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96 NORMAS LEGALES Martes 29 de noviembre de 2022 El Peruano / Artículo Tercero.- PRECISAR que el Serenazgo de Surquillo desempeñará las funciones establecidas en el Capítulo IV del Manual del Sereno, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 772-2019-IN. Artículo Cuarto.- Funciones generales del servicio de Serenazgo: a) Plani fi car y ejecutar operaciones de ronda y patrullaje general, ya sea a pie o en vehículos motorizados o no motorizados, en coordinación con la Policía Nacional del Perú. b) Prestar auxilio y protección a la comunidad.c) Supervisar e informar el cumplimiento de las normas de seguridad en establecimientos públicos de cualquier naturaleza e índole. d) Propiciar la tranquilidad, orden, seguridad y convivencia pací fi ca de la Comunidad. e) Colaborar y prestar apoyo a los órganos de la Municipalidad Distrital de Surquillo cuando lo soliciten para la ejecución de acciones de su competencia. f) Orientar al ciudadano cuando requiere algún tipo de información. g) Otras funciones a fi nes que se le encargue. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- El Servicio de Serenazgo de la Municipalidad Distrital de Surquillo es exclusivamente para la protección de la comunidad y la prevención de delitos y faltas, con la colaboración de la ciudadanía del distrito de Surquillo. Segunda.- El Serenazgo Municipal del Distrito de Surquillo, está prohibido de efectuar labores especiales, como resguardar a empresas privadas o empresas municipales, salones de juegos, casas comerciales, locales de fi esta y/o que no sea vigilancia ciudadana. Tercera.- Facultar al señor Alcalde dictar normas complementarias mediante Decreto de Alcaldía que constituyan medidas necesarias para la implementación del Servicio de Serenazgo en el Distrito de Surquillo. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- DERÓGUESE toda disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza. Segunda.- AUTORÍCESE al Señor Alcalde para que en representación del Gobierno Local, proceda a celebrar convenios con el objeto de desarrollar adecuadamente el servicio de Serenazgo, así como también el cumplimiento de las disposiciones municipales a fi nes, hasta el término de la implementación del servicio de Serenazgo. Tercera.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su respectiva difusión por parte de la Gerencia de Estadística e Informática, a través del portal institucional de la Municipalidad Distrital de Surquillo(www.munisurquillo.gob.pe) y en la página del portal o fi cial del Estado Peruano. Cuarta.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones, y demás unidades orgánicas competentes de la Institución Edil. Regístrese, comuníquese y cúmplase.GIANCARLO GUIDO CASASSA SANCHEZ Alcalde 2129728-1 Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 507-MDS que aprobó la Ordenanza Municipal que crea el Programa “Inscribe tu Predio 2022” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 020-2022-MDS Surquillo, 22 de noviembre de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: VISTO; el Memorando Nº 1420-2022-GM-MDS, con fecha 22 de noviembre de 2022, a través del cual el Gerente Municipal remite el Informe Nº 680-2022-GR-MDS, de fecha 14 de noviembre de 2022, emitido por la Gerencia de Rentas; el Informe Nº644-2022-SGFT-GR-MDS, de fecha 16 de noviembre de 2022, emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y el Informe Nº115-2022-SGEC-GR-MDS, de fecha 16 de noviembre de 2022, emitido por la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva, mediante los cuales dichas áreas emiten opinión técnica favorable sobre la prórroga hasta el día 19 de diciembre de 2022 la vigencia de la Ordenanza Nº507-MDS que aprobó la Ordenanza Municipal que crea el Programa “INSCRIBE TU PREDIO 2022” ; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ordenanza Nº 507-MDS el Concejo Municipal de Surquillo aprobó la Ordenanza Municipal que crea el Programa “INSCRIBE TU PREDIO 2022”; Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 017-2022- MDS, de fecha 03 de octubre de 2022, el señor Alcalde resolvió PRORROGAR hasta el día 19 de diciembre de 2022 la vigencia de la ORDENANZA Nº 507-MDS que aprobó la Ordenanza Municipal que crea el Programa “INSCRIBE TU PREDIO 2022”; Que, a través de la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 507-MDS, el Concejo Municipal de Surquillo facultó al señor Alcalde para que, mediante el Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la misma, establecido en el Artículo Décimo; Que, mediante el Memorando Nº 1420-2022-GM- MDS, con fecha 22 de noviembre de 2022, a través del cual el Gerente Municipal remite el Informe Nº 680-2022-GR-MDS, de fecha 14 de noviembre de 2022, emitido por la Gerencia de Rentas; el Informe Nº 644-2022-SGFT-GR-MDS, de fecha 16 de noviembre de 2022, emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y el Informe Nº 115-2022-SGEC-GR-MDS, de fecha 16 de noviembre de 2022, emitido por la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva, mediante los cuales dichas áreas emiten opinión técnica favorable sobre la prórroga hasta el día 19 de diciembre de 2022 la vigencia de la Ordenanza Nº507-MDS que aprobó la Ordenanza Municipal que crea el Programa “INSCRIBE TU PREDIO 2022” ; Estando a lo expuesto, y con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 389-2022-GAJ-MDS, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidad; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el día 19 de diciembre de 2022, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº507-MDS que aprobó la Ordenanza Municipal que crea el Programa “INSCRIBE TU PREDIO 2022”. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Estadística e Informática, Subgerencia de Fiscalización Tributaria, Subgerencia de Fiscalización Tributaria y la Subgerencia de Comunicación e Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR la publicación del presente Decreto de Alcaldía a la Secretaría General. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GIANCARLO GUIDO CASASSA SANCHEZ Alcalde 2129730-1