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18 NORMAS LEGALES Jueves 27 de octubre de 2022 El Peruano / en la ejecución de intervenciones en actividades. Es un documento o fi cial y su empleo debe cumplir las condiciones y procedimientos de un Cuaderno de Obra, conforme lo establezcan las Entidades. 4.14 Entidades: Son los Ministerios, Organismos Públicos Ejecutores, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que, en el marco de sus competencias, fi nancian intervenciones para ejecutar infraestructura social básica, productiva y natural o de mantenimiento de las mismas, bajo la modalidad de Núcleo Ejecutor. 4.15 Expediente Ejecutivo: Conjunto de documentos de carácter técnico, social, ambiental y/o económico, que permiten la adecuada ejecución de intervenciones en actividades a fi nanciar, en el marco de la Ley. Contiene la memoria descriptiva, especi fi caciones técnicas, memoria de cálculo, metrados, análisis de precios unitarios, presupuesto, cronograma de ejecución, planos, entre otros, según lo requiera la naturaleza de la intervención, la normativa técnica sectorial vigente y los requisitos señalados por las Entidades. 4.16 Expediente Técnico: Conjunto de documentos de carácter técnico, social, ambiental y/o económico, que se elabora cuando las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición (IOARR) a fi nanciar, en el marco de la Ley. Contiene la memoria descriptiva, especi fi caciones técnicas, memoria de cálculo, metrados, análisis de precios unitarios, presupuesto, cronograma de ejecución, planos. Incluye el estudio topográ fi co, estudio de suelos, estudio geológico, de impacto ambiental, estudio de riesgo, entre otros; según lo requiera la naturaleza de la intervención, la normativa técnica sectorial vigente y los requisitos señalados por las Entidades. 4.17 Gestor Social : Profesional evaluado y seleccionado por las Entidades, el cual es contratado por el Núcleo Ejecutor como responsable de las acciones sociales y el fortalecimiento de capacidades de los actores clave durante las etapas de elaboración del expediente ejecutivo, ejecución y post ejecución, según corresponda; orientados a una adecuada gestión y a la sostenibilidad de las intervenciones. Las acciones a realizar por el Gestor Social se encuentran estipuladas en los Términos de Referencia, aprobados por las Entidades y forma parte del contrato suscrito con el Núcleo Ejecutor. 4.18 Intervenciones: Son las siguientes: 4.18.1 Intervenciones de infraestructura social básica: Son inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición (IOARR) y, las actividades para la ejecución de pequeñas obras, cuyo objeto es contribuir a satisfacer las necesidades básicas de la población rural o periurbana en situación de pobreza y extrema pobreza, entre ellas las vinculadas a infraestructura de centros educativos, puestos de salud, agua potable, letrinas, reservorios, minipresas, reparación o apertura de trochas carrozables, puentes, muros de contención, redes secundarias de electri fi cación, mejoramiento de vivienda social, entre otras. 4.18.2 Intervenciones en infraestructura productiva : Son inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición (IOARR) y, actividades que coadyuven al fortalecimiento de la base productiva y valor agregado de la misma con obras de infraestructura económica productiva, facilitando la producción agraria, transformación y comercialización de productos alimentarios y agroindustriales en el ámbito rural y periurbano en condición de pobreza y pobreza extrema. Las obras de infraestructura productiva son obras de riego, conservación de suelos, reforestación, de apoyo a la comercialización y postcosecha (centros de acopio, pequeñas plantas de transformación y producción, piscigranjas, pequeños mercados, entre otros); apoya los negocios rurales en forma sostenible, entre otras. Las intervenciones de apoyo a la comercialización y postcosecha (centros de acopio, pequeñas plantas de transformación y producción, piscigranjas, pequeños mercados) a las que hace referencia, son a través de Actividades. 4.18.3 Intervenciones de infraestructura natural: Son inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición (IOARR) y, actividades de intervención directa o indirecta a nivel de las cuencas que proveen de servicios ecosistémicos a las poblaciones locales para conservar o recuperar las capacidades naturales de los ecosistemas en la regulación hídrica, captura de carbono, conservación de suelos o control de desastres. Se comprende por servicios ecosistémicos a aquellos bene fi cios económicos, sociales y ambientales, directos e indirectos que las personas obtienen del buen funcionamiento de los ecosistemas. Entre las inversiones de infraestructura natural se encuentran la reforestación, la restauración ecológica, la reconstrucción de andenería, reconstrucción de canales ancestrales de in fi ltración, manejo de pastos naturales, microembalses para in fi ltración de agua, soluciones ecológicas de tratamiento de aguas residuales, conservación de biodiversidad, siembra y cosecha de agua, entre otras. 4.19 Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR): Defi nido en la normativa del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. 4.20 Liquidación Final: Es el acto a través del cual se determina formalmente el monto efectivamente gastado en una intervención concluida y operativa en concordancia con el convenio y el expediente. La liquidación fi nal comprende las rendiciones fi nancieras, técnicas, de capacitación técnica y gestión social, de corresponder, presentadas por el Núcleo Ejecutor a la comunidad y a la Entidad, con la documentación que la sustente en original. 4.21 Mano de obra local cali fi cada: Trabajadores que desempeñan actividades cuya ejecución requiere estudios técnicos, superiores y experiencia y que son parte de la comunidad bene fi ciaria, residen habitualmente en la(s) localidad(es) que se implementan las intervenciones; por ejemplo, técnicos, obreros, ofi ciales, operarios y artesanos de las artes mecánicas y de otros o fi cios; así como, operadores de instalaciones y máquinas. 4.22 Mano de obra local no cali fi cada: Trabajadores que desempeñan actividades cuya ejecución no requiere estudios ni experiencia y que son parte de la comunidad bene fi ciaria, residen habitualmente en la(s) localidad(es) que se implementan las intervenciones; por ejemplo, peones, cargadores, jornaleros o realizan labores de acarreo de materiales, fl ete rural con acémilas, canoas; de provisión de ichu o tierra, etc. 4.23 Núcleo Ejecutor o Núcleos Ejecutores : Es la agrupación de particulares organizados, que tienen en común residir en un mismo ámbito territorial de cualquier categoría de zonas rurales y periurbanas, constituida como tal, con el objetivo de ejecutar intervenciones de infraestructura social básica, productiva y natural. Es de carácter temporal y con capacidad jurídica para contratar e intervenir en procedimientos administrativos y procesos judiciales, y se rige por las normas del sector privado con la fi nalidad de implementar y cumplir con los objetivos para los cuales fue constituida. 4.24 Pequeña obra: Intervenciones de infraestructura social básica, que cuentan con elementos que son factibles de ser ejecutados, demolidos, renovados o habilitados con participación de los Núcleos Ejecutores. 4.25 Población bene fi ciaria: Comunidad en situación de pobreza o pobreza extrema o afectada por el terrorismo en el ámbito urbano y periurbano. En el caso de comunidades afectadas por el terrorismo deben encontrarse inscritas en el Registro Único de Víctimas (RUV) de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel (CMAN) adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos o el que haga sus veces. 4.26 Post ejecución: Acción de capacitación posterior a la culminación física de la intervención, que se realiza por un periodo determinado previo a la liquidación fi nal, que contribuye a asegurar la sostenibilidad operativa y está a cargo del profesional contratado por el Núcleo Ejecutor o de la Entidad que fi nancia la intervención, según corresponda al diseño de la Entidad. 4.27 Profesionales: Son aquellas personas con título profesional o de carrera técnica que ejercen actividades habituales, que brindan servicios de asistencia técnica,