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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (24/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 244

TEXTO PAGINA: 226

226 NORMAS LEGALES Jueves 24 de noviembre de 2022 El Peruano / se podrá efectuar mediante medios físicos o por correo electrónico. 6) Dar forma fi nal de las Ordenanzas, Acuerdos y Resoluciones de Concejo de conformidad con las decisiones del Concejo, 7) Canalizar los proyectos de Ordenanzas y Acuerdos de Concejo, al Concejo Municipal, veri fi cando que contengan la documentación sustentatorio completa. 8) Llevar el registro, mantener y conservar las Actas de las Sesiones de Concejo y suscribirlas en forma conjunta y concurrente con el alcalde bajo responsabilidad. 9) Gestionar la publicación de las Ordenanzas y Acuerdos de Concejo, con estricta sujeción a lo acordado por el Concejo y la Ley Orgánica de Municipalidades. 10) Comunicar a las dependencias municipales que correspondan los acuerdos y ordenanzas emitidas por el Concejo Municipal. 11) Las Actas de las Sesiones de Concejo deberán constar en un libro especial, certi fi cado notarialmente. 12) Las demás atribuciones que le correspondan reguladas en el Reglamento de Organización y Funciones. Artículo 19°.- El alcalde convoca y preside la sesión, establece la agenda de las sesiones y dirige el debate. En los casos de ausencia, preside la sesión el primer regidor y por impedimento de éste, el regidor hábil que le sigue en el orden. Entre la convocatoria y la sesión mediará cuando menos un lapso de cinco días hábiles de anticipación. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la O fi cina de Tecnología de la Información la publicación de este documento en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar (www.munimagdalena.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOMAGNO CHACÓN GÓMEZ Alcalde 2124226-1 REQUISITOS PARA PUBLICAR SENTENCIAS DE CASACIÓN, PROCESOS CONSTITUCIONALES Y PRECEDENTES VINCULANTES Las entidades públicas que requieran publicar documentos en las Separatas Especiales de “Sentencias de Casación”, “Procesos Constitucionales” y “Precedentes Vinculantes”, deberán tomar en cuenta lo siguiente: 1. El personal autorizado y acreditado ante la Gerencia de Publicaciones O ficiales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta personal de correo institucional, a las siguientes cuentas o ficiales electrónicas, según corresponda: sentenciascasación@editoraperu.com.pe; procesosconstitucionales@editoraperu.com.pe; precedentesvinculantes@editoraperu.com.pe. 2. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O ficio en formato PDF dirigido al Gerente de Publicaciones O ficiales, en el que se solicita la publicación de las sentencias o resoluciones. En el caso de Procesos Constitucionales, se deberá precisar de manera expresa que las resoluciones remitidas son sentencias finales y/o resoluciones aclaratorias de las mismas. De lo contrario, deberá consignarse expresamente el consentimiento de pago para su publicación. En el caso de Precedentes Vinculantes, deberán consignar expresamente que las mismas constituyen precedentes de observancia obligatoria. b) En el o ficio de publicación se incluirá obligatoriamente la relación detallada de las resoluciones o sentencias que se remiten. c) El o ficio podrá ser firmado digitalmente consignando, además, el nombre y cargo del funcionario autorizado, al final del o ficio y/o con sello y firma manual. d) El archivo en formato Word de la información a publicar, deberá contener una sentencia debajo de otra. e) En todos los casos, se remitirá copia de la Resolución Original firmada en formato PDF, la misma que servirá de respaldo de las publicaciones, cuyo contenido será idéntico al archivo Word. La entidad cuidará que los documentos que remitan sean legibles. No se recibirán documentos físicos y se devolverán los documentos ilegibles. f) Las Sentencias de Casación deberán ser agrupadas de acuerdo a la Sala de Origen que las resolvió. 3. El contenido del archivo Word que se entregue para su publicación será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE Y CORRESPONDE ÍNTEGRAMENTE AL PDF DE RESPALDO. Por tanto se recomienda veri ficar que el archivo Word tenga el texto completo de cada sentencia, incluyendo la transcripción de los nombres y cargos de quienes la suscriben, así como la fecha de emisión. De esta manera, la entidad solicitante es responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega a EDITORAPERÚ para su publicación. 4. En el campo “ASUNTO” del correo institucional se deberá consignar el número de O ficio y nombre de la institución. 5. En el contenido del correo electrónico se deberá indicar el nombre y número del teléfono celular del funcionario designado para resolver dudas o problemas técnicos que se presenten con los documentos. 6. Como señal de conformidad, el usuario recibirá un correo de respuesta de EDITORAPERÚ, en el que se consignará el número de la Orden de Publicación (OP). Este mensaje será considerado “Cargo de Recepción”. 7. Los documentos se recibirán de lunes a viernes, de 09:00 a 17:30 p.m. Las sentencias se publicarán dentro del plazo de ley, siempre y cuando cumplan con las formalidades y requisitos solicitados. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES