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213 NORMAS LEGALES Jueves 24 de noviembre de 2022 El Peruano / de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo y son las siguientes: 11(Ba),4(c) 21(f),12(a)2 (e),3(b),9(A a) 9(d),10(b), 6(a), 8(b),9(c), 4(b), 2(b), 6(b)(d), 2(a), 2(d), 6(c), 12(3d), 7(e), 17,7(f), 4(d) y 8(c); Que, el Decreto Legislativo Nº 1256, que aprueba la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras burocráticas, de conformidad al principio de acción preventiva privilegian las acciones de prevención y/o coordinación con el objeto de promover la eliminación voluntaria de las barreras burocráticas presuntamente ilegales y/o carentes de razonabilidad y supervisa que la normativa de las entidades de la administración pública se encuentra acorde con lo establecido en el marco jurídica nacional; Que ,el numeral 40.5 de la Ley del procedimiento Administrativo General señala que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simpli fi cación de los mismos pueden aprobarse por Resolución Ministerial, por Resolución de Consejo Directivos de los Organismos Reguladores, Resolución del órgano de dirección o del titular de los organismos técnicos especializados, según corresponda, Resolución del Titular de los organismos constitucionalmente autónomos, Decreto Regional o Decreto de Alcaldía, según se trate de entidades dependientes del Poder Ejecutivo, Organismos constitucionalmente Autónomos, Gobiernos Regionales o Locales, respectivamente; Que, el numeral 44.5 señala que una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar según corresponda por Decreto Regional; Que, mediante informe Nº 138-2022-GRP/GRPPAT/ SGMDI; por el cual la Administradora SUT del Gobierno Regional Puno, propone a la Gerencia General Regional, eliminar las barreras burocráticas identi fi cadas en el TUPA por la Coordinadora General de la Secretaria Técnica Regional de eliminación de barreras burocráticas - INDECOPI del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional Puno, que corresponden a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo; Que mediante informe Legal de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica Nº 779-2022-GR PUNO/ORAJ de fecha 24 de octubre menciona *…Es pertinente continuar con el trámite de emisión del proyecto de Decreto regional propuestos por la Sub Gerencia de Modernización y desarrollo Institucional de la Gerencia regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; y, Estando a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias, Texto Único Ordenado de la Ley 27444,Ley del procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS,Decreto Legislativo Nº 1256 y con los vistos de la gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionaremos Territorial, la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia General Regional en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27786,Ley de Bases de la descentralización y la ley Nº 27867,Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; SE RESUELVEArtículo Primero.- APROBAR, la eliminación de Doce (12) Barreras burocráticas identi fi cadas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Puno, que corresponde a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, según el detalle del Anexo Nº 1 que en tres(03) folios, es parte integrante del presente Decreto Regional. Artículo Segundo.- APROBAR, e INCLUIR los Requisitos del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Puno, que corresponde a la DIRECCIÓN Regional de Comercio Exterior y Turismo según lo detallado en el Anexo 1. Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE el presente Decreto Regional en el Diario O fi cial el peruano y el Anexo Nº 1 en el portal de transparencia y servicios al Ciudadano del GORE Puno, pagina Web wwwregionpuno.gob.pe.Dado en Puno, en la Sede del Gobierno Regional de Puno a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil veintidós Regístrese, comuníquese y publíquese.GERMAN ALEJO APAZA Gobernador Regional * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2127552-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos - MCC de la Sede Central del Gobierno Regional de Tacna RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 306-2022-GR/GOB.REG.TACNA Fecha, 11 de noviembre de 2022VISTOS:El O fi cio Nº 2687-2022-SGMI-GRPPAT/GOB.REG. TACNA, Informe Nº 164-2022-GRPPAT-SGMI/GOB.REG.TACNA, O fi cio Nº 1840-2022-SGRH-GRA/GOB. REG.TACNA, O fi cio Nº 0089-2022-GRPPAT-SGMI/GOB. REG.TACNA, Informe Nº 907-2022-SGRH-GRA/GOB.REG.TACNA, O fi cio Múltiple Nº 000016-2022-SERVIR- GDSRH, la Opinión Legal Nº 1319-2022-GRAJ/GOB.REG.TACNA; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales: “Los Gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia.”, asimismo, conforme al literal a) del artículo 9º de la mencionada Ley, son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto, ello en concordancia con el artículo 33 de la citada Ley Orgánica, que dispone expresamente que la Administración Regional se ejerce bajo un sistema Gerencial y se sustenta en la plani fi cación estratégica, organización, dirección, ejecución, evaluación y control, dentro del marco de las normas emitidas por los sistemas administrativos nacionales. Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 016-2022- CR/GOB.REG.TACNA publicada en el Diario O fi cial El Peruano, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Tacna y el organigrama que en anexo forma parte de la misma. Que, mediante la Ley Nº 31419- Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, establecen los requisitos mínimos para cargos o puestos de funcionarios/as públicos/as de libre designación y remoción. Que, con la Resolución Ejecutiva Regional Nº 450- 2021-GR/GOB.REG.TACNA se aprobó el “Manual Clasi fi cador de Cargos – MCC de la Sede Central del Gobierno Regional de Tacna”; sin embargo, corresponde su adecuación conforme a los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-PE, aprobado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE. Que, de acuerdo con la Directiva Nº 006-2021-SERVIR- PE, el Manual de Clasi fi cador de Cargos es un documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos