TEXTO PAGINA: 39
39 NORMAS LEGALES Viernes 28 de octubre de 2022 El Peruano / Empresas Aportantes Empresas Aportantes Electro Ucayali Electrosur Fecha Límite de 15/12/2022 15/01/2023 15/02/2023 15/12/2022 15/01/2023 15/02/2023 Transferencia Empresas Electrocentro 371 561 372 253 372 948 15 339 15 196 15 052 Receptoras Empresas Aportantes Seal Fecha Límite de 15/12/2022 15/01/2023 15/02/2023 Transferencia Empresas Electrocentro 391 994 393 186 394 384 Receptoras Artículo 3.- Publicación de la Resolución Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2022.aspx, conjuntamente con el Informe Técnico N° 588-2022-GRT y el Informe Legal N° 587-2022-GRT, que forman parte integrante de esta resolución. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Aplicación de los descuentos de conformidad con la Ley 31429 en los pliegos tarifarios a usuario fi nal vigentes a partir del 01 de enero de 2023 Las disposiciones previstas en la Ley 31429, referidas al rango de consumo, bene fi ciarios, descuentos, incorporación de los usuarios libres y criterios de exclusión de usuarios, vigentes desde enero de 2023, para efectos de fi jación del recargo y programa de transferencia, se incorporarán como parte de las liquidaciones y recálculos del periodo 04 de febrero de 2023 al 30 de abril de 2023. Dicha consideración no condiciona la aplicación de los descuentos de conformidad con la Ley 31429 en los pliegos tarifarios a usuario fi nal vigentes a partir del 01 de enero de 2023. OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2119710-1 Disponen la publicación para comentarios del proyecto normativo que modifica la Norma “Manual de Costos basado en actividades aplicable a las empresas de distribución eléctrica”, aprobado por Resolución N° 218-2020-OS-CD RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 193-2022-OS/CD Lima, 25 de octubre de 2022 CONSIDERANDO: Que, el literal c) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 27332, Ley Marco de Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, señala que la función normativa comprende la facultad de dictar en el ámbito y materia de sus respectivas competencias, entre otros, reglamentos y normas técnicas. En tal sentido, el artículo 21 del Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, precisa que corresponde a Osinergmin emitir de manera exclusiva y dentro de su ámbito de competencia, reglamentos y normas de carácter general, aplicables a todas las entidades y usuarios que se encuentren en las mismas condiciones. Estos reglamentos y normas podrán defi nir los derechos y obligaciones de las entidades y de éstas con sus usuarios; Que, través de la resolución del Consejo Directivo del Osinergmin N° 218-2020-OS-CD (en adelante, “Resolución 218”), se aprobó la Norma “Manual de Costos basado en actividades aplicable a las empresas de distribución eléctrica” (en adelante, “Manual de Costos”), cuya fi nalidad es proporcionar a las EDE los códigos contables para el registro de las actividades que realizan, de acuerdo con la estructura de códigos del Plan Contable General Empresarial o fi cializado en el Perú y homogenizado con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF); El Osinergmin con O fi cio N°457-2021-GRT, de fecha 06 de mayo de 2021, solicitó a las empresas concesionarias de distribución eléctrica (en adelante “EDE”) un informe acerca de las acciones y el nivel de avance sobre la implementación del Manual de Costos, y de ser el caso, formular las consultas referentes a la implementación del Manual de Costos por Actividades, las cuales deberían remitirse junto con el informe solicitado; Que, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario o fi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales; Que, de conformidad con el artículo 25 del Reglamento General de Osinergmin constituye requisito para la aprobación de los reglamentos y normas de alcance general que dicte el Organismo Regulador, dentro de su ámbito de competencia, que sus respectivos proyectos hayan sido publicados, a fi n de que los interesados presenten sus opiniones y sugerencias por un plazo no menor a (15) días calendario, sin que ello tenga carácter vinculante ni de lugar al inicio de un procedimiento administrativo; Que, en atención a los dispositivos legales citados, corresponde publicar en el diario o fi cial El Peruano, el proyecto de resolución que aprueba las Propuestas de Mejora a la Norma “Manual de Costos basado en actividades aplicable a las empresas de distribución eléctrica”, para la recepción de comentarios y sugerencias por parte de los interesados; Que, se han expedido los Informes N° 586-2022-GRT y N° 590-2022-GRT de la Gerencia de Regulación de Tarifas, los cuales complementan la fundamentación que sustenta la decisión de Osinergmin; Que, conforme al Informe N° 68-2022-OS-GPAE elaborado por la Gerencia de Políticas y Análisis