NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (02/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 168
TEXTO PAGINA: 63
63 NORMAS LEGALES Viernes 2 de setiembre de 2022 El Peruano / Artículo Noveno.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte: 9.1 Culminar, a partir del 1 de setiembre de 2022, con el cierre de turno del 2°, 3°, 4° y 5° Juzgados Civiles del Distrito de Independencia. 9.2 El 2°, 3° y 5° Juzgados Civiles del Distrito de Independencia, redistribuyan de manera equitativa y aleatoria al 1° y 6° Juzgados Civiles del referido distrito, la cantidad de 125, 525 y 390 expedientes de su carga pendiente en etapa de trámite, a fin de equilibrar sus cargas pendientes. Artículo Décimo.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Loreto: 10.1 Ampliar, a partir del 1 de setiembre de 2022, la itinerancia del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Andoas, Provincia de Datem del Marañon, hacia el Centro Poblado Saramiriza, Distrito de Manseriche, de la misma provincia y Corte Superior de Justicia, por un periodo de tres meses, y de acuerdo a un cronograma que apruebe el presidente de esa Corte Superior de Justicia. 10.2 Reiterar al presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto a efecto que informe al presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial en un plazo no mayor a veinte días calendario, respecto a lo dispuesto mediante las Resoluciones Administrativas Nros.194 y 281-2021-CE-PJ, relacionado con las acciones adoptadas para subsanar la omisión del registro de la información estadística de ingresos y resueltos en el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Andoas, Provincia de Dátem del Marañón; Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Napo, Provincia de Maynas; Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Urarinas, Provincia de Loreto; Juzgado de Paz Letrado - Comisaría de Nauta del Distrito de Nauta, de la misma provincia; y el Juzgado de Paz Letrado del Distrito y Provincia de Putumato; y que se adopten las acciones correctivas para que el encargado del monitoreo de esta información cumpla con sus funciones. Artículo Undécimo.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios: 11.1 Ampliar, a partir del 1 de setiembre de 2022, la itinerancia del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Laberinto, Provincia de Tambopata, hacia la sede judicial del Distrito de Tambopata, por un periodo de cuatro meses, y de acuerdo a un cronograma que apruebe el presidente de esa Corte Superior de Justicia. 11.2 Que la Gerencia General del Poder Judicial efectúe la evaluación técnica correspondiente que permita solucionar de ser posible, la de ficiencia del servicio de internet en la sede judicial del Juzgado de Paz Letrado de Laberinto, Provincia de Tambopata. Artículo Duodécimo.- Prorrogar, a partir del 1 de setiembre de 2022, la ampliación de la competencia territorial del 1°, 2° y 3° Juzgados Civiles del Distrito de Ventanilla, Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla, hacia el Distrito de Puente Piedra; manteniendo el turno cerrado para el ingreso de expedientes de este distrito, hasta que culminen con tramitar la carga pendiente proveniente del Distrito de Puente Piedra, debiendo informar el presidente de Corte Superior de dicha condición, a efecto de culminar en su momento con dicha ampliación de competencia territorial. Artículo Decimotercero.- Disponer que los gastos que se generen por la labor de itinerancia del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Tambobamba, Provincia de Cotabambas, hacia los Distritos de Challhuahuacho y Haquira, Corte Superior de Justicia de Apurímac; del Juzgado Mixto del Distrito y Provincia de Bolívar, hacia el Distrito y Provincia de Celendín, Corte Superior de Justicia de Cajamarca; del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Andoas, Provincia de Datem del Marañon, hacia el Centro Poblado Saramiriza, Distrito de Manseriche, de la misma provincia, Corte Superior de Justicia de Loreto; y del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Laberinto, Provincia de Tambopata hacia la sede judicial del Distrito de Tambopata, Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, serán financiados en su totalidad con cargo a las partidas presupuestarias asignadas a sus respectivas Cortes Superiores de Justicia. Artículo Decimocuarto.- Transcribir la presente resolución a la O ficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, O ficina de Productividad Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2101390-3 Prorrogan el funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal y disponen medidas administrativas en diversas Cortes Superiores de Justicia CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000326-2022-CE-PJ Lima, 31 de agosto del 2022VISTO:El O ficio N° 00048-2022-P-CNPJ-CE-PJ cursado por el presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, que adjunta el Informe N° 00038-2022-OPJ-CNPJ-CE-PJ del jefe de la O ficina de Productividad Judicial, concerniente a la prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios con vencimiento al 31 de agosto de 2022, y otras propuestas. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 447-2022-CE-PJ, 057-2022- CE-PJ, 065-2022-CE-PJ, 106-2022-CE-PJ, 121-2022-CE-PJ, 150-2022-CE-PJ y 199-2022-CE-PJ, se prorrogó hasta el 31 de agosto de 2022, el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios que se encuentran bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial; así como la apertura de turno de algunos órganos jurisdiccionales transitorios, disponiéndose además que las Comisiones Distritales de Productividad Judicial cumplan con monitorear el funcionamiento de la producción de los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal, y emitir informe de la labor realizada por los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios. Segundo. Que, el presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial mediante O ficio N° 00048-2022-P-CNPJ-CE-PJ, elevó a este Órgano de Gobierno el Informe N° 00038-2022-OPJ-CNPJ-CE-PJ, del jefe de la O ficina de Productividad Judicial, correspondiente a las propuestas de prórroga de los órganos jurisdiccionales transitorios cuyo plazo de funcionamiento vence el 31 de agosto de 2022, a través del cual informó lo siguiente: a) El presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, mediante O ficio N° 1349-2022-P-CSJAR-PJ, ha solicitado que el Juzgado de Paz Letrado Permanente del Distrito de Jacobo Hunter redistribuya 600 expedientes al Juzgado de Paz Letrado Transitorio del mismo distrito; observándose que el Juzgado de Paz Letrado Transitorio del referido distrito, que inició su funcionamiento con turno cerrado el 1 de abril de 2022, resolvió al mes de