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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (18/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Viernes 18 de noviembre de 2022 El Peruano / que el/la Procurador/a General del Estado es el/la titular del pliego y funcionario de mayor nivel jerárquico de la Procuraduría General del Estado; Que, mediante Resolución de la Procuradora General del Estado N.º 149-2022-PGE/PG publicada en el diario ofi cial El Peruano, el 17 de junio de 2022, se designa a la señora Cynthia Liz Ormeño Yori en el cargo de con fi anza de Jefa de la O fi cina de Administración de la Procuraduría General del Estado; Que, mediante la carta de vistos, la señora Cynthia Liz Ormeño Yori renuncia al cargo de Jefa de la O fi cina de Administración de la Procuraduría General del Estado, lo que se ha visto por conveniente aceptar; resultando necesario adoptar la medida en materia de personal, acorde con el ordenamiento legal vigente; Que, el artículo 11 del Decreto Supremo N.º 075- 2008-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N.º 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, modi fi cado por el Decreto Supremo N.º 065-2011-PCM, que regula el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, establece que los trabajadores bajo contrato administrativo de servicios, sin que implique la variación de la retribución o del plazo establecido en el contrato, pueden quedar sujetos, entre otras, a la siguiente acción administrativa de desplazamiento de personal : “a) La designación temporal, como representante de la entidad contratante ante comisiones y grupos de trabajo, como miembro de órganos colegiados y/o como directivo superior o empleado de confi anza, observando las limitaciones establecidas en la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público” ; Que, por otro lado, el numeral 2.13 del Informe Técnico N.º 219-2016-SERVIR/GPGSC de fecha 15 de febrero de 2016 y el numeral 2.15 del Informe Técnico N.º 000445-2021-SERVIR/GPGSC de fecha 31 de marzo de 2021, precisan que: “ En la designación temporal de un personal CAS para desempeñar las funciones de un puesto directivo o de con fi anza del régimen de los Decretos Legislativos N.º 276 y N.º 728 en adición de sus funciones, es posible que el personal CAS no cumpla con el per fi l o requisitos mínimos del puesto directivo o de confi anza 276 o 728 estipulados en los documentos de gestión de la entidad, pero sí reúne el per fi l o requisitos del puesto CAS ”; Que, con informe de vistos, la O fi cina de Administración, traslada y otorga conformidad al Informe N.º D000135-2022-JUS/PGE-OA-UFRH, emitido por el Coordinador de la Unidad Funcional de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administración, en el que concluye que resulta viable se designe temporalmente al servidor Julio Antonio Julca Rojas, como Jefe de la O fi cina de Administración de la Procuraduría General del Estado, en adición a sus funciones de Asesor II de la Gerencia General de la Procuraduría General del Estado; Que, en atención a las consideraciones expuestas, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente; Con el visado de la Unidad Funcional de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General, todas de la Procuraduría General del Estado, y; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N.º 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.º 018-2019-JUS, y la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Procuraduría General del Estado aprobada por Decreto Supremo N.º 009-2020-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Aceptar la renuncia de la señora Cynthia Liz Ormeño Yori al cargo de Jefa de la O fi cina de Administración de la Procuraduría General del Estado, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar temporalmente al señor Julio Antonio Julca Rojas, para que ejerza el cargo de Jefe de la O fi cina de Administración de la Procuraduría General del Estado, en adición a sus funciones de Asesor II de la Gerencia General de la Procuraduría General del Estado. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de la Procuraduría General del Estado (www.gob.pe/procuraduria). Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL SORIA LUJAN Procurador General del Estado 2126365-1 SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO Aprueban el Plan Maestro de la Reserva Paisajística Nor Yauyos-Cochas, periodo 2022-2027, como documento de planificación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 264-2022-SERNANP Lima, 15 de noviembre de 2022VISTO: El Informe Nº 857-2022-SERNANP-DDE del 04 de noviembre de 2022, de la Dirección de Desarrollo Estratégico y el Memorándum Nº 3817-2022-SERNANP-DGANP del 09 de noviembre de 2022, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas de la Institución, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú, establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas; Que, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente; ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), el mismo que se constituye en su autoridad técnico-normativa; Que, de conformidad con el literal g) del artículo 8 de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas; Que, el artículo 18 de la precitada Ley, establece que las Áreas Naturales Protegidas contarán con documentos de plani fi cación de carácter general y especí fi cos, por tipo de recurso y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro de las Áreas; Que, asimismo, su artículo 20 establece que la misma autoridad nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el cual constituye el documento de plani fi cación de más alto nivel con el que cuenta cada ANP y serán elaborados bajo procesos participativos y revisados cada cinco (5) años; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2009-MINAM de fecha 23 de abril de 2009, se establecen las Disposiciones para la elaboración de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 202-2021-SERNANP de fecha 29 de setiembre de 2021,