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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (02/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Viernes 2 de setiembre de 2022 El Peruano / Artículo Sétimo.- Prorrogar, en vía de regularización, la vigencia de funcionamiento del Juzgado Penal Colegiado Conformado Especializado en Corrupción de Funcionarios, distrito y Provincia de Chiclayo, Distrito Judicial de Lambayeque, creado mediante Resolución Administrativa N° 0044-2020-CE-PJ; la misma que tendrá vigencia conforme al plazo de prórroga otorgado al Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, del mismo distrito y provincia. Artículo Octavo.- Prorrogar, hasta el 30 de noviembre de 2022, el cierre de turno ordinario para el ingreso de expedientes de procesos comunes al 1° y 2° Juzgados de Investigación Preparatoria Permanentes del Distrito de Amarilis, Provincia de Huánuco, Distrito Judicial de Huánuco; al término del plazo se deberá aperturar el turno nuevamente. Artículo Noveno.- Prorrogar, hasta el 30 de noviembre de 2022, la apertura del turno ordinario para el ingreso de expedientes de procesos comunes al Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de Huánuco, en su función como Juzgado de Investigación Preparatoria, con la misma competencia territorial que el 1° y 2° Juzgados de Investigación Preparatoria Permanentes del Distrito de Amarilis, Provincia de Huánuco, Distrito Judicial de Huánuco; al término del plazo se deberá cerrar el turno nuevamente. Artículo Décimo.- Disponer que las Presidencias de la Cortes Superiores de Justicia de Lambayeque y Huánuco, en coordinación con la Gerencia de Informática de la Gerencia General, realicen las coordinaciones en el Sistema Integrado Judicial para el ingreso de expedientes según lo especi ficado en los artículos sexto, sétimo, octavo y noveno de la presente resolución. Artículo Décimo Primero.- Desestimar el requerimiento de apertura de turno para los ingresos nuevos al Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Zona Sur de Ica, propuesto por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica; debido a que todavía mantiene una carga considerable por tramitar y no alcanzó el estándar de producción establecido por la normativa vigente; sin perjuicio que en un corto plazo de acuerdo a su nivel de productividad y carga procesal, se opte por disponer medidas administrativas distintas. Artículo Décimo Segundo.- Facultar a los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Ica, Lima Norte, Lambayeque, Huánuco y Puente Piedra - Ventanilla, que tomen las medidas administrativas necesarias para la ejecución de lo indicado. Artículo Décimo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la O ficina de Control de la Magistratura, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia del Callao, Ica, Lima Norte, Lambayeque, Huánuco, Puente Piedra - Ventanilla; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2101390-2 Disponen medidas administrativas en diversas Cortes Superiores de Justicia CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000325-2022-CE-PJ Lima, 31 de agosto del 2022VISTO:El O ficio N° 0049-2022-P-CNPJ-CE-PJ cursado por el presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, que adjunta el Informe N° 0039-2022-OPJ-CNPJ-CE-PJ del jefe de la O ficina de Productividad Judicial; respecto a las propuestas de ampliación del plazo de funcionamiento de órganos jurisdiccionales permanentes con plazo de funcionamiento al mes de agosto de 2022 y otros aspectos. CONSIDERANDO: Primero. Que, por Resolución Administrativa N° 104-2022-CE-PJ, de fecha 24 de marzo de 2022, se dispuso prorrogar a partir del 1 de abril hasta el 31 de agosto de 2022, la itinerancia del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Tambobamba, Provincia de Cotabambas, Corte Superior de Justicia Apurímac, hacia los distritos de Challhuahuacho y Haquira, de la misma Corte Superior; así como la itinerancia del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Andoas, provincia de Datem del Marañon, Corte Superior de Justicia de Loreto, hacia el Centro Poblado de Saramiriza, distrito de Manseriche, de la misma provincia y Corte Superior. Segundo. Que, mediante Resolución Administrativa N° 198-2022-CE-PJ, de fecha 31 de mayo de 2022, se dispuso, a partir del 1 de junio hasta el 31 de agosto de 2022, las siguientes disposiciones administrativas: a) Prorrogar la apertura de turno del 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados del distrito y provincia de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash. b) Prorrogar el cierre de turno del 3° Juzgado de Paz Letrado del distrito y provincia de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash. c) Prorrogar, la itinerancia del Juzgado Mixto del distrito y provincia de Bolívar hacia el distrito y provincia de Celendín, Corte Superior de Justicia de Cajamarca. d) El cierre de turno para el ingreso de nuevos expedientes en etapa de trámite del 2°, 3°, 4° y 5° Juzgados Civiles del distrito de Independencia, Corte Superior de Justicia de Lima Norte. e) La itinerancia del Juzgado Mixto del distrito y provincia de Bolívar hacia el distrito y provincia de Celendín, Corte Superior de Justicia de Cajamarca. f) Prorrogar la ampliación de la competencia territorial del 1°, 2° y 3° Juzgados Civiles del distrito de Ventanilla, Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla. Tercero. Que, a través de la Resolución Administrativa N° 226-2022-CE-PJ, de fecha 21 de junio de 2022, se dispuso, a partir del 1 de junio hasta el 31 de agosto de 2022, el cierre de turno del 5° Juzgado de Familia subespecializado en Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar, Corte Superior de Justicia de Lima. Cuarto. Que, por Resolución Administrativa N° 256-2022-CE-PJ, de fecha 28 de junio de 2022, se dispuso, a partir del 1 de julio hasta el 31 de agosto de 2022, el cierre de turno para el ingreso de expedientes del 1°, 2°, 5°, 6° y 7° Juzgados de Paz Letrados - Surco y San Borja, Corte Superior de Justicia de Lima. Quinto. Que, el presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial mediante por O ficio N° 0049-2022-P-CNPJ-CE-PJ, elevó a este Órgano de Gobierno el Informe N° 0039-2022-OPJ-CNPJ-CE-PJ, del jefe de la O ficina de Productividad Judicial, a través del cual informó lo siguiente: a) Mediante O ficio N° 1519-2022-P-CSJAN/PJ, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash solicitó la ampliación de la apertura de turno del 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados del distrito y provincia de Huaraz, y el cierre de turno del 3° Juzgados de Paz Letrado del mismo distrito y provincia; al respecto, al mes de junio de 2022 el 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados de Huaraz, resolvieron 447 y 407 expedientes de la especialidad penal, lo cual es mayor a lo resuelto en la especialidad familia de 139 y 138 y en la especialidad civil de 89 y 61 expedientes, situación que es similar a la presentada por el 3° Jugado de Paz Letrado de Huaraz, que resolvió 216, 107 y 41 expedientes, en las especialidades penal, familia y civil, respectivamente; sobre el particular, teniendo en cuenta que el 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados de Huaraz estiman para fines del presente año unos ingresos en la especialidad penal de 2,116 expedientes, y que la carga