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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (05/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 132

132 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de octubre de 2022 El Peruano / ofi cio de PE de SERVIR, remitiendo copia informativa al(la) titular de la entidad Tipo B. Por Ordenanza RegionalGobiernos regionales, programas y proyectos especiales adscritos, y las empresas pertenecientes al gobierno regional. Informes Técnicos que contienen el análisis de 09 propuestas de CAP-P correspondientes : U.E 400: Salud Ica, 401: Hospital San José de Chincha, U.E 402: Salud Palpa-Nasca, U.E 403: Hospital Regional de Ica, U.E 404: Hospital San Juan de Dios de Pisco, U.E: 405: Hospital Santa María del Socorro de Ica, U.E 406: Red de Salud Ica, U.E 407: Hospital de Apoyo de Palpa, y la Red de Salud Chincha-Pisco; recomendando proseguir con las acciones administrativas necesarias para la aprobación del CAP Provisional de las mencionadas Entidades. Que, de conformidad a lo aprobado en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional de Ica, de fecha 27 de setiembre de 2022, con dispensa del Dictamen de Ley y con las atribuciones conferidas por la Ley N° 27783 de Descentralización, la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobierno Regionales, sus modi fi catorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LOS CUADROS PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL - CAP-P-2022, DE LAS 08 UNIDADES EJECUTORAS Y RED DE SALUD CHINCHA-PISCO, INMERSAS EN EL PROCESO DE NOMBRAMIENTO 2022, CONFORMANTES DEL SECTOR SALUD Artículo Primero.- APROBAR los Cuadros para Asignación de Personal Provisional - CAP-P-2022 de las 08 Unidades Ejecutoras y la Red de Salud Chincha-Pisco, conformantes del Sector Salud, por consiguiente en la actualidad sumando todas las instituciones y/o Unidades Ejecutoras involucradas en el presente proceso de nombramiento 2022 de la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de Ica, tiene un total de 4503 cargos o plazas, de los cuales 4007 están ocupados y 496 en la condición de previstos, según detalle de cada uno, y que se precisa en el siguiente cuadro: CONSOLIDADO PROYECTO CAP-P-2022 REGIÓN DE SALUD ICA UNIDAD EJECUTORA TOTAL OCUPADA PREVISTA 400SALUD ICA (DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD ICA) 212 189 23 401 HOSPITAL SAN JOSE DE CHINCHA 461 407 54 RED DE SALUD CHINCHA-PISCO 517 484 33 402SALUD PALPA-NASCA (HOSPITAL DE APOYO DE NASCA) 225 204 21 403 HOSPITAL REGIONAL DE ICA 1097 878 219 404HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS DE PISCO 446 405 41 405HOSPITAL SANTA MARIA DEL SOCORRO DE ICA 588 559 29 406 RED DE SALUD ICA 833 787 46407 HOSPITAL DE APOYO DE PALPA 124 94 30 TOTAL GENERAL 4503 4007 496 Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano del Gobierno Regional de Ica y a la Secretaría General del Consejo Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la Región y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ica.Comuníquese al señor Gobernador Regional de Ica para su promulgación y publicación. Dado en la ciudad de Ica, a los veintisiete días del mes de setiembre del dos mil veintidós. JOSUÉ CAMA CORDERO Consejero Delegado (S)Consejo Regional de Ica POR TANTORegístrese, comuníquese y cúmplase.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica, a los 30 días del mes de setiembre del dos mil veintidós. JAVIER GALLEGOS BARRIENTOS Gobernador Regional 2111738-1 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado, administrado por el Gobierno Regional Lambayeque, de predios ubicados en el distrito de Pimentel, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque (Se publica la Resolución Jefatural de la referencia, a solicitud del Gobierno Regional de Lambayeque, efectuada a través del Portal de Gestión de Atención al Cliente del Diario O fi cial El Peruano, el día 4 de octubre de 2022) RESOLUCIÓN JEFATURAL REGIONAL N° 000325-2021-GR.LAMB/ORAD [3894323 - 3] Chiclayo 29 de noviembre de 2021VISTO: El Informe Nº 073-2021-GR.LAMB/ORAD-DIATPF [384323-2] de fecha 29 de noviembre de 2021 y Certi fi cados de Búsqueda Catastral con Publicidad N° 1981830 del 11 de mayo del 2021 y 2691740 del 21 de junio del 2021, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece el TUO de la Ley 29151-Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D.S Nº 019-2019-VIVIENDA y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°008-2021-Vivienda; Que, el Gobierno Regional de Lambayeque es competente para inmatricular, administrar y adjudicar terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción con excepción de los terrenos de propiedad municipal conforme lo establece el Inc. j) del Art. 35° de la Ley 27783 Ley de Bases de Descentralización y el Art. 62° de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y artículo 101 del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por D.S N° 008-2021-VIVIENDA; Que, mediante Resolución Ministerial N° 429-2006- EF/10 publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 26 de julio de 2006, se comunicó que el 06 de marzo de 2006