de 2022 El Peruano / Modifican el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Breña ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0582-2022-MDB Breña, 2 de noviembre de 2022 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BREÑAPOR CUANTO:El Concejo Municipal Distrital de Breña, en Sesión de Extraordinaria de la fecha. VISTO:El Memorando Nº 1462-2022-SG/MDB de fecha 26 de septiembre de 2022 de la Secretaría General, el Informe Nº 124-2022-MDB/OPP de fecha 11 de octubre de 2022 de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 01021-2022-URH-OGA/MDB de fecha 12 de octubre de 2022 de la Unidad de Recursos Humanos, el Informe Nº 198-2022-OGA/MDB de fecha 12 de octubre de 2022 de la O fi cina General de Administración, el Informe Nº 444-2022-OAJ-MDB de fecha 17 de octubre de 2022 de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Proveído Nº 1637-2022-GM-MDB de fecha 18 de octubre de 2022 de la Gerencia Municipal, el Dictamen Nº 07-2022-CEPP-CM-MDB de fecha 25 de octubre de 2022 de la Comisión de Economía, Presupuesto y Plani fi cación, todos los actuados respecto del proyecto de “Ordenanza que modi fi ca los artículos 4º, 8º, 11º, 13º, 22º, 27º, 35º, 43º, 44º y 51º, e incorpora los artículos 18-A y 67-A a la Ordenanza Nº 518-2019-MDB Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Breña”; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son los Órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, según el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 señala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por la que se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de servicios los públicos y las materias en las que las municipalidades tiene competencia normativa; Que, el artículo 41º de la acotada ley señala que los acuerdos son decisiones que toman el Concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del Órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 518-2019- MDB/CDB de fecha 12 de abril del 2019, se aprueba el Reglamento Interno de Concejo Municipal de Breña; Que, mediante Ley Nº 31433, Ley que modi fi ca la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a las atribuciones y responsabilidades de concejos municipales y consejos regionales, para fortalecer el ejercicio de su función de fi scalización, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 06 de marzo de 2022, se modi fi ca la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Memorando Nº 1462-2022-SG/ MDB de fecha 26 de septiembre de 2022, la Secretaría General, remite a la Gerencia Municipal, el proyecto de Ordenanza que modi fi ca los artículos 4º, 8º, 11º, 13º, 22º, 27º, 35º, 43º, 44º y 51º, e incorpora los artículos 18-A y 67-A a la Ordenanza Nº 518-2019-MDB Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Breña, asimismo, solicita se recabe los informes correspondientes para su aprobación; Que, mediante Informe Nº 124-2022-MDB-OPP de fecha 11 de octubre de 2022, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, no encuentra observación alguna, por lo que, emite opinión favorable respecto del proyecto de Ordenanza que modi fi ca los artículos 4º, 8º, 11º, 13º, 22º, 27º, 35º, 43º, 44º y 51º, e incorpora los artículos 18-A y 67-A a la Ordenanza Nº 518-2019-MDB Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Breña; Que, mediante Informe Nº 01021-2022-URH- OGA/MDB de fecha 12 de octubre de 2022, la Unidad de Recursos Humanos, informa que, no encuentra observaciones respecto del proyecto de Ordenanza que modi fi ca los artículos 4º, 8º, 11º, 13º, 22º, 27º, 35º, 43º, 44º y 51º, e incorpora los artículos 18-A y 67-A a la Ordenanza Nº 518-2019-MDB Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Breña; Que, mediante Informe Nº 198-2022-OGA/MDB de fecha 12 de octubre de 2022, la O fi cina General de Administración, informa a la Gerencia Municipal, que de la veri fi cación respecto del proyecto de Ordenanza que modi fi ca los artículos 4º, 8º, 11º, 13º, 22º, 27º, 35º, 43º, 44º y 51º, e incorpora los artículos 18-A y 67-A a la Ordenanza Nº 518-2019-MDB Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Breña, no encuentra observación alguna; Que, mediante Informe Nº 444-2022-OAJ-MDB de fecha 17 de octubre de 2022, la O fi cina de Asesoría Jurídica, concluye que, el proyecto de Ordenanza que modi fi ca los artículos 4º, 8º, 11º, 13º, 22º, 27º, 35º, 43º, 44º y 51º, e incorpora los artículos 18-A y 67-A a la Ordenanza Nº 518-2019-MDB Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Breña, cuenta con la viabilidad legal favorable para su aprobación; Que, mediante Dictamen Nº 07-2022-CEPP-CM-MDB de fecha 25 de octubre de 2022, la Comisión de Economía, Presupuesto y Plani fi cación, propone y recomienda aprobar el proyecto de Ordenanza que modi fi ca los artículos 4º, 8º, 11º, 13º, 22º, 27º, 35º, 43º, 44º y 51º, e incorpora los artículos 18-A y 67-A a la Ordenanza Nº 518-2019-MDB Ordenanza que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Breña; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece en su artículo 9º numeral 8 que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modi fi car y derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos de Concejo; Estando a lo señalado en los considerandos de la presente y a lo estipulado en los artículos 9º numeral 8), 38º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con la dispensa del trámite, lectura y aprobación del Acta, aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 4º, 8º, 11º, 13º, 22º, 27º, 35º, 43º, 44º Y 51º, E INCORPORA LOS ARTÍCULOS 18-A Y 67-A A LA ORDENANZA Nº 518-2019-MDB ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE BREÑA Artículo Primero.- MODIFÍQUESE los artículos 4º, 8º, 11º, 13º, 22º, 27º, 35º, 43º, 44º Y 51º del Reglamento Interno del Concejo de Breña, aprobado por la Ordenanza Nº 518-2019-MDB/CDB de fecha 12 de abril de 2019, quedando de la siguiente manera: Artículo 4º.- Del Alcalde: (…)El Alcalde, en su condición de Presidente del Concejo Municipal, tiene las siguientes atribuciones y obligaciones: (…) 14. Convocar, como mínimo a dos audiencias públicas distritales, conforme a la circunscripción de gobierno local, siendo una en mayo y otra en septiembre.