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57 NORMAS LEGALES Viernes 18 de noviembre de 2022 El Peruano / convocatorias pasadas que realizó la referida Corte Superior Nacional. Sexto. Que, corresponde a este Órgano de Gobierno la designación y conclusión de funciones de los jueces integrantes de los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada; en ese sentido, considera pertinente aceptar la declinación del señor Milton Huallpa Macedo, Juez Especializado Penal de la Corte Superior de Justicia de Puno, como Juez integrante del Primer Juzgado Penal Colegiado Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada. Sétimo. Que, asimismo, evaluada la hoja de vida del señor Luis Alberto Del Carpio Narváez, Juez Especializado Penal de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, en consonancia con sus antecedentes, desempeño en la función jurisdiccional y méritos profesionales, resulta apto para desempeñarse como integrante de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada. Octavo. Que, estando a lo previsto en el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que determina como una de las funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial adoptar acuerdos y medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia, corresponde dictar las medidas administrativas pertinentes, a fi n de evitar afectación al servicio de administración de justicia. Por estos fundamentos; la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta al Pleno de este Órgano de Gobierno, RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la declinación del señor Milton Huallpa Macedo, Juez Especializado Penal de la Corte Superior de Justicia de Puno, a su designación como integrante del Primer Juzgado Penal Colegiado Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada. Artículo Segundo.- Designar al señor Luis Alberto Del Carpio Narváez, Juez Especializado Penal de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, como integrante del Primer Juzgado Penal Colegiado Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada. Artículo Tercero.- La Presidencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada deberá disponer las medidas administrativas que le competen, para evitar la afectación del servicio de administración de justicia en el mencionado órgano jurisdiccional; así como la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, deberá evitar que la designación efectuada genere afectación a los procesos en giro en el respectivo órgano jurisdiccional. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, Cortes Superiores de Justicia de Amazonas y Puno, jueces mencionados; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2126305-2 Aprueban el “Cuadro de Antigüedad de Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la República” Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000269-2022-CE-PJ Lima, 20 de julio del 2022VISTO: El O fi cio Nº 000016-2022-CR-CNMA-CE-PJ cursado por el señor Vicente Paúl Espinoza Santillán, Consejero Responsable de la Coordinación Nacional de Meritocracia y Antigüedad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, el artículo 219º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modi fi cado por la Única Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley Nº 29277, Ley de la Carrera Judicial, establece que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial organiza el Cuadro de Antigüedad de Jueces Supremos, y los actualiza permanentemente. Segundo. Que, al respecto, el señor Consejero Responsable de la Coordinación Nacional de Meritocracia y Antigüedad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, remite a este Órgano de Gobierno el Cuadro de Antigüedad de Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la República del año 2021. Tercero. Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 853- 2022 de la vigésima sétima sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 30 de junio de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE:Por mayoría, con los votos de los señores y señora Barrios Alvarado, Lama More, Álvarez Trujillo y Espinoza Santillán. Artículo Primero.- Aprobar el “Cuadro de Antigüedad de Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la República” al 31 de diciembre de 2021, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer la publicación en el Portal Institucional del Poder Judicial la presente resolución administrativa y el documento aprobado, para su difusión y cumplimiento. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Jueces Titulares de la Corte Suprema de Justicia de la República, Junta Nacional de Justicia, O fi cina de Control de la Magistratura, Academia de la Magistratura, Coordinación de Meritocracia y Antigüedad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta Los votos en discordia del señor Arias Lazarte y la señora Consejera Medina Jiménez, son como sigue: VOTO EN DISCORDIA DE LOS SEÑORES CONSEJEROS CARLOS GIOVANI ARIAS LAZARTE Y JESSICA VANESSA MEDINA JIMÉNEZ Con el debido respeto al criterio de los señores Consejeros del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, los Consejeros Carlos Giovani Arias Lazarte y Jessica Vanessa Medina Jiménez proceden a emitir el presente VOTO EN DISCORDIA en los siguientes términos: