Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 197

197 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de noviembre de 2022 El Peruano / recursos fi nancieros a favor del pliego 019 – Contraloría General de la Republica relativos al Control Concurrente de la fuente de fi nanciamiento recursos determinados, ello en mérito al Informe Nº 00269-2022-GRLL-GGR-GRP, a través del cual la Gerencia Regional de Presupuesto, señala que existe la disponibilidad presupuestaria por S/3 289,466.00 en la fuente de fi nanciamiento de recursos determinados, los mismos que están registrados en los proyectos, objetos del control concurrente, por lo que plantea una propuesta de Transferencia de partidas a favor del Pliego 019 – Contraloría General de la Republica por el orden de S/3 289,466.00, con la fi nalidad de cumplir con lo establecido en el inciso 4.1, del artículo 4 de la Ley Nº 31358. ProyectoMONTO A TRANSFERIR 2133309: FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD773,376 2234000: MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SERVICIOS DE NEUROCIENCIAS DEL HOSPITAL BELEN DE TRUJILLO, PROVINCIA DE TRUJILLO - REGION LA LIBERTAD 203,056 2382054: OPTIMIZACION DE LA OFERTA DE SALUD DE LAS UNIDADES PRODUCTORAS DE SERVICIO DE SALUD DE: HOSPITALIZACION, CENTRO QUIRURGICO, CUIDADOS INTENSIVOS, BANCO DE SANGRE, RADIODIAGNOSTICO Y PATOLOGIA, EN EL IREN NORTE.109,364 2456809: MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE EDUCACION INICIAL, PRIMARIA Y SECUNDARIA EN LA I.E. JOSE OLAY A - 80829, DISTRITO DE LA ESPERANZA - PROVINCIA DE TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD634,572 2501448: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACION SECUNDARIA DEL COLEGIO MILITAR GRAN MARISCAL RAMON CASTILLA, DISTRITO DE HUANCHACO - PROVINCIA DE TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD1,569,098 TOTAL 3,289,466 Que, el artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, establece lo siguiente: “Artículo 4. Transferencias 4.1. Para el cumplimiento de la presente ley, autorizase a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refi eren los artículos 1 y 3 de la presente ley, a realizar modi fi caciones presupuesta/es en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego 019- Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior , conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza. 4.2. Las transferencias a que se re fi ere el párrafo precedente, se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, o con resolución ejecutiva regional o resolución de alcaldía, en el caso de los gobiernos regionales y locales, respectivamente. La resolución del titular del pliego del gobierno nacional y la resolución ejecutiva regional se publican en el diario o fi cial El Peruano y la resolución de alcaldía, que se publica en su página web”; Que, la presente resolución ejecutiva regional se emite en virtud al Principio de Legalidad, por el cual las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas; así como al Principio de Buena Fe Procedimental, por lo cual la autoridad administrativa, los administrados, sus representante o abogados y, en general, todos los partícipes del procedimiento, realizan sus respectivos actos procedimentales guiados por el respeto mutuo, la colaboración y la buena fe ( ... ), previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS. Con la visación de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Administración, Gerencia Regional de Presupuesto, Gerencia General Regional y la Secretaría General del Gobierno Regional de La Libertad. En uso de las atribuciones conferidas al despacho de la Gobernación Regional, por la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus normas modi fi catorias, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente. SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR, la transferencia solicitada por la Contraloría General de la República a efectos de realizar el Control Gubernamental pertinente para los cinco (05) Proyectos de Inversión señalado en el cuadro descrito en el cuarto considerando de la presente Resolución, por el monto de S/3 289,466.00 (Tres Millones Doscientos Ochenta y Nueve Mil Cuatrocientos Sesenta y Seis con 00/100 soles), en el marco de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y ENCARGAR al responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fi n de que proceda a publicarla en el portal institucional del Gobierno Regional de La Libertad Artículo Tercero.- NOTIFICAR, la presente Resolución a la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, COMUNICAR a la Gerencia Regional, Presupuesto, Gerencia Regional de Administración, Gerencia General Regional, Secretaria General y demás Órganos pertinentes del Gobierno Regional de La Liberad, para su conocimiento y aplicación estricta. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL FELIPE LLEMPEN CORONEL Gobernación Regional 2129852-1 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Aprueban modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional San Martín DECRETO REGIONAL Nº 009-2022-GRSM/GR Moyobamba, 17 de octubre de 2022VISTO: El Expediente Nº 001-2022172696 que contiene el Informe Técnico Nº 02-2022-GRSM/OTA de fecha 21 de setiembre del 2022, el Informe Técnico Nº 08-2022-GRSM/ORA de fecha 28 de setiembre del 2022, el Informe Técnico Nº 05-2022-MJTP de fecha 30 de setiembre del 2022, el Informe Legal Nº 503-2022-GRSM/ORAL de fecha 4 de octubre del 2022; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27680 “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización”, la