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193 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de noviembre de 2022 El Peruano / de Recursos Hídricos de Cuenca, aprobado por Resolución Jefatura Nº 575-2010-ANA, y estará conformado por: a) Un (01) representante de la Gerencia Regional de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Ambiente b) Un (01) representante de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. c) Un (01) representante del PER PLAN MERISS INKA. d) Un (01) representante del PER IMA.e) Un (01) representante de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento. f) Un (01) representante de la Dirección Regional de Agricultura y g) Un (01) representante de la Autoridad Administrativa del Agua XI Pampas Apurímac – ANA DEBE DECIR:Artículo Segundo.- CONFORME el Grupo Impulsor para la creación del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Alto Apurímac, con la fi nalidad de coordinación e impulsar la ejecución de acciones del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca, aprobado por Resolución Jefatural Nº 575-2010-ANA, y estará conformado por: a) 01 Representante de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional de Cusco, (Preside) b) 01 Representante de la Asociación ARARIWA (Secretario Técnico) c) 01 Representante de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. d) 01 Representante del Proyecto Especial Regional Plan de Mejoramiento de Riego en Sierra y Selva – PLAN MERISS e) 01 Representante del Proyecto Especial Regional Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente – IMA. f) 01 Representante de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento. g) 01 Representante de la Dirección Regional de Agricultura Cusco. h) 01 Representante de la Autoridad Administrativa del Agua – AAA XI Pampas Apurímac – Asesor. i) 01 Representante de la Plataforma Regional de Recursos Naturales y Desarrollo Sostenible – RENADES Cusco. j) 01 Representante de la Asociación Wara k) 01 Representante del Centro Andino de Educación y Promoción “José María Arguedas” – CADEP “JMA” l) 01 Representante de Derechos Humanos Sin Frontera. m) 01 Representante de Centro para el Desarrollo de los Pueblos Ayllu – “CEDEP AYLLU” n) 01 Representante de la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco – UNSAAC o) 01 Representante de la Universidad Andina del Cusco. p) 01 Representante de la Empresa Prestadora de Servicios SEDA CUSCO q) 01 Representante de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento Cusco r) 01 Representante de la Dirección Regional de Salud Cusco s) Representante (01 por provincia) de las Municipalidades provinciales de: Acomayo, Anta, Canas, Cusco, Chumbivilcas, Espinar, Quispicanchi, Paruro y La Convención. Artículo Tercero.- MODIFIQUESE, el artículo Tercero de la Ordenanza Regional Nº 108 – 2016-CR/GRC. CUSCO: QUE DICE:Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la presidencia del Grupo Impulsor para la creación del Consejo de Recursos Hídricos de la Cuenca del Rio Apurímac, debiendo en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles, convocar a una reunión de instalación del mismo. DEBE DECIR:Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la presidencia del Grupo Impulsor para la creación del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Alto Apurímac, debido en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles, convocar a una reunión de instalación del mismo DECLARAR, de Interés Regional la Zoni fi cación Forestal del Departamento del Cusco. Artículo Cuarto.- La Presente Ordenanza Regional entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional del Cusco para su Promulgación. Dado en la ciudad del Cusco, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho. ROGER ANIBAL CAPATINTA MAMANI, Vicepresidente del Consejo Regionaldel Gobierno Regional del Cusco POR TANTO:Dado en la Sede Central del Gobierno Regional del Cusco, a los 28 días del mes de diciembre el año dos mil dieciocho EDWIN LICONA LICONA Gobernador Regional delGobierno Regional del Cusco 2129922-1 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Autorizan a las Unidades Ejecutoras, la transferencia financiera solicitada por la Contraloría General de la República a efectos de realizar el Control Gubernamental pertinente para nueve proyectos de Inversión RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 000667-2022-GRLL-GOB Trujillo, 11 de agosto del 2022 VISTO: El O fi cio N° 000835-2022-GGLL-GGR-GRAJ de fecha 28 de julio del 2022, remite el Informe Legal N.° 143-2022-GRLL-GGR-GRAJ- RRA de fecha 26 de julio de 2022; emite opinión legal favorable respecto a la propuesta de Resolución Ejecutiva regional relativo a autorizar a las unidades ejecutoras la transferencia solicitada por la Contraloría General de la República a efectos de realizar el control gubernamental pertinente para los nueve (9) proyectos de inversión; CONSIDERANDO: Que, en concordancia con los artículos 189 y 191 de la Constitución Política del Perú, los artículos 8 y 9 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, precisan