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140 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de octubre de 2022 El Peruano / de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales, asumir, competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional; Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 37º establece que los Gobiernos Regionales, a través del Consejo Regional dicta las siguientes normas: i) Ordenanzas Regionales, y ii) Acuerdos del Consejo Regional, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 39º del mismo cuerpo normativo, se establece que los Acuerdos de Consejo Regional Expresan la decisión de este órgano en asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una norma institucional; Que, la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022, en su artículo 11 numeral 1 señala: “11.1 (...). La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias”; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en su artículo 1º señala: “La presente Ley regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al tesoro público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE. Asimismo, en su artículo 2º, prescribe: “Las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad; y su artículo 5º, señala: “Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público presentara ante el titular del pliego de su institución un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas (…)”; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en su artículo 1º señala que: “La autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y de acuerdo con las disposiciones contenidas en el presente Reglamento”. Asimismo, el artículo 2º señala: “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…) Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”; Que, el artículo 8º numeral 3. del Reglamento Interno del Consejo Regional de Piura, aprobado por Ordenanza Regional Nº 212-2011/GRP-CR, modi fi cada por la Ordenanza Regional Nº 460-2022/GRP-CR y Ordenanza Regional Nº 470-2022/GRP-CR, que prescribe, son atribuciones del Consejo Regional, además de las señaladas en el artículo 15º de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, las siguientes: (…) 3. Autorizar al Gobernador Regional, Vicegobernador Regional, así como a los Consejeros Regionales a salir del país en comisión de servicios, así como concederles licencias, las que no pueden superar los cuarenta y cinco (45) días naturales al año; Que, mediante carta el señor Luis Casa Luengo - Gerente General de FUNDECYTPCTEX, cursa invitación al Gobernador Regional de Piura, para visitar la Región de Extremadura y fi rma de convenio de cooperación institucional, el próximo 19 de octubre 2022; con carta el Dr. Francisco J. Medina Díaz – Decano de la Facultad de Psicología. Universidad de Sevilla, cursa invitación al Gobernador Regional de Piura, para la suscripción de un convenio interinstitucional, para que sea suscrito el próximo 18 de octubre de 2022; con carta la señora María Pilar Sevilla García – Presidenta del Patronato de Fundación Energía sin Fronteras, cursa invitación al Gobernador Regional de Piura, para la suscripción de un convenio interinstitucional, para que sea suscrito en Madrid el día 17 de octubre de 2022; con carta el señor Juan Coronado – Director de Ignis Perú, cursa invitación al Gobernador Regional de Piura, para reunión en Madrid en el marco de la visita institucional, el próximo 17 de octubre en Madrid; con carta el señor Juan Manuel Alberquilla R.- Director Gerente de AFANIAS, cursa invitación al Gobernador Regional de Piura, para que conozca las instalaciones y fi rma del convenio interinstitucional en la fecha del 17 de octubre de 2022; y con carta el señor Antonio Verde Cordero – Director Gerente del Centro de Cirugía de Mínimo Invasión, cursa invitación al Gobernador Regional de Piura para la suscripción de un convenio interinstitucional, para que sea suscrito en España el día 20 de octubre próximo; Que, mediante Informe Nº 31-2022/GRP-420500, la Subgerencia Regional de Cooperación Técnica Internacional, emite informe técnico. Comisión de servicios de Gobernador Regional y autoridades a España, señalando que, los directivos de las instituciones españolas, invitan al Gobernador Regional de Piura, para la suscripción de convenios de cooperación interinstitucional en Madrid, Sevilla y Extremadura-España; y al tratarse de una visita o fi cial, en donde se abordaran diversos temas especí fi cos de índole cientí fi co y técnico de carácter multisectorial y de relaciones institucionales con directivos de la cooperación internacional y reuniones con autoridades del gobierno español al más alto nivel ejecutivo, es necesario que el Gobernador Regional de Piura asista acompañado de una delegación del gobierno, que permita la dinamización de estrategias para la implementación de los referidos proyectos, sugiriéndose para tal efecto que lo acompañen dos Consejeros Regionales; Que, mediante Memorando Nº 2082-2022/GOB. REG. PIURA-410000, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite informe técnico respecto a la Comisión de servicio del Gobernador Regional y dos Consejeros Regionales (por designarse) a la ciudad de Madrid, Sevilla y Extremadura – España, manifestando que, la Subgerente Regional de Cooperación Técnica Internacional, quien depende de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico garantiza que se cuenta con el crédito presupuestario disponible por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y libre de afectación para comprometer gastos por lo que no deberá signi fi car demandas adicionales de recursos al pliego. Asimismo, mediante Informe Nº 1187-2022/GRP-460000, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, concluye y recomienda que, en atención a la normatividad vigente y al sustento técnico opina continuar con el trámite para la autorización del viaje solicitado debiendo remitirse los actuados al Consejo Regional; Que, mediante Dictamen Nº 0033-2022/GRP-CR- CPPTyAT por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial, respecto, a la comisión de servicio del Gobernador Regional y dos Consejeros Regionales a la ciudad de MADRID, SEVILLA Y EXTREMADURA – ESPAÑA; recomienda que en atención a lo expuesto en el numeral 13 del artículo 21º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional Nº 212-20111/GRP-CR, habiendo revisado el expediente, esta comisión es de opinión que se eleve al pleno del Consejo Regional la solicitud de autorización de viaje a la ciudad de Madrid, Sevilla y Extremadura – España, desde el 15 al 22 de octubre del presente año, para la fi rma de 6 convenios de Cooperación Interinstitucional con organizaciones público y privadas, el mismo que cuenta con el presupuesto, siendo la fuente de fi nanciamiento: Recursos Ordinarios. Que, estando a lo acordado y aprobado por MAYORÍA, en Sesión Extraordinaria Nº 029-2022, celebrada el día 28