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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (21/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Viernes 21 de octubre de 2022 El Peruano / tres (3) meses, para atender las solicitudes de la ATU relacionadas con los predios del Estado para el Proyecto “Línea 2 y Ramal Av. Faucett – Av. Gambeta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao”, en el marco del Convenio de Colaboración Interinstitucional suscrito entre la SBN y la ATU y, lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 018-2019. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada por la presente resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2022 del Pliego 203: Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, Unidad Ejecutora 001: Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, Categoría Presupuestal 0148: Reducción del Tiempo, Inseguridad y Costo Ambiental en el Transporte Urbano, Proyecto 2233850: Construcción de la Línea 2 y Ramal Av. Faucett-Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao, Provincias de Lima y Callao, Departamento de Lima, Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, Categoría de Gasto 6: Gasto de Capital, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de S/ 114 000.00 (Ciento Catorce Mil y 00/100 Soles). Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal web institucional de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU (www.atu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA ESPERANZA JARA RISCO Presidenta Ejecutiva 2117597-1 CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Aprueban transferencias financieras a entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 122-2022-CONCYTEC-P Lima, 19 de octubre de 2022VISTOS: El O fi cio N° D000029-2022-PROCIENCIA- DE, el Informe Técnico - Legal Nº 022-2022-PROCIENCIA-UGG-UPP-UAL y Proveído N° 096-2022-PROCIENCIA-DE del Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados – PROCIENCIA, el Informe N° D000011-2022-CONCYTEC-OGPP-OPP-JAC de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, que cuenta con la conformidad de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto otorgada mediante Memorando N° D000091-2022-CONCYTEC-OGPP; y, el Informe N° D000048-2022-CONCYTEC-OGAJ-EAF y Proveído N° D000308-2022-CONCYTEC-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Decreto Supremo N° 051-2021-PCM, se crea el Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados - PROCIENCIA, sobre la base del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co y de Innovación Tecnológica – FONDECYT, y por medio de la Resolución de Presidencia Nº 058-2021-CONCYTEC-P, de fecha 9 de junio de 2021, se aprueba el Manual de Operaciones – MOP del Programa PROCIENCIA, el mismo que establece su estructura; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 088-2021- CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva N° 003-2021-CONCYTEC-P denominada “Directiva que regula el proceso de aprobación de Transferencias Financieras y Otorgamiento de Subvenciones en el Pliego Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC”, en adelante, la Directiva; Que, los numerales 6.1.1 y 6.1.2 de la Directiva establecen que la Unidad de Gestión de Concursos, en coordinación con la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Asesoría Legal del Programa PROCIENCIA son responsables, cada una en el ámbito de su competencia, de la información que se consigne en el ITL, así como veri fi car que los convenios, contratos y adendas a mérito de los cuales se van a realizar las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, se encuentren debidamente suscritos. Asimismo, elaboran y suscriben el Informe Técnico Legal (ITL), en el que se sustenta la necesidad de aprobación de las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, utilizando para ello el Formato del Anexo N° 01 e incluyen la copia de los Certi fi cados de Crédito Presupuestario; Que, el numeral 6.2.2 de la Directiva señala que la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC evalúa la solicitud en materia presupuestal y procede a emitir opinión técnica y de ser favorable remite el expediente a la O fi cina General de Asesoría Jurídica; Que, conforme al Numeral 6.2.3 de la Directiva, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica con la opinión favorable de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, procede a elaborar el proyecto de resolución de aprobación de transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país; Que, mediante el O fi cio Nº D00029-2022- PROCIENCIA-DE y Proveído N° 096-2022-PROCIENCIA-DE, la Dirección Ejecutiva del Programa PROCIENCIA solicita se aprueben las transferencias fi nancieras a entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, que ascienden a un importe total de 1’949,299.43 (Un Millón Novecientos Cuarenta y Nueve Mil Doscientos Noventa y Nueve y 43/100 Soles), que permitirá co fi nanciar los proyectos ganadores del concurso de los Esquemas Financieros E041-2022-04 “Proyectos de Desarrollo Tecnológico”, E072-2022-01 “Desafío 2022” y E041-2022-02 “Proyectos de Investigación Aplicada, E041-2022-01 “Proyectos de Investigación Básica”, E041-2021-02 “Proyectos de Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico”, E041-2021-01 “Proyectos de Investigación Básica”, E041-2020-01 “Proyectos de Investigación Básica”, E041-2020-02 “Proyectos de Investigación Aplicada y