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211 NORMAS LEGALES Jueves 24 de noviembre de 2022 El Peruano / N°Órganos considerados en el CAP ProvisionalUnidad orgánica considerados en el CAP ProvisionalCantidad de Posiciones Total posiciones OP 42Gerencia Sub Regional Conchucos Alto- 8 24 32 43Gerencia Sub Regional Conchucos Bajo- 7 25 32 Total posiciones 237 508 745 Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Regional N° 019-2011-REGIÓN ÁNCASH/CR, de fecha 15 de diciembre de 2011 y demás normas que se opongan a la presente. Artículo Tercero.- RECOMENDAR al Gobernador Regional del Gobierno Regional de Áncash, la IMPLEMENTACIÓN de la presente Ordenanza Regional conforme a lo ha dispuesto por la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, en el Informe Técnico N° 000176-2022-SERVIR-GDSRH. Artículo Cuarto.- DISPENSAR a la presente Ordenanza Regional, del trámite de lectura y aprobación del acta. Artículo Quinto.- DISPONER que la O fi cina de Comunicaciones publique la presente Ordenanza Regional en los medios disponibles por el Gobierno Regional. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Comuníquese, al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Áncash para su Promulgación. Dado en Sala de Sesiones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Áncash, a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil veintidós. EDGARD J. ESPINOZA RAMÍREZ Consejero Delegado POR TANTO:Mando se regístre, publíque y cumpla.Dado en la sede central del Gobierno Regional de Ancash, a los veintitrés días del mes de noviembre de 2022. HENRY AUGUSTO BORJA CRUZADO Gobernador Regional (P) 2128397-1 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada a financiar los gastos que se deriven de la contratación de sociedad de auditoría RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 000728-2022-GRLL-GOB Trujillo, 31 de agosto del 2022VISTO:El Acuerdo Regional Nº 16-2022-GRLL-CR, de fecha 8 de marzo de 2022, en cuyo artículo primero se aprueba la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/419 268.00 (Cuatrocientos diecinueve mil doscientos sesenta y ocho con 00/100 soles), a favor de la Contraloría General de la República, de acuerdo a la disponibilidad que se cuenta en el Presupuesto Institucional Aprobado para el año 2022 del Gobierno Regional de La Libertad, en atención a la solicitud de la Transferencia Financiera efectuada por la Contraloría General de la Republica con el Ofi cio Nº 763- 2022-CG/GAD, destinados a fi nanciar los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 237- 2021- CG, de fecha 4 de noviembre de 2021, se resuelve aprobar el tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el impuesto general a las ventas y el derecho de supervisión de las sociedades de auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales, los gobiernos locales, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; fi jando por concepto de Retribución Económica incluido el IGV. el importe de S/419 268.00 por el año a ser auditado, que correspondería transferir por parte del Gobierno Regional La Libertad a la Contraloría General de la República; Que, mediante O fi cio Nº 1260-2022-CG/GAD, de fecha 21 de julio de 2022, la gerente de administración (e) de la Contraloría General de la República requiere la transferencia de la retribución económica, para la contratación de la sociedad de auditoría que efectúe la auditoría fi nanciera gubernamental del periodo 2022 señalando que, de no efectuarse la transferencia solicitada, o realizarse fuera del plazo solicitado, no se realizará la contratación de la sociedad de auditoría o se retrasará la misma, lo cual puede afectar la presentación de los informes de auditoría; Que, mediante Informe Nº 292-2022-GRLL-GGR- GRP, de fecha 23 de agosto de 2022, el gerente regional de Presupuesto emite opinión favorable y conformidad para que continúe el trámite del expediente para aprobar la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/419 268.00, a favor de la Contraloría General de la Republica, del costo total del arancel fi jado por la Resolución de Contraloría Nº 369- 2019-CG para efectuar la auditoría fi nanciera gubernamental del periodo 2022 del Gobierno Regional La Libertad; conforme a lo previsto en el artículo 20° de la Ley Nº 27785; Que, el principio de legalidad previsto en el numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que: “Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas”; se entiende entonces que la actuación de la autoridad administrativa debe ceñirse a los márgenes que establece nuestra normatividad nacional vigente, con la fi nalidad de observar inexorablemente sus alcances. Siendo así, el principio de legalidad busca que la Administración Pública respete y cumpla las normas legales al momento de ser aplicadas en los casos materia de su competencia; Que, los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de Derecho Público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un pliego presupuestal; esto, de conformidad con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el cual regula su legitimidad y naturaleza jurídica; Que, la emisión del presente acto resolutivo se ampara en los alcances de la Ley Nº 30742, Ley del Fortalecimiento de la Contraloría General de la Republica, la misma que tiene por objeto (conforme a su artículo 1º) establecer las normas y disposiciones requeridas para el fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, con la fi nalidad de modernizar, mejorar y asegurar el ejercicio oportuno, efectivo y e fi ciente del control gubernamental, así como de optimizar sus capacidades orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción;