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45 NORMAS LEGALES Sábado 19 de noviembre de 2022 El Peruano / b) Justi fi car su inasistencia a clases cada vez que éstas coincidan con los entrenamientos, competencias o viajes por estos motivos, para lo cual deberán presentar a su facultad un documento fi rmado por el Director del PRODAC. c) Tener la oportunidad de rendir exámenes y presentar trabajos en fechas diferentes a las programadas, cuando éstas coincidan con los entrenamientos, competencias o viajes por estos motivos, para lo cual deberán presentar a su facultad un documento fi rmado por el Director del PRODAC. Cumplido éste requisito, el docente del curso deberá reprogramar la fecha, la cual no debe ser menor a 05 días hábiles de concluido el entrenamiento, competencia o viaje. DEBE DECIR:Artículo 123º: Los estudiantes que participen en el Programa Deportivo de Alta Competencia (PRODAC) tendrán derecho a: (…) b. Justi fi car su inasistencia a clases cada vez que éstas coincidan con las competencias o viajes por estos motivos, para lo cual deberán presentar a su facultad un documento fi rmado por el Director del PRODAC. c. Tener la oportunidad de rendir exámenes y presentar trabajos en fechas diferentes a las programadas, cuando éstas coincidan con los competencias o viajes por estos motivos, para lo cual deberán presentar a su facultad un documento fi rmado por el Director del PRODAC. Cumplido éste requisito, el docente del curso deberá reprogramar la fecha, la cual no debe ser mayor a 05 días hábiles de concluido la competencia o el viaje. DICE:Artículo 126º: Es la instancia encargada de la tutela de los derechos de los miembros de la comunidad universitaria y vela por el mantenimiento del principio de autoridad responsable. Es competente para conocer las denuncias y reclamaciones que formulen los miembros de la comunidad universitaria vinculadas con la infracción de derechos individuales. DEBE DECIR:Artículo 126º: Es la instancia encargada de la tutela de los derechos de los miembros de la comunidad universitaria y vela por el mantenimiento del principio de autoridad responsable. Es competente para conocer las denuncias y reclamaciones que formulen los miembros de la comunidad universitaria vinculadas con la infracción de derechos individuales. Es un cargo de con fi anza. DICE:Artículo 172º: El periodo de evaluación para el nombramiento y cese de los docentes ordinarios es de tres (3) años para los docentes Auxiliares, cinco (5) años para los Asociados y siete (7) años para los Principales. Al vencimiento de dicho periodo los docentes son ratifi cados, promovidos o separados de la docencia a través de un proceso de evaluación en función de los méritos académicos que incluye la producción cientí fi ca, lectiva y de investigación. La promoción de una categoría a otra está sujeta a la existencia de plaza vacante en el AIRHSP y a la disponibilidad presupuestal. Se ejecuta en el ejercicio presupuestal siguiente. La UNDC a través su Consejo Universitario, está facultada para contratar, nombrar, rati fi car, promover y separar docentes, a propuesta de las Facultades que siguen el procedimiento y exigencias de la Ley 30220, y la normatividad interna vigente. DEBE DECIR:Artículo 172º: El periodo de nombramiento de los docentes ordinarios es de tres (3) años para los docentes Auxiliares, cinco (5) años para los Asociados y siete (7) años para los Principales. Al vencimiento de dicho periodo los docentes son rati fi cados, promovidos o separados de la docencia a través de un proceso de evaluación en función de los méritos académicos que incluyen la producción cientí fi ca, lectiva y de investigación. La promoción de una categoría a otra está sujeta a la existencia de plaza vacante en el AIRHSP y a la disponibilidad presupuestal. Se ejecuta en el ejercicio presupuestal siguiente. La UNDC a través de su Consejo Universitario, está facultada para contratar, nombrar, rati fi car, promover y separar docentes, a propuesta de las Facultades que siguen el procedimiento y exigencias de la Ley 30220, y la normatividad interna vigente. DICE:Artículo 183º: Los deberes de los docentes son: (…)h. Desarrollar proyección social, extensión y responsabilidad social. DEBE DECIR:Artículo 183º: Los deberes de los docentes son: (…)h. Desarrollar proyección social, extensión universitaria y/o responsabilidad social. DICE:Artículo 190º: Suspensión . Guando el incumplimiento de los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones en el ejercicio de la función docente, debidamente comprobado, no pueda re-cali fi cado como leve por las circunstancias de la acción u omisión, será pasible de suspensión en el cargo hasta por treinta (30) días sin goce de remuneraciones. Asimismo, el docente que incurre en una falta o infracción, habiendo sido sancionado, previamente en dos (2) ocasiones con amonestación escrita, es pasible de suspensión. La sanción es impuesta por la autoridad inmediata superior, según corresponda Es susceptible de suspensión el docente que incurre en plagio. DEBE DECIR:Artículo 190º: Suspensión. Cuando el incumplimiento de los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones en el ejercicio de la función docente, debidamente comprobado, no pueda ser cali fi cado como leve por las circunstancias de la acción u omisión, será pasible de suspensión en el cargo hasta por treinta (30) días sin goce de remuneraciones. Asimismo, el docente que incurre en una falta o infracción, habiendo sido sancionado, previamente en dos (2) ocasiones con amonestación escrita, es pasible de suspensión. La sanción es impuesta por la autoridad inmediata superior, según corresponda Es susceptible de suspensión el docente que incurre en plagio. DICE: DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Artículo 201º: Es el órgano encargado de plani fi car, evaluar y supervisar los sistemas administrativos de Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento, Recursos Humanos , así como los procesos de la Unidad Ejecutora de Inversiones y Servicios Generales, que garanticen servicios de calidad, equidad y pertinencia. DEBE DECIR: DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN