NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (02/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 168
TEXTO PAGINA: 74
74 NORMAS LEGALES Viernes 2 de setiembre de 2022 El Peruano / Artículo Sétimo.- Delegar facultades a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y a los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia del país para que en el marco de lo establecido en la presente resolución, dispongan las medidas sanitarias necesarias; así como de los recursos humanos y logísticos para el adecuado funcionamiento de órganos jurisdiccionales del 1 al 30 de setiembre de 2022, y dictar las medidas complementarias que se requieran; según la realidad y ubicación geográ fica de cada sede judicial, dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Octavo.- Delegar facultades a la señora Presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y a los Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia del país, a fin que emitan las medidas pertinentes respecto a las modi ficaciones de los niveles de alerta por provincia y departamento que dicte el Gobierno Central, para la prevención y control de la propagación del COVID-19. Las medidas que emitan deben ser focalizadas y progresivas, empezando por la o ficina y sede judicial, a fin de no afectar el servicio público esencial de administración de justicia. Artículo Noveno.- Disponer que los Presidentes de las Salas Especializadas de la Corte Suprema de Justicia de la República remitan el informe sobre la labor jurisdiccional de cada juez/a, al vencimiento de cada mes, a la O ficina de Productividad Judicial; posteriormente la referida información se presentará al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su análisis y pronunciamiento que corresponda. Asimismo, establecer que las O ficinas Distritales de Productividad Judicial reciban la información sobre la labor jurisdiccional que remitan los Presidentes de las Salas Superiores Especializadas y Mixtas de las Cortes Superiores de Justicia del país. Los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país, remitirán al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial copia de la mencionada información, para su análisis por la O ficina de Productividad Judicial; conforme a lo establecido en la Resolución Administrativa N° 000316-2021-CE-PJ. Artículo Décimo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, O ficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes/as de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, O ficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, O ficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2101390-7 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Conforman la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000302-2022-P-PJ Lima, 30 de agosto de 2022 Primero. El 4 de enero de 2022, mediante Resolución Administrativa N.º 00001-2022-P-PJ, se designó a la señora Ana María Aranda Rodríguez como presidenta de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República; no obstante, frente a la sanción impuesta a la referida magistrada por la Junta Nacional de Justicia, mediante resoluciones disciplinarias números 046-2022-PLENO-JNJ y 105-2021-PLENO-JNJ, se expidió la Resolución Administrativa N.º 158-2022-P-PJ, del 3 de mayo de 2022, que dispuso la reconformación de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema. Segundo. Luego, debido al nombramiento de nuevos magistrados supremos titulares, mediante Resolución Administrativa N.º 000246-2022-P-PJ, del 18 de julio de 2022, se dispuso que la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, quede conformada por los señores/as magistrados/as Emilia Bustamante Oyague, Mariano Benjamín Salazar Lizárraga, Fidencio Francisco Cunya Celi, Sara Luz Echevarría Gaviria y Augusto Ruidias Farfán. Tercero. Asimismo, en la fecha ha concluido la sanción de suspensión impuesta a la señora magistrada Ana María Aranda Rodríguez por la Junta Nacional de Justicia; por lo que, corresponde reconformar la mencionada Sala Suprema. Cuarto. Es atribución de la Presidencia del Poder Judicial, designar a los señores jueces supremos que integrarán las Salas Especializadas de la Corte Suprema de Justicia de la República, de conformidad a lo señalado en el numeral 5) del artículo 76 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. En consecuencia, estando a lo expuesto precedentemente, y en uso de las funciones y atribuciones conferidas por el artículo 76 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que, a partir de la fecha, la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República estará conformada de la siguiente manera: Sala Civil Permanente 1. Sra. Ana María Aranda Rodríguez (presidenta) 2. Sra. Emilia Bustamante Oyague 3. Sr. Fidencio Francisco Cunya Celi 4. Sra. Sara Luz Echevarría Gaviria 5. Sr. Augusto Ruidias Farfán Artículo Segundo.- Notifi car la presente resolución a la Presidencia de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la Gerencia General del Poder Judicial, O fi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia y a la O fi cina de Protocolo y Relaciones Públicas de la Corte Suprema de Justicia de la República. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2101378-1 Autorizan al Centro de Investigaciones Judiciales la coordinación, recopilación, validación y remisión de las casaciones de todas las Salas Supremas de la Corte Suprema de la República al Diario Oficial El Peruano PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000303-2022-P-PJ Lima, 31 de agosto de 2022 VISTO: El o fi cio Nº 3070-2022-D-CIJ-CE-PJ, suscrito por el Director del Centro de Investigaciones Judiciales, mediante el cual solicita se autorice a dicha dependencia la coordinación, recopilación, validación y remisión de las casaciones de todas las Salas Supremas de la Corte Suprema de la República al diario o fi cial El Peruano. CONSIDERANDO: Primero: Que, las Salas que emiten las sentencias de casación, remitirán a través de su relator a la o fi cina