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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (23/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 99

99 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de noviembre de 2022 El Peruano / motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a don Wilman Valverde Perez con DNI Nº 70061095, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, hasta el 2 de octubre de 2020, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. CONVOCAR a doña Karla Paula Reyes Allpoc con DNI Nº 73765856, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, hasta el 2 de octubre de 2020, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 4. CONVOCAR a don Segundo Valdez Zavala con DNI Nº 41319661, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, hasta el 2 de octubre de 2020, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 5. CONVOCAR a don Elvis Daniel Bulnes Carmen con DNI Nº 47069942, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, hasta el 2 de octubre de 2020, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 6. CONVOCAR a don Luis Alfredo Ochicua Quiquinlla con DNI Nº 48633240, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, hasta el 2 de octubre de 2020, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 7. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVA Gómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 4 https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/candidatos/busqueda/buscar 2127578-1 Convocan a ciudadano para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Salitral, provincia de Morropón, departamento de Piura RESOLUCIÓN Nº 3841-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022099085 SALITRAL - MORROPÓN - PIURALICENCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, catorce de setiembre de dos mil veintidósVISTO : el O fi cio Nº 383-2022-SG-JDCHZ-MDS, presentado el 9 de setiembre de 2022 por don John Dennis Chapilliquén Zapata, secretario general de la Municipalidad Distrital de Salitral, provincia de Morropón, departamento de Piura (en adelante, señor secretario), por medio del cual comunicó la licencia concedida a doña Clara Elena Rebolledo Cruz, regidora de dicha comuna (en adelante, señora regidora), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022). PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. A través del o fi cio del visto, presentado el 9 de setiembre de 2022, a las 17:54 horas, el señor secretario informó de la licencia sin goce de haber concedida a la señora regidora, con motivo de su participación como candidata en las ERM 2022, a fi n de que se convoque a su reemplazo correspondiente. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo Nº 29-2022, del 7 de julio del año en curso, que formalizó la decisión de aprobar la citada licencia. 1.2. En la Plataforma Electoral del Jurado Nacional de Elecciones 1, en el detalle del Expediente Nº ERM.2022009583, se visualiza la solicitud de licencia presentada por la señora regidora a la Municipalidad Distrital de Salitral, el 10 de junio de 2022, la cual generó el Expediente Nº 1580. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la nación. En la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM) 1.2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 prescribe que están impedidos de ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la que debe serles concedida treinta (30) días naturales antes de la elección. En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.3. El numeral 2 del artículo 24 determina que a los regidores los reemplazan los suplentes respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM1.4. Mediante este decreto supremo, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 4 de enero de 2022, el Presidente de la República convocó a las ERM 2022 para el domingo 2 de octubre del mismo año con el objeto de elegir a gobernadores, vicegobernadores, consejeros regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de la República. En la Resolución Nº 0918-2021-JNE, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 2022 2 1.5. A través de esta resolución, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante, JNE) precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios municipales de los poderes públicos, así como de los organismos, empresas del Estado y municipalidades,