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214 NORMAS LEGALES Jueves 24 de noviembre de 2022 El Peruano / mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad. Que, mediante el Informe Nº 907-2022-SGRH-GRA/ GOB.REG.TACNA de la Sub Gerencia de Recursos Humanos remite el Manual Clasi fi cador de Cargos de la Sede Central del Gobierno Regional de Tacna, conforme los lineamientos de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-PE el mismo que consta de 236 cargos, que se encuentran distribuidos conforme la clasi fi cación establecida en el artículo 4 de la Ley Nº 28175 y los requisitos de la Ley Nº 31419, por lo que deriva a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial para que emita opinión técnica. Que, efectuadas las observaciones por la Sub Gerencia de Modernización Institucional a través del Ofi cio Nº 0089-2022-GRPPAT-SGMI/GOB.REG.TACNA, se devolvió la propuesta a la Sub Gerencia de Recursos Humanos para su adecuación y actualización; por lo que con el O fi cio Nº 1840-2022-SGRH-GRA/GOB. REG.TACNA, la Sub Gerencia de Recursos Humanos atendiendo a las observaciones señaladas precisa que el Manual de Clasi fi cador de Cargos se ha elaborado conforme a los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-PE “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” y utilizando el formato aprobado Anexo 5 de la presente Directiva; siguiendo las recomendaciones conforme el Anexo 01 se adjunta la relación de cargos del MCC en el Anexo 02. Que, mediante Informe Nº 164-2022-GRPPAT-SGMI/ GOB.REG.TACNA de la Sub Gerencia de Modernización Institucional se emite opinión favorable al MANUAL DE CLASIFICADOR CARGOS DE LA SEDE CENTRAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, al encontrarse alineada a la estructura orgánica vigente establecida en el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Tacna aprobado con la Ordenanza Regional Nº 016-2022-GR/GOB.REG.TACNA; y con el O fi cio Nº 2687-2022-SGMI-GRPPAT/GOB.REG.TACNA, se remite a la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, motivo por el cual se emitió opinión favorable con la Opinión Legal Nº 1319-2022-GRAJ/GOB.REG.TACNA, por lo que corresponde la emisión del acto resolutivo correspondiente. Que el Manual de Clasi fi cador de Cargos – MCC de la Sede Central del Gobierno Regional de Tacna tiene por objeto contribuir al ordenamiento racional de cargos, los mismos que constituyen la célula básica de la organización e implica un conjunto de tareas y actividades dirigidas al logro de los objetivos institucionales, que exigen el concurso de una persona que reuniendo un mínimo de requisitos según el tipo de función que cumple, está en condición de ejercer las competencias que se le con fi ere. Que, conforme a lo establecido en las normas expuestas y los informes técnicos, corresponde aprobar el Manual de Clasi fi cador de Cargos – MCC de la Sede Central del Gobierno Regional de Tacna, el que contiene un total de 236 cargos y conforme a lo establecido en el artículo 4 de la Ley Nº 28175, se ha consignado la clasi fi cación de Funcionario Público, Empleado de Con fi anza, Servidor Público- Directivo Superior, Directivo Público- Ejecutivo, Directivo Público- Especialista y Directivo Público- De Apoyo, debiéndose emitir el acto resolutivo correspondiente. Que, de acuerdo a la Opinión Legal Nº 1319- 2022-GRAJ/GOB.REG.TACNA; conforme a la Ley Nº 27783 –Ley de Bases de la Descentralización y sus modi fi catorias, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº27867, la Ordenanza Regional Nº 016-2022-CR/GOB.REG.TACNA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Tacna; con la visación de la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Sub Gerencia de Modernización Institucional, la Sub Gerencia de Recursos Humanos, y la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna, SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR EL MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS – MCC DE LA SEDE CENTRAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, en los términos contenidos en el anillado que forma parte de la presente resolución como Anexo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Recursos Humanos, la actualización permanente del Clasi fi cador de Cargos y de los respectivos per fi les del Gobierno Regional de Tacna, conforme a Ley. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Ejecutiva Regional Nº 450-2021-GR/GOB.REG.TACNA del 19 de noviembre del 2021, así como todo acto administrativo que se oponga al presente. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano y en el portal electrónico del Gobierno Regional de Tacna, debiendo encargarse a la O fi cina de Tecnología de la Información y O fi cina de Relaciones Públicas e Imagen Institucional del Gobierno Regional de Tacna, su cumplimiento. Artículo Quinto.- NOTIFICAR con la presente Resolución a los órganos competentes del Gobierno Regional de Tacna, conforme a lo prescrito por Ley para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JUAN TONCONI QUISPE Gobernador Regional 2127894-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Otorgan beneficio de descuento del derecho de trámite por concepto de celebración de matrimonio civil a diez (10) parejas de contrayentes que participan de ceremonia en la Parroquia San Pedro de Chorrillos ORDENANZA MUNICIPAL Nº 445-2022/MDCH Chorrillos, 4 de noviembre del 2022EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS; En Sesión Extraordinaria de fecha 04 de noviembre de 2022, VISTOS:El Informe Nº 0334-2022-MDCH/UFRC de fecha 03 de noviembre de 2022, emitido por la Unidad Funcional de Registro Civil; Memorándum Nº 1383-2022-MDCH-SG de fecha 03 de noviembre de 2022; Informe Nº 212-2022-MDCH-GAJ de fecha 03 de noviembre de 2022, emitido por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modi fi cado por la Ley Nº 30305, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que se encuentra en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, que señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú otorga a las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Código Civil en su artículo 233º establece que la regularización jurídica de la familia tiene por