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31 NORMAS LEGALES Viernes 18 de noviembre de 2022 El Peruano / Que, el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, señala que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario o fi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, a través del Informe Nº 00001307-2022-PRODUCE/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, desde el punto de vista legal, considera viable la emisión de una Resolución Ministerial que publique el proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Reglamento de la Ley de Etiquetado y Veri fi cación de los Reglamentos Técnicos de Productos Industriales Manufacturados, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1304”, y de su respectiva Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, de tal manera que sea posible recibir las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general; Que, en atención al principio de participación y transparencia en la gestión pública que recoge el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y dada la importancia del citado proyecto de Reglamento; resulta necesario difundirlo, a fi n de permitir que los interesados formulen las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones sobre dicha propuesta normativa; Que, en tal sentido, resulta pertinente disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Reglamento de la Ley de Etiquetado y Veri fi cación de los Reglamentos Técnicos de Productos Industriales Manufacturados, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1304” y de su respectiva Exposición de Motivos, con la fi nalidad de conocer las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general Con los vistos del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, de la Dirección General de Supervisión Fiscalización y Sanciones; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley de Etiquetado y Veri fi cación de los Reglamentos Técnicos de los Productos Industriales Manufacturados aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1304; la Ley Nº 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables; la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1047; el Reglamento Técnico sobre Cilindros de Alta Presión para Almacenamiento de Gas Natural Comprimido utilizado como combustible para Vehículos Automotores y Dispositivos de Sujeción de Cilindros para Gas Natural Comprimido, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2021-PRODUCE; el Reglamento Técnico sobre Bolsas de Plástico Biodegradables, aprobado por el Decreto Supremo Nº 025-2021-PRODUCE; el Reglamento Técnico sobre Cemento Hidráulico utilizado en Edi fi caciones y Construcciones en General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2022-PRODUCE; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación del Proyecto Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Reglamento de la Ley de Etiquetado y Veri fi cación de los Reglamentos Técnicos de Productos Industriales Manufacturados, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 1304”, y de su respectiva Exposición de Motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 2.- Plazo y mecanismo de Participación. Establecer el plazo de treinta (30) días hábiles. contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, a fi n de recibir las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general; las mismas que deben ser presentadas en la Mesa de Partes del Ministerio de la Producción, ubicada en la Calle Uno Oeste Nº 060, Urbanización Córpac, San Isidro, con atención a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria o a la dirección de correo electrónico: dn@produce.gob.pe. Artículo 3.- Órgano Responsable Encargar a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, del Ministerio de la Producción, recibir, procesar y sistematizar las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se presenten. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS PRADO PALOMINO Ministro de la Producción 2126279-1 Designan Jefa de la Oficina General de Administración del Instituto del Mar del Perú – IMARPE y dejan sin efecto encargatura INSTITUTO DEL MAR DE PERÚ RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA CIENTÍFICA Nº 106-2022-IMARPE/DEC Callao, 14 de noviembre de 2022 VISTO:El Acuerdo N° 062-2022-CD/O adoptado en la Undécima Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del IMARPE, celebrada el 9 de noviembre de 2022, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de los cargos de con fi anza se efectúa, mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, mediante Resolución de Gerencia General N° 023-2022-IMARPE/GG, de fecha 26 de mayo de 2022, se encargó, con e fi cacia anticipada al 1 de junio de 2022, la Jefatura de la O fi cina General de Administración del IMARPE a la C.P.C. Magaly Yvett Matute Ramos; Que, el artículo 4 de la Ley Marco del Empleo Público, establece que el empleado de con fi anza es aquel que desempeña cargo de con fi anza técnico o político, distinto al del funcionario público; se encuentra en el entorno de quien lo designa o remueve libremente y en ningún caso será mayor al 5% de los servidores públicos de la entidad; Que, la clasi fi cación de cargos de con fi anza requiere estar prevista de manera expresa en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP, correspondiendo a cada entidad determinar los cargos con dicha denominación; Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial N° 404-2018-PRODUCE, de fecha 18 de setiembre de