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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 208

208 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de noviembre de 2022 El Peruano / dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO DEL DERECHO POR EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DE TRIBUTOS Y SU DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL AÑO 2023 Artículo Primero.- APLÍQUESE para el año 2023 la tasa anual por concepto del servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y distribución a domicilio de impuesto predial y arbitrios municipales ascendente a S/ 3.48 soles y la tasa de S/ 0.29 céntimos de sol por predio adicional, aprobadas mediante Ordenanza Nº 556/MM rati fi cada con Acuerdo de Concejo Nº 384-MML. Artículo Segundo.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del 01 de enero del 2023, previa publicación en el diario o fi cial El Peruano. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultades reglamentarias FACÚLTESE al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y aplicación de la presente, de ser necesarias. Segunda.- Cumplimiento ENCÁRGUESE a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza, según sus competencias. Tercera.- Comunicación al SAT ENCARGAR a la Gerencia Municipal comunicar formalmente la presente ordenanza, al Servicio de Administración Tributaria - SAT, de conformidad con lo dispuesto en la Sétima Disposición Final de la Ordenanza N° 2386-2021 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Cuarta.- De la publicación ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial “El Peruano” y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en la página web de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores (www.mira fl ores.gob.pe). Quinta. - Disposición Derogatoria DEROGAR toda disposición que se oponga a la presente ordenanza. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.Mira fl ores, 24 de noviembre de 2022 OSCAR CHANG RÍOS Primer Regidor Encargado del despacho de Alcaldía 2129732-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Prorrogan plazo para acogerse a beneficios otorgados mediante la Ordenanza N° 603-MPL DECRETO DE ALCALDÍA N° 014-2022-MPL Pueblo Libre, 25 de noviembre de 2022 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE VISTO, el Memorando N° 540-2022-MPL-GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la indicada autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el inciso 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Alcalde, dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; Que, la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza Nº 603-MPL, que establece incentivos tributarios en el distrito, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar su vigencia; Que, la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, mediante Informe N° 245-2022-MPL-GRDE-SRFT propone prorrogar hasta el 29 de diciembre de 2022 el plazo de vencimiento respecto a los incentivos tributarios establecidos en la precitada norma, por los fundamentos que expone, contándose además con la opinión favorable de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva manifestada mediante Memorando N° 447-2022-MPL-GRDE-SREC; Que la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico mediante Informe N° 173-2022-MPL-GRDE opina por la procedencia de prorrogar la citada Ordenanza, a efecto de otorgar mayores oportunidades y facilidades a todos los contribuyentes que deseen cancelar sus obligaciones tributarias hasta el 29 de diciembre de 2022, elevando lo actuado a la Gerencia Municipal; Que, mediante Informe N° 350-2022-MPL-GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente que la propuesta de la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico para que se prorrogue hasta el día 29 de diciembre de 2022 los incentivos tributarios en el distrito de Pueblo Libre establecidos en la Ordenanza Nº 603-MPL; debiendo ser sometida a la aprobación del Alcalde, mediante la emisión del Decreto de Alcaldía correspondiente; Que, mediante Memorando N° 540-2022-MPL-GM la Gerencia Municipal remite los informes antes referidos, considerando favorable la aprobación de la mencionada prórroga mediante Decreto de Alcaldía; ESTANDO A LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL INCISO 6 DEL ARTÍCULO 20 Y EL ARTICULO 42 DE LA LEY Nº 27972 - LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; SE DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el día 29 de diciembre de 2022, el plazo para acogerse a los bene fi cios otorgados mediante Ordenanza N° 603-MPL. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico el cumplimiento del presente Decreto, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión, a la Gerencia de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre: www.muniplibre.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.servicioalciudadano.gob.pe; y a la Secretaría General su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.STEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO Alcalde 2129819-1