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41 NORMAS LEGALES Viernes 21 de octubre de 2022 El Peruano / La UNAMAD se rige por el principio de autonomía universitaria que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú, la Ley Universitaria, el presente Estatuto y sus reglamentos correspondientes. Esta autonomía se mani fi esta en los siguientes regímenes: a) Normativo, b) Gobierno, c) Académico, d) Administrativo, e) Económico”; Que, la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, tiene por objeto normar la creación, funcionamiento, supervisión y cierre de las universidades. Promueve el mejoramiento continuo de la calidad educativa de las instituciones universitarias como entes fundamentales del desarrollo nacional, de la investigación y de la cultura. Asimismo, establece los principios, fi nes y funciones que rigen el modelo institucional de la universidad; Que, asimismo, el artículo 1 de la citada Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que el Ministerio de Educación es el ente rector de la política de aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria; Que, con Resolución Nº 057-2020-UNAMAD-R, de fecha 25 de febrero de 2020, se resuelve en APROBAR, el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF), estructura orgánica y organigrama de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, que establece competencias, funciones generales, funciones especí fi cas de las unidades orgánicas y órganos; Que, por Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU de fecha 02 de diciembre de 2019, se aprueba los Lineamientos para la Formulación del Reglamento de Organización y Funciones-ROF de las Universidades Públicas, que tienen por fi nalidad generar predictibilidad en la formulación y contenido del Reglamento de Organización y Funciones de las Universidades Públicas, a través de un diseño organizacional que contemple la naturaleza y complejidad de sus funciones; y, garantice la adecuada prestación de los servicios de manera efi caz, e fi ciente y de calidad, en concordancia con la Ley Universitaria; Que, el numeral 6.6 de los citados lineamientos, establece, que las Universidades Públicas aprueban su Reglamento de Organización y Funciones, de manera integral mediante Resolución del Titular de la entidad, en concordancia con el numeral 45.3 del artículo 45 de los Lineamientos de Organización del Estado; Que, con O fi cio Nº 098-2022-UNAMAD/R/OPEP- UME, de fecha 31 de mayo de 2022, la Jefe de la Unidad de Modernización y Estadística, remite al Jefe (e) de la Ofi cina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, propuesta del Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la UNAMAD, para su respectiva revisión por la Dirección General de Educación Superior Universitaria. El mismo que con O fi cio Nº 0796-2022-UNAMAD-R-OPEP, es remitido al Rector para las acciones administrativas correspondientes; Que, con O fi cio Nº 0572-2022-UNAMAD-R, de fecha 31 de mayo de 2022, el Rector, solicita a la Dirección General de Educación Superior Universitaria, emitir opinión sobre la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios; Que, con O fi cio Nº 00684-2022-MINEDU/VMGP- DIGESU, de fecha 16 de junio de 2022, el Director General de Educación Superior Universitaria, remite adjunto el Informe Nº 00084-2022-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, del Coordinador en Modernización del Estado y Documentos de Gestión, mediante el cual, emite opinión favorable a la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la UNAMAD de conformidad con lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU; Que, con Informe Nº 034-2022-UNAMAD-R-OPEP- UME, de fecha 20 de junio de 2022, la Jefe de la Unidad de Modernización, en virtud al considerando precedente, recomienda lo siguiente: 1) Elevar la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la UNAMAD, informe técnico sustentatorio y estructura orgánica para su aprobación en cumplimiento del numeral 6.6 donde señala que las universidades publicas aprueban su Reglamento de Organización y Funciones, de manera integral mediante Resolución del Titular de la entidad en concordancia con el numeral 45.3 del artículo 45º de los Lineamientos de Organización del Estado (…). 2) Se recomienda la publicación de la resolución que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios (UNAMAD), en el Diario O fi cial “El Peruano”; así como la publicación en el Portal Institucional: www.unamad.edu.pe. 3) Comunicar a DIGESU del Ministerio de Educación dentro del plazo máximo de quince (15) días hábiles, la aprobación del ROF e informe técnico sustentatorio, en cumplimiento del numeral 7.2.2 de la R.M. 588-2019-MINEDU. 4) Se noti fi que el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios (UNAMAD), a las unidades académicas y administrativas pertinentes para su conocimiento y acciones pertinentes, toda vez que constituye el instrumento normativo que regula la organización de la Universidad; Que, con O fi cio Nº 0939-2022-UNAMAD-R-OPEP, de fecha 22 de junio de 2022, la Jefe de la O fi cina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, remite al Rector, la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la UNAMAD, para su aprobación mediante acto resolutivo; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, a fi n de contar con un documento de gestión actualizado; Que, con el Expediente Nº 1591, recepcionado en fecha 22 de junio de 2022, el Rector dispone se emita la respectiva resolución rectoral; Que, el inciso c) del artículo 110º del Estatuto de la UNAMAD, dispone como una de las atribuciones y funciones del Rector: “Dirigir la actividad académica de la Universidad y su gestión administrativa, económica y fi nanciera”; Que, estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector de la UNAMAD, por la Ley Universitaria Nº 30220, el Estatuto de la UNAMAD, y la Resolución de Comité Electoral Nº 012-2021-UNAMAD-CEU, de fecha 15 de noviembre de 2021; SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR, el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF), estructura orgánica, y organigrama de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, que consta de una sección primera con tres (03) Títulos, una sección segunda con un (01) Título, y ciento cuarenta y tres (143) artículos; que en sesenta y seis (66) folios, forma parte anexa de la presente resolución. Artículo 2º.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolución Nº 057-2020-UNAMAD-R, de fecha 25 de febrero de 2020, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la UNAMAD. Artículo 3º.- ELEVAR, la presente Resolución y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado en el artículo 1º, a la Dirección General de Educación Superior Universitaria-DIGESU del Ministerio de Educación. Artículo 4º.- DISPONER, que la Dirección General de Administración en coordinación con la Unidad de Abastecimiento, proceda a la publicación de la presente resolución, en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 5º.- NOTIFICAR, vía correo electrónico institucional, la presente resolución y contenido a las unidades académicas y administrativas pertinentes, para su conocimiento y cumplimiento. Artículo 6º.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución y Reglamento de Organización y Funciones (ROF), en el portal web institucional de la UNAMAD, sección documentos de gestión a través de la O fi cina de Tecnologías de la Información, para conocimiento y cumplimiento de la Comunidad Universitaria. Regístrese, publíquese y cúmplase.HERNANDO HUGO DUEÑAS LINARES Rector 2117430-1